De regreso a lo básico

Paúl Lira Briceño

Les presento al descuento de letras

Cuando una empresa realiza ventas al crédito, sólo puede optar por cualquiera de estas dos modalidades: uno. vender con factura o dos. vender con letras.

Empecemos por la modalidad de venta con letras. Un aparte, una letra de
cambio (para que la conozcan por su denominación legal) es un título
valor que contiene una promesa de pago a futuro, es decir, es un
documento que incorpora derechos patrimoniales; lo que significa que,
su poseedor, puede cobrar el valor contenido en esta, no importando si
él originó la operación comercial, en pocas palabras, una letra puede
ser endosada (transferida) a un tercero.
Prosigamos, ¿qué puede hacer
la empresa que a cambio de entregar mercadería o servicios recibe una
letra? Sólo dos cosas, o espera su vencimiento para cobrarla o, si está
urgida de capital de trabajo (y le aseguro que la mayoría de empresas
siempre lo está), puede ir a una institución financiera y presentarla a
descuento.

Descontar una letra, es la operación en la cual la empresa que vendió
al crédito, le endosa la letra, en procuración, a una institución
financiera, es decir, le da el derecho de cobrarla por cuenta de ella;
pero (y esto es lo importante) no le entrega la propiedad de la misma
y, a cambio, la institución le adelanta un porcentaje de valor del
documento. Obviamente, para que una institución financiera acceda a
realizar este tipo de operación, es porque, previamente, ha evaluado
crediticiamente a la empresa que presenta el documento para el
descuento (la vendedora) y revisado los antecedentes del cliente de
esta empresa (el comprador).

Por ejemplo, si una empresa tiene una letra en la que un tercero
promete pagarle S/.100 a 60 días y la lleva a descontar a un banco,
recibirá un porcentaje del valor de la misma, vamos a decir S/.98 (los
S/.2 que no recibió es el interés que cobra el banco por “descontarle”
el documento). Segundo aparte, cuando le digan que le descontarán un
pagaré o una letra, lo que le están diciendo, es que le van aplicar la
modalidad de tasa de interés adelantada. Lo que significa, que el
interés se lo cobrarán al momento del desembolso.

Ahora bien, pasaron los 60 días y el que compró al crédito debe pagar
los S/.100. Pregunta, ¿A quién se los paga?, respuesta, los debe
cancelar al banco, acuérdese que cuando se endosó la letra en
procuración, se le dio el derecho a la institución financiera a
cobrarla por cuenta de la empresa que vendió al crédito. Si se cancela,
entonces, el banco cobra S/.100 y, con eso, cancela el descuento que le
otorgó a la empresa vendedora; pero si el comprador no cumple con pagar
el documento, el banco no se hace problemas: carga en la cuenta
corriente de la empresa vendedora el importe de la letra, con lo que la
operación se cancela. ¿Por qué hace esto el banco? simple, lo hace
porque la letra sigue siendo propiedad de la empresa vendedora. Tercer
aparte, debo hacer notar, que si bien la operación de descuento se
canceló, en realidad, lo que se generó es un débito en la cuenta
corriente; lo que implica, en el mejor de los casos, que la cuenta
disminuyó por el importe de S/.100 más comisiones y gastos o, en el
peor de los casos, se generó un sobregiro que debe ser cubierto de
inmediato, o en su defecto, será cancelado mediante la emisión de un
pagaré.

Ahora debo contarles un secreto, a los bancos les encanta descontar
letras
(así en negrita y subrayado), el porqué de esa preferencia,
reside en el hecho que en una operación de ese tipo, existen dos
fuentes de repago, la principal es el cliente que compró a crédito y,
la alterna, es la empresa que vendió al crédito (la que presentó la
letra a descuento). No se olviden que la letra descontada nunca dejó de
ser propiedad de la empresa vendedora. Pónganse en los zapatos de un
banquero, si una operación tiene dos fuentes de repago; el riesgo
percibido es…menor, ¡por supuesto!; lo que significa que en términos de
costo, una operación de descuento de letras es más ventajosa que, por
ejemplo un pagaré. Cuarto aparte, en el mundo de las instituciones
financieras, un descuento de letras se conoce como una operación
autoliquidable, pues es la misma operación la que proporciona su fuente
de repago.

