Actualmente no es poco frecuente ver en los programas de televisión alguna encuesta preguntando a las personas acerca de la responsabilidad (culpabilidad) de, por ejemplo, un político frente a una acusación como corrupción. Bajo el punto de conocer la opinión pública se lanzan preguntas que merecerían un análisis mucho más complejo que la sola simpatía o antipatía hacia una figura pública.
La libertad de expresión muchas veces confunde con libertinaje permitiendo que, por ejemplo, una conductora de un programa de espectáculos sostenga que un personaje X es un tonto (por decirlo suavemente) en el contexto de un reportaje. “Esa es mi opinión” se justificaba.
Hace poco, como consecuencia de varios grupos de chateo a los que pertenezco, me metí a opinar sobre ese suceso del Capitán EP que le da cachetadas a un intervenido en Piura. Para mi mala suerte, mi opinión, fue contraria a la de la gran mayoría (como suele suceder últimamente en esta época de exacerbación del sentido de Justicia). Para hacerla corta, el debate en uno de los grupos que intervine terminó con varias personas diciendo que, como ellos no eran abogados, solamente opinaban como ciudadanos con lo que parecían acogerse a una especie de permisión para torcer la interpretación legal. Bajo esa hipótesis cualquier cosa puede ser justificable.
Es correcto que la interpretación legal permite también llegar a conclusiones equivocadas. Eso puede apreciarse, por ejemplo, en algunas de las insólitas resoluciones que emite nuestro sistema de Justicia. Si pues, muchas veces el papel aguanta todo. No obstante, la opinión sobre leyes y, general, cualquier opinión debe responder a ciertas reglas como la coherencia lógica. Si tiene cuatro patas, bigotes, es felino, es un animal doméstico, dice miau y caza ratones no sería válido concluir que se trata de un pato.
No existen dos condiciones separadas en una sola misma persona. Las personas somos una unidad por eso es que resulta un razonamiento equivocado decir que, como no soy abogado, puedo opinar y construir argumentaciones sobre leyes como me de la gana. Es cierto que, en cuestión de leyes, los abogados llevamos una ligera ventaja, pero eso no faculta que todos no estemos sujetos a ciertas reglas como la antes expuesta.
Esto, como adelanté líneas arriba, no solamente se extiende al Derecho a la opinión legal. Reglas similares existen en la ciencia política (por eso hay que tener mucho cuidado al darle el título de analista político a cualquiera) o en la economía cuando se hace una proyección.
Lo antes señalado me lleva a apreciar también la fragilidad de las condiciones propias del debate en nuestro entorno. Ataques personales, por ejemplo, no forman parte del debate, y no solamente por una cuestión de respeto hacia el contrincante (lo que de por sí trasgrede la lealtad entre rivales), sino porque atacar el oponente no destruye su argumento. Sostener que una acción es practicada en otros países o el famoso “es que todos lo hacen” no legitima tampoco un argumento. En fin, podría seguir con ejemplos de ese tipo por varias páginas, creo que a estas alturas el punto ya debe estar bastante entendido.
En suma, lo que veo es que existe la necesidad de acercar a todos los ciudadanos a sus derechos y deberes como parte esencial. Entregarles herramientas para familiarizarlos a la forma cómo funciona el mundo de las leyes y de la justicia y en impulsar el conocimiento las reglas del debate e intercambio de opiniones. No es privativo ser abogado para hablar de eso. Así colaboraremos en construir un ambiente mucho más civilizado, con empatía y respeto.
Lima, 25 de marzo de 2020
Eduardo Herrera Velarde.
COMENTARIOS
Aunque no lo dice explicitamente en su articulo, asumo que el Sr, Eduardo Herrera Velarde estaba en desacuerdo con aquellos que opinaban en favor de la actitud del Capitan EP. Mi comentario entonces va en el sentido de que si, de acuerdo con la legislacion vigentte, este es un caso de abuso de autoridad, tambien lo es cuando un grupo de Ronderos o de ciudadanos atrapan a un presunto delincuente, lo atan a un arbol o un poste y le dan de latigazo. Entonces cual es procedimiento para sancionar a quienes cometen ese abuso y porque la prensa no trata esa situacion como lo ha hecho en el caso del Capitan EP?
El mejor procedimiento es tomar conciencia primero de que el caso de los ronderos es un abuso cuando traspasan la barrera de los derechos humanos (por ejemplo, castigos físicos). Ya existe jurisprudencia sobre ello. Lo que pasa es que, como muchos otros fenómenos, se encuentran normalizados y aceptados. Me satisface que los veas. En todo caso, siempre sería bueno evidenciarlos y señalarlos.
Eduardo, comencé a leer tu comentario y me detuve para para poder emitir un opinión, por que tus argumentos están fuera de lugar, con opiniones tipo politiqueras, tratando de usar vocabulario mas fácil de entender pero la verdad sin sentido y enredado, pero en mi opinión si se debe de criticar la actuación del Capitán Cueva, porque debió de actuar de acuerdo a Ley, someter a la persona que estaba violando nuestro “arresto domiciliario” decretado por nuestro Presidente, y entregarlo a la Policía para que haga cumplir la Ley, pero para que entienda nuestra población, la lógica del Militar es no violar nuestros derechos, pero si poder cambiar una sanción por otra, mostrándose como un “Juez”, pero en eso momento no pensó en que la opinión publica y la opinión del publico lo transformaron de Juez a Juzgado, y ahora deberá de afrontar una sanción ejemplar por mancillar su uniforme y al Ejercito.
Me sorprende que digas que mis argumentos están fuera de lugar cuando no los rebates e incluso los calificas, pero, pese a ello entendiste el mensaje de mi artículo. A diferencia de eso, yo no entendí los tuyos, así que me abstengo de pronunciarme. En todo caso, te recomiendo publiques tu propio blog. Suerte con eso.
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