Varias han sido las reacciones respecto a la creación de los dos delitos titulados como corrupción entre privados, creados por el gobierno mediante Decreto Legislativo N° 1385.
Por un lado, se piensa que es una intromisión del Estado una relación estrictamente, valga la redundancia, privada (artículo 241-A). Entonces el cuestionamiento radica en por qué el Estado debería de inmiscuirse en algo que el mercado perfectamente debe y puede arreglar (¿será cierto que el mercado puede hacerlo solo?). Aunque siempre he sido contrario a la expedición de normas legales para intentar solucionar el problema, considero que esta norma puede ser inicio de una discusión que debe de involucrarnos a todos: la manera correcta de hacer negocios o, al menos, tratar de consensuar en que exista una manera correcta. Me preocupa, eso sí, que -en las conocidas condiciones de nuestro sistema de administración de Justicia- una controversia sin repercusiones pueda dar lugar a una investigación de un Fiscal “creativo”.
El otro extremo es el que siempre se ha buscado solucionar (artículo 241-B). En muchos casos el llamado fraude interno fue tratado como una falta ética que, aunque es grave por su connotación, para algunos esto no era más que un saludo a la bandera. Ahora, el empresario tiene herramientas para un funcionario desleal que traiciona la confianza en él (o ella) depositada. Por ejemplo, aquellos negocios paralelos -y ocultos- que tienen algunos funcionarios que contratan consigo mismos en nombre de su empleador para favorecer su propio interés. Lo interesante de este precepto legal es que le da al empresario la herramienta de ejercer el derecho a enjuiciar o no al mal funcionario. El candado está creado.
Sin duda alguna, y espero que esto no se discuta en los tribunales con algún atropello, ambas figuras deberán de traer consigo un impacto en la política comercial de las empresas ¿cómo vendo? ¿utilizo mecanismos aceptados para la comercialización de mis bienes y servicios? ¿me valgo de algún incentivo desleal para ganar la competencia? Si bien existirán matices de grises muy variados, es importante estar preparados y darles una revisadita a cómo salimos al mercado.
Las normas, a no dudarlo, son perfectamente mejorables. El castigo penal no debería de ser la solución a un mal comportamiento y esa debe de ser la tendencia. No obstante, la disuasión deberá separar la paja del trigo y decantar a los verdaderos empresarios de aquellos que solo quieren lucrar sin aceptar que hay reglas (escritas y no escritas).
Lima, 02 de octubre de 2018
Eduardo Herrera Velarde.
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