En el próximo post, les cuento que pueden hacer cuando venden al crédito con facturas.

Aviso parroquial: A todas las personas que hacen comentarios a las
entregas de este blog; primero, va mi agradecimiento por sus palabras
de apoyo y, segundo, les comunico que todos los viernes contesto sus
consultas.

COMENTARIOS

  • 1
  • 18.01.2010
  • 05:46:17 hs
Jose

Que diferencia hay entre letra y pagaré, funcionan de la misma forma?

  • 2
  • 28.05.2013
  • 09:28:38 hs
Laura

Hola Paul, hace casi un año le preste al papa de mis hijos 90 mil dolares para que pague sus eudas con el compromiso que venderia un departamento de su propiedad para pagarme pero la verdad es que no le veo las intenciones de pagarme, la letra vence un poco mas de un mes.
No quiero meterme en problemas legales y por eso he decidido vender la letra, me harias el favor de instruirme como puedo hacer para vender la Letra a un banco y cuanto es el porcentaje de merma que tendria mi deuda.
Muchas Gracias por la respuesta

  • 3
  • 28.12.2009
  • 11:18:39 hs
Walter

Estimado Paúl Lira.
Realmente, qué capacidad para explicar de manera sencilla y elocuente sobre un tema tan técnico del derecho comercial. Excelente artículo. Sin preguntas por el momento.

  • 4
  • 28.12.2009
  • 11:20:17 hs
Nicolay Castro

Estimado Paúl, tu explicación sobre el financiamiento en descuento de letras es muy claro, lo que me gustaría que añadas, es que es VITAL que la empresa a quien se le vende sea una empresa MEDIANA O GRANDE, ya que el costo de la operación y la viabilidad del financiamiento dependerá de ello.

Es importante tambien que antes de ofrecer a tus clientes financiamiento via letras, se debe hacer una relación de estos y enviarla a tu sectorista o funcionario para que el banco determine si es posible descontar las letras o tambien hacer otra realción de tus probables clientes a los cueales les puedas ofrecer este tipo de financiamiento.

Tambien, es importante decir los clientes la mayoría en micro y en pequeña empresa tienen un tope para poder hacer este tipo de operaciones, es posible que si vendiste o le ofreciste un negocio grande a tu cliente via este sistema y no consultaste con tu sectorista hasta cuanto el banco te podía descontar es posible que no obtengas el financiamiento, tambien es probable que el banco te solicite una garantía adicional (generalmente hipotecaria) si el financiamiento es alto.

Les recomiento antes de lanzar este tipo de oferta a tu mercado, TE HAGAS evaluar por tu banco de preferencia, para que así determines cuanto es lo que puedes financiar y a quienes.

Tambien saber que si esta letra no es cancelada al 8 día de su vencimiento será protestada y afectará tu imagen en las centrales de riesgo y directamente a los financiamientos propios que desees obtener.

Un abrazo.

  • 5
  • 15.11.2012
  • 10:31:07 hs
rigoberto pachas

tengo 14 letras protestadas que al tiempo ya pague pero en la camara de comercio del callao me cobran 35 por cada uno para levantarlo des sistema a donde tengo que ir

  • 6
  • 15.11.2012
  • 10:31:49 hs
rigoberto pachas

tengo 14 letras protestadas que al tiempo ya pague pero en la camara de comercio del callao me cobran 35 por cada uno para levantarlo des sistema a donde tengo que ir

