Segunda opinión

Eduardo Herrera Velarde

Empresas, abogados y corrupción

En el “paquete” de pedido de delegación de facultades legislativas recientemente presentado por el Ejecutivo, hay una propuesta que ha sido resaltada constantemente por los medios de prensa. Me refiero a aquella que propone crear un registro público de sanciones impuestas a abogados a nivel nacional.

Cualquier intento de prevenir la corrupción debe ser visto en toda la cadena de los posibles intervinientes y no solamente en un eslabón, en este caso, los abogados.

Cualquier intento de prevenir la corrupción debe ser visto en toda la cadena de los posibles intervinientes y no solamente en un eslabón, en este caso, los abogados.

 

Vale aclarar en primer orden que esta no es una medida preventiva. Se trata más bien de la disuasión en doble sentido: para los abogados y para los que contratan a los abogados. Mi primera reflexión, y más que ello casi una premonición, es que esta medida no tendrá eficacia alguna si es que las entidades encargadas de sancionar (los Colegios de Abogados), como se dice, “no se pone las pilas”. Y a propósito de ello debo mencionar que no tengo conocimiento de sanción alguna por prácticas indebidas que esa institución haya impuesto; salvo casos excesivamente notorios como el de Vladimiro Montesinos Torres.

Pero si pretendemos hablar de prevención de la corrupción en torno al ejercicio de la abogacía, debemos fijarnos en las dos únicas vías posibles: las personas naturales que contratan abogados y las personas jurídicas (empresas) que contratan abogados. El abogado, al fin y al cabo, es un medio (aunque no necesariamente un medio libre de cuestionamientos, desde luego).

Tratar de evitar los sobornos –que solo es una parte del gran concepto de corrupción vía empresa– pasa por un control de los recursos financieros. Claro, porque si no hay dinero es difícil de corromper por más que un abogado lo solicite al cliente (o un lobista o un asesor de cualquier otra profesión, por cierto). ¿Cómo sale el dinero de la empresa?, ¿por qué y para qué sale?, son preguntas sobre las cuales debemos concentrarnos en esta complicada cuestión. El conocer las sanciones (si es que las hay) es un desincentivo –o no, según se vea– para contratar –o no– a un determinado profesional.

A riesgo de ampliar más el comentario incluyendo, por ejemplo, la forma de cómo se puede “cortar el cordón umbilical” de la responsabilidad penal en la contratación de profesiones de “alto riesgo” (como parece ser ahora la abogacía), es vital que cualquier intento de prevenir –ojo: dije prevenir y no disuadir– la corrupción, se vea holísticamente en toda la cadena de los posibles intervinientes y no solamente en un eslabón.

Están todos los lectores cordialmente invitados a comentar este artículo en el foro. Y si desean tener una comunicación más personal y directa conmigo, pueden escribirme al correo electrónico: eherrera@escudoazul.pe

COMENTARIOS

  • 1
  • 14.09.2016
  • 04:57:03 hs
José Carlos Alvariño

Muy buena reflexión respecto a un tema del que se habla muy poco, a pesar de lo mucho que se sabe. Yo dificulto que los mismos abogados se sancionen. Sería otra versión de “otorongo no como otorongo”, de la que ya tenemos bastantes ejemplos en el Congreso, que por cierto está lleno de abogados. Para que ese registro público de sanciones sea efectivo, debería ser manejado por otra institución, que podría ser la Defensoría del Pueblo. Felicitaciones por esta estupenda reflexión.

    • 2
    • 17.09.2016
    • 02:22:03 hs
    empresa-y-riesgo-penal

    Estimado José Carlos: en todas las profesiones hay buenos y malos elementos, como los hay quienes tienen un errado concepto de espíritu de cuerpo y quienes anteponen la ética antes que encubrir. Lo que quiero expresar en el artículo es la necesidad de ver toda la cadena de la corrupción, no solo un eslabón. Una empresa que quiere corromper a un funcionario lo hará con o sin abogado. Un abogado ético se negará a participar del acto de corrupción, pero si la empresa quiere hacerlo encontrará un mal abogado que sí participe. En consecuencia, el acto de corrupción no depende de la existencia o no del abogado. Gracias por participar.

  • 3
  • 17.09.2016
  • 09:00:01 hs
Mrcds García

Creo que la carrera de Derecho es una carrera muy peligrosa para el ciudadano común y empresas. La experiencia me ha enseñado que si un abogado nace pobre se hace rico si para él vale todo, son los que acostumbran ganar sus juicios “tranzando”. Un abogado de buena posición económica de nacimiento, no se corrompe con pigricias. La corrupción que empieza desde abajo, desde las raíces, corrompe como un cáncer terminal las empresas y el Estado. Y el Perú está corrupto desde abajo hasta arriba por esa razón. Suerte a PPK con sus ministros esperemos que no se corrompan, tengo fe. Pienso que antes de estudiar Derecho los postulantes deberían pasar por una evaluación psicológica.

    • 4
    • 26.09.2016
    • 08:29:34 hs
    empresa-y-riesgo-penal

    Estimada Mercedes: cualquier carrera puede ser peligrosa en malas manos, no por la carrera en sí misma. Incluso la medicina podría serlo y de hecho hay casos de malos médicos que han sido penalizados. Y la condición económica de la persona no justifica ni explica su accionar en el terreno ético. Hay personas pobres muy honradas, como los hay ricos corruptos. En el Estado hace falta desarrollar una carrera pública dentro de la cual se impartan principios éticos. Saludos.

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