  • 7
  • 26.02.2011
  • 08:51:12 hs
Milagros

Muy interesante y muchas gracias por el alcance que nos dan sobre este tema.
Al respecto tengo una interrogante. La empresa de mi esposo por primera vez está haciendo este tipo de operaciones con el Banco Continental (descuento de letras). Mi esposo conjuntamente con el Gerente General (Representante Legal) han firmado las letras endosándolas en representación de la empresa. El banco ya realizó el depósito en la cuenta de la empresa. Pero ahora el sectorista del banco les dice que para regularizar esta operación deben firmar un contrato y las esposas también debemos firmar un documento.
Mi consulta es si esto se da siempre en todos los casos y por qué tengo que firmar si no tengo ningún vinculo con esa empresa, mi esposo no es dueño, ni representante legal? es que las personas que firman por cuenta de la empresa actúan como una especie de aval? y si fuera el caso y la empresa no pudiera pagar el banco me cobraría a mi? Qué pasa si no firmo?

  • 8
  • 03.12.2010
  • 08:10:59 hs
william

Estimado Paúl:

Se te agradece por la cátedra, muy interesantes los temas financieros que tratas.

Saludos,

William

  • 9
  • 10.04.2013
  • 01:42:05 hs
Silvia

Una consulta? quisiera saber si en el caso de que el banco le pague a la empresa un porcentaje como adelanto , el saldo o la diferencia que es supuestamente comision de parte del banco, esta es tomada como perdida por parte de la empresa?

  • 10
  • 03.05.2013
  • 12:33:48 hs
Rafael

Ante todo quería felicitarte por tu columna en este diario. Soy estudiante del ultimo año de Gestión de empresas en la PUCP. Me pienso especializar en Finanzas. Estoy llevando el curso de finanzas 2 y es básicamente todo lo que corresponde a endeudamiento . En la facultad de Gestión los evaluaciones son muy mecánicas, repetitivas, de mucha memoria lo que me a puesto a pensar sobre mi vocación en la rama financiera. No solo yo sino también mis compañeros. Pero al leer como explicas este tipo de documento de cobranza me da ganas de seguir estudiando. Aunque lamentablemente en mi universidad no se trabaje bien las finanzas, no me pienso dar por vencido. Te agradezco que enseñes de esta forma a personas como yo que se sienten ávidos de aprender. Me hubiera gustado que seas mi profesor. :-)

  • 11
  • 29.12.2009
  • 10:23:09 hs
gema

No sé si esta pregunta corresponda a esta columna,yo firmé una letra en blanco por una deuda de 6,000 Dolares en una emergencia y con un prestamista.
Pagué 4 años 600 Dolares mensual de inetereses hasta que quebré,ahoar el prestamista me llena la letra por 20,000 Dolares y me propuso un arreglo: Pagarle los 20,000 dolares en la forma de 100 mensual osea casi de por vida pues ya tengo 55,o en caso contrario la protesta y me hace juicio.
Que puedo hacer? la letra la firmé en blanco ,los abogados dicen que pierdo en un juicio.
Aqui voy pagando otra vez 100 mensula de donde no me queda casi para mis neceisdades vitales.
ese prestamista me destruyó la vida y me hizo quebar.
El prestamo lo hice en un momento de apuro cuando un familiar cercano coría peligro su vida.

  • 12
  • 29.12.2009
  • 06:25:00 hs
Carlos

Gema, acude a un abogado que te brinde asesoría legal gratuita,

entra acá

http://www.minjus.gob.pe/alegra/1asesoria.html

Si se puede probar que le diste la letra en blanco y que años despues el la llenó con 20 000 (eso se puede probar con una pericia en la que comparan la antiguedad de las tintas, la cual sería encargada por el juez) tienes buenas posibilidades de que un juez declaré improcedente la deuda. Suerte

  • 13
  • 01.07.2013
  • 11:36:02 hs
Paola

Estimado Paul, he girado una letra de cambio a la orden de un tercero el 26 de Junio del 2012 a cargo de mi presenta la letra de cambio el 21 de Junio del 2013 ¿Cuál es el plazo para el protesto por falta de pago?.

  • 14
  • 19.03.2010
  • 04:42:37 hs
LUIS SOLORZANO

Hola paul muy interesante las respuesta sobre las consultas de letra, y muchas felicitaciones por el foro, quisiera que me ayudes con un problema de letras, yo tengo un pequeño negocio en el cual un amigo(que tambien tiene su negocio) me hizo firmar una letra y la ingreso por descuento en el BIF, el me asegurò que pagaria la letra en 60 dias, que necesitaba el efectivo y como es mi amigo no me negue, pero ahora resulta que no ha pagado y no sè en que situacion se encuentra la letra, ya que no he recibido ninguna notificacion del banco, y el me ha dicho que no ha pagado , que justo iba a pagar y le robaron ,que le debo hacer respecto a eso , el banco se las agarrarà conmigo? y me obligara a pagar?
agradecere tu ayuda.

  • 15
  • 23.06.2011
  • 10:28:53 hs
Yolanda Ibarra

Hola Paúl, si tuviera usuarios que expliquen sus procesos de esta forma, mi trabajo sería más sencillo. Gracias por el post! ahora tengo más claro algunos términos para poder realizar la sistematización de la generación de letras. :) Ya agregé la página a mis favoritos.

  • 16
  • 19.06.2012
  • 04:43:55 hs
Anais

Excelente explicación, soy estudiante , tengo que hacer un trabajo sobre letras de descuento y no pude encontrar una explicación mas sencilla que la que brindas Paul.
Gracias!

  • 17
  • 19.08.2011
  • 03:27:40 hs
RONALD

Esta Pagina me parece muy interesante, me gustaria preguntarle sr,carlos:
Que se entiende por el Cheque Diferido…

  • 18
  • 23.08.2010
  • 01:08:14 hs
marina

hola, tengo una inquietud… en caso que la empresa haya falsificado la firma del cliente en la letra de cambio… en caso de falta de fondos de la empresa, aun asi el banco podria cobrar al cliente (obligado principal).

  • 19
  • 30.12.2009
  • 07:24:13 hs
jose

buenas, firme unas letras por el total de un servicio de 2 años que estoy recibiendo. Hace poco mostre al proveedor que el servicio que me brinda no me satisface y ellos dicen que es factible que rescinda el servicio pero hace poco he recibido la comunicacion que las letras han sido llevada a descuento al banco. No hable con el area de cobranzas del quien me da el servicio pero no se si el banco pueda devolver las letras descontadas. Debere pagar alguna pena al proveedor del servicio por este impase que les estoy generando?

Slds

  • 20
  • 31.12.2009
  • 11:28:31 hs
Victor Bustamante

El descuento de letra a que se refiere el articulo son descontadas por el banco CON RECURSO con lo cual el prestamista tiene el respaldo de dos entes, la compania que hace el descuento y el comprador o deudor original como bien se explica. Asumo tambien estas letras se pueden descontar SIN RECURSO donde el banco solo tiene como respaldo al comprador o cliente original?

  • 21
  • 23.09.2012
  • 07:13:00 hs
Jean Carlos Velasquez De La Cruz

señor PAÚL LIRA BRICEÑO le doy las gracias por que su información a servido mucho para mi formación académica muy claro muy conciso espero publique mas información sobre las operaciones bancarias.

  • 22
  • 27.08.2011
  • 05:20:29 hs
dario

Ante todo felicitarlo por tener un blogs tan lustrativo soy estudiante de x ciclo de negocios internacionales dentro de un trabajo de derecho internacionales me dejaron elaborar financiamiento factoring
como me conviene financiarme a traves de letras o factoring

  • 23
  • 04.06.2013
  • 09:39:10 hs
Clotilde

Yo en este caso preste dinero en dos oportunidades a unos amigos ,pero no atine por mi inexperiencia hacerlos firmar en una letra de cambio,sino en un simple papel ,me traicionaron.Ud.cree que a estas alturas puedo hacerlo? Gracias Sr. Paul.

  • 24
  • 01.01.2010
  • 02:06:25 hs
Orlando

faltó tratar el caso de RENOVACIÓN de letras que es muy común en nuestro medio.

  • 25
  • 01.01.2010
  • 02:08:26 hs
Orlando

También hay la posibilidad de negociar las letras en la BVL

  • 26
  • 01.01.2010
  • 05:35:12 hs
Nicolay Castro

Estimado Orlando, seguramente Paúl nos explicará con más detalle tu consulta pero te hago un comentario.

La renovación de las letras si bien es cierto le da al aceptante un mes más para que pueda cumplir con la obligación esto amenora su ranking, es decir que baja su nivel financiable para descontar sus letras.

Provablemente cuando el aceptante quiera pagar con letras a sus clienes, su banco le ira acortando su línea o restringiendo este medio por las renovaciones que hace, así mismo el costo de la renovación es bastante cara.

Por ejemplo: debe pagar un letra de u$ 3000 al renovarla al 20 % (que es lo optimo para renovar) paga u$ 600, más el 25% ,es decir U$ 750 total pago, tambien es importante saber que el costo por renovación oscila de un 15% a un 28% dependiendo del banco y las condiciones que tenga.

La renovación de letras no es buena, por los costos altos, por que amenoras tu ranking financiable y por que ante los ojos del banco tienes problemas de liquides o problemas financieros en tu empresa.

Sobre si puedes negociar letras en bolsa, claro que sí, pero esto depende de muchos factores, como de condiciones y los tipos de valores que se vaya a negociar.

Un abrazo.

  • 27
  • 14.07.2013
  • 12:07:02 hs
katerine

Estimado Doctor Paúl, tengo una letra firmada por un señor por la suma de diez mil soles, ia la protesté, luego que puedo hacer para cobrarla… muy agradecida.

  • 28
  • 02.01.2010
  • 12:23:04 hs
Andres Avelino De Armenteras Vukanovich

Estimado Paul, estoy de acuerdo con tu comentario que a los Bancos le conviene la Letras en Descuentos. Pero lo que más le conviene son las letras en cobranza, porque no arriesga su dinero y cobra un buen porcentaje casi igüal que del descuento de letras. Además quería comentarles que el descuento de Letras es una Ayuda para los pequeños y medianas empresas, que no tienen una economía fortalecida y los ayuda a manejar el dinero y seguir fabricando y comprando más Materia Prima. Las firmas grandes no necesitan de ese tipo de servicio. Los que trabajan con descuentos de letras, se les podría decir que son engreidos del Banco, con las esperanzas de ser un gran empresario en el futuro. Ud. ya lo dijo en su comentario, son evaluados los clientes por el sectorista.
Saludos y Feliz 2010

  • 29
  • 23.10.2013
  • 02:49:41 hs
ivan vega bojorquez

estimado doctor paul . tengo una letra que ya se vencio a 5 dias y la prestamista me dijo que ya lo prostesto. quisiera saber en cuantos dias voy aparecer en la camara de comercio o en infocord?

  • 30
  • 28.09.2012
  • 09:37:04 hs
Jessy

Sr Paúl Lira, quisiera consultarle que sucede con las letras que se tienen en cartera, es primera vez que la empresa trabaja con letras, y aun el banco no nos brinda la línea para letras de descuento por estar en evaluación, pero en mi poder tengo ya 03 letras vencidas, como se pueden cobrar dichas letras? se pueden protestar en la notaría?

  • 31
  • 02.01.2010
  • 11:05:38 hs
CARLOS PANIAGUA A

bUENOSA DÍAS: dESEARIA SABER, SI ES OBLIGACION DEL BANCO PROTESTAR UNA LETRA A SU VENCIMIENTO. ASI MISMO SI EL GIRADOR ESTA OBLIGADO A REMITIR UNA COMUNICACION DEL DESTINO DE LA LETRA. O ES OBLIGACION DEL GIRADO. GRACIAS

CARLOS

  • 32
  • 02.01.2010
  • 03:35:40 hs
Luis Castro

Estimado Paul

Excelente explicacion, sobre este tema de derecho comercial, enriquece mucho nuestro conocimiento.

Gracias.

  • 33
  • 13.01.2010
  • 03:05:05 hs
lucia

Que diferencia hay entre: letras en descuento, letras en cobranza y factoring por favor responda a mi inquietud le agredeceria mucho

  • 34
  • 04.04.2013
  • 01:48:22 hs
joabdil

realmente como lo cito lineas abajo(porque espero q mi comentario aparesca arriba del ya mencionado) la capacidad para explicar temas tan poco entendibles es muy buena…mas buena aun es la capacidad de dejarse entender…admirable…

  • 35
  • 20.01.2011
  • 04:55:07 hs
CRISTINA

Buenas tardes, quisiera que me ayudara con una pregunta, yo preste 150,00 dolares a un “amigo”, que el mismo me propuso firmar una letra de cambio por el dinero ya que no me gusta mesclar la amistad con dinero, porsupuesto le preste sin ningun tipo de ganancia ya que no siquiera hablamos de intereses ya que era un prestamo mas por ayudar, pero ahora se hace el loco y dice que no puede pagar, que le espere un mes, dos meses y asi ya vamos 4 meses y nada, ahora no se como cobrarle ya que con la escusa de que no le alcanza este mes esta que ya vera cuando y eso me parece ya un descaro, no se si me puede ayudar indicandome como puedo hacer para cobrarle.

  • 36
  • 14.01.2010
  • 07:11:21 hs
Nicolay Castro

Estimada Lucia:

Solo un comentario, en términos sencillos, hay varios tipos tales como: letras en cobranza garantía, adelanto de letras y en cobranza libre:

Cuando descuentas letras (adelanto de letras) el banco te financia o adelanta un porcentaje de ellas, varía de un 70 a un 95 % dependiendo del banco, aceptante, y tu calificación de riesgo.

Letras en cobranza garantía, el banco te financia cualquier otro producto con la garantía de las mismas.

Letras en Corbanza libre, el banco no te financia ,solo administra la cobranza, en este caso los costos generalmente son los mismos que descontarlas.

En el Factoring, vendes facturas y tambien puedes solicitar la administración de la cobranza al alguna entidad, tambien por lo cual obtienes financiamiento, al igual que el adelanto de letras, los porcentajes y características son similares, dependiendo siempre del banco, segmento y posición de riesgo.

Saludos.

  • 37
  • 12.08.2010
  • 01:19:46 hs
josue

hola amigo , lo q no entiendo es q si yo como empresa vendo un producto al credito y lo hago por medio de letras descontadas , entoncs la empresa compradora cancelara al banco, eso es correcto hasta alli estamos bien, ahora si esta empresa no paga lo cargan a la cuenta corriente de la empresa vendedora !!!! entoncs donde esta la ventaja pense q el banco exigiria el pago de esta letra como entidad finaciera !! en todo caso donde esta la ventaja de hacer una operacion al credito bajo esta modalidad?? espero tu respuesta mi estimado amigo

  • 38
  • 29.10.2010
  • 01:07:53 hs
gaby changana

buenas noches tube una empresa y hice negocios con una compañia punto color que me pago con letras de cambio y las mande al banco las protestaron y cuando les fui a cobrae no em atendias y haci paso el tiemp las letras son del año 2006 todavia puedo cobrarlas por favor ayundenme por que me encuetro mal economicamente gracias

  • 39
  • 04.01.2010
  • 09:28:18 hs
CARLOS

TENGO UNA LETRA DE HACE 10 AÑOS POR 5 MIL DOLARES, COMO PUEDO COBRARLA, ALGUNOS ME HAN DICHO Q LA LETRA NUCA VENCE Y QUE SE PUEDE VENDER AL BANCO.
O CUANTO DE INTERES PODRIA COBRAR
GRACIAS

  • 40
  • 17.05.2013
  • 03:52:56 hs
Fidel

Paul, gracias por este blog tan instructivo que tienes. Te sigo leyendo tanto tus posts mas recientes como tus entregas mas antiguas. Imagino tu esfuerzo detras de todo esto. Muchas gracias aunque creo que el mejor agradecimiento te lo da Rafael en el comentario anterior:

Te agradezco que enseñes de esta forma a personas como yo que se sienten ávidos de aprender. Me hubiera gustado que seas mi profesor.

Creo que este comentario lo compensa todo. Saludos y te sigo leyendo …

  • 41
  • 25.09.2012
  • 01:40:37 hs
jose

Un favor, me gustaría saber si legalmente cuando una letra en su 8vo día de vencimiento cae domingo o algún día feriado, se puede realizar el pago el día siguiente útil sin que este documento sea protestado?.
Me paso ese caso,,, trabajo con varios bancos y con los que he trabajado aplican ese procedimiento, pero recientemente mis letras las colocaron al financiero, el 8vo día ha caído domingo, el lunes que he ido a pagar la letra estaba protestada y me genero una comisión por levantamiento de protesto… se puede apelar esto? esta legalmente correcto? y si es así porque los demás bancos no lo aplican…. puedo recurrir al DCF?
Agradecería su respuesta.

  • 42
  • 17.09.2012
  • 11:59:57 hs
Luis Vela

Estimado Paúl, quisiera saber cual es la diferencia entre la cancelación de facturas por factoring y por letras.

  • 43
  • 22.01.2011
  • 02:20:49 hs
HartPAM

The credit loans are useful for people, which would like to start their own company. As a fact, it’s very easy to receive a short term loan.

  • 44
  • 10.02.2010
  • 11:57:41 hs
Richard

Le leido el foro y es de mucha ayuda.
Tengo una pregunta que seguramente es facil, yo he comprado un bien y he firmado letras, la empresa que me vendio paso las letras a otro banco, ha pasado los 5 dias de vencimiento y ya lo manda a protesto, como debo hacer para poder solucionar esto. me ha llegado un aviso de una Notaría, Solo bastaría con hacer el pago allí ?? o que cosas tengo que tener en cuenta??

  • 45
  • 06.01.2010
  • 10:55:49 hs
María

Estimado Nicolai,

El gran problema de las líneas de descuento bancarias es que son muy cortas y por lo general no suficientes para las empresas. En ese sentido la negociación de letras en el mercado de capitales, permite al empresario contar con una línea adicional de descuento, que además no aparece registrada como línea de crédito en el sistema.

En cuanto a la negociación en bolsa, hasta donde tengo conocimiento, el Reglamento del MIENM de la CONASEV es muy rígido y no se ajusta a las condiciones reales del mercado. Por ello, las sociedades de bolsa negocian estos valores vía operaciones extrabursátiles, las cuales también están reglamentadas por la CONASEV y deben ser informadas a la bolsa.

Otra opción que tienen los empresarios para negociar letras son los fondos de deuda, como el de Compass Group por ejemplo. En este caso las empresas de fondos cuentan con capital de sus inversionistas, destinados especificamente a la compra de letras, cuyos aceptantes sean empresas de prestigio comercial y moral en el Sistema Financiero y empresarial.

  • 46
  • 06.01.2010
  • 11:57:15 hs
Nicolay Castro

Estimada María:

En efecto, en la banca tradicional se tiene dos factores importantes, el primero: (el aceptante y su ranking), segundo: para el monto de la línea, es el girador o el cliente quien recibe el financiamiento final, por que? por que el banco o el área de riesgos, asume al financiado como deudor directo, ya que en la mayoría de casos el descuento, es capital de trabajo y parte de la liquidez que recibe el financiado no va a este fín, si revisamos una estadística de cuantos clientes en el segmento pyme han tenido problemas diversos con el tema de las letras descontadas, es observable, ya que el financiado no cuenta con la solidez financiera, administrativa o simplemente no sabe manejar los fondos obtenidos.

Ahora, es un tema largo el debatir el fín de la liquidez optenida mediante este sistema, sobre todo va directamente relacionado al orden en sus pasivos corrientes del financiado o si tiene o nó un buen manejo financiero.

Sobre el caso de las negociaciones en bolsa hay operadores según los valores que pueden ayudarte a negociar, creo que la consulta fue si se podía o nó. pero concuerdo con lo que dices que nuestro mercado de valores es muy restrictivo y rígido.

En el mercado financiero hay muchas opciones para descontar letras, como la empresa que mencionas, pero el financiado debe evaluar los costos, porcetnajes y condiciones de la liquidez, sobre todo no son muchos los clientes que pueden descontar las letras por los mismos factores que indicas de los aceptantes a diferencia de la banca comercial tradiconal que tiene más variable de evaluación.

El que sean no reportadas puede ser un factor favorable y no favorable, dependiendo de la situación financiera de la empresa.

Un abrazo.

  • 47
  • 15.03.2010
  • 05:14:00 hs
piter

tengo una amiga que tiene problemas de efectivo quisiera ayudarla de prestarle pero no se que pedir o hacerle un contrato de prestamo para que me devuelva dicha cantidad, o como dicen hacerle firmar letras de cambio , o pagare por favor orienteme , en realidad quisiera ayudarla pero tengo que tener algo con que reclamarle si por supuesto no me devuelve dicho dinero . muchas gracias

  • 48
  • 29.12.2010
  • 06:36:46 hs
Miguel Angel

Estimado Paul,

Las letras cuando se vencen, digamos por 8 dias, y se renuevan, por ejemplo por 60 días mas, ¿el tiempo para calcular el nuevo descuento se considera desde el día 1 o a partir del día 9 de vencida la letra anterior? Saludos,

  • 49
  • 10.08.2011
  • 10:26:46 hs
Jorge H

estimado Paul.
he realizado una operación por letras , donde yo soy el vendedor y el aceptante un antiguo amigo y cliente,

existe un problema que el sectorista de mi cliente le indica al banco que las letras son de garantia y no de descuento , por tal motivo no puedo tener liquidez

  • 50
  • 01.02.2010
  • 11:23:59 hs
karelia

Interesante lo que explican pero la verdad tengo otra pregunta, podrían ser más específicos en mostrar las diferencias entre descuento de letras y factoring? o solo hay esa que mencionan?

Gracias

  • 51
  • 05.05.2011
  • 04:52:50 hs
Jonathan Briceño Aguilar

Buenas tardes , mi nombre es Jonathan Briceño y soy estudiante de contabilidad cursando el quinto ciclo, es la primera vez que visito su blog y la verdad es que me ha sido de gran ayuda para discipar mis dudas hacerca de lo que es un descuento de letra , la explicacion esta redactada de forma clara y sencilla muy facil de entender, caracteristicas que son dificieles de hallar en un articulo sobre estos temas.
Tenga por seguro que seguire visitando su blog de manera frecuente, mis felicitaciones a usted , gracias

  • 52
  • 19.11.2010
  • 05:39:15 hs
carmen laura bustamante melgar

ERES LOS MAXIMO PAÚL LIRA…TUS POST ME AYUDAN MUCHO CON LOS TEMAS DE LA UNIVERSIDAD, ME GUSTARIA QUE POSTEARAS SOBRE LO MAS IMPORTANTE QUE HAY QUE SABER SOBRE DERIVADOS FINANCIEROS EN GENERAL. GRACIAS XD

  • 53
  • 30.05.2014
  • 10:22:33 hs
carmen polastres

Estimado Doctor: Me hicieron firmar una letra por 1500 dolares, pero he ido pagando mensualmente y ahora queda pendiente 1050, pero no me renovaron la letra. ¿Esa letra tiene valor? en vista que esa informacion ya no es verdadera.
Gracias

  • 54
  • 11.09.2014
  • 12:12:25 hs
jACK miRANDA

Sres.

Tengo un pequeño negocios de Epps y se me ha presentado vender los productos a una empresa, Sin embargo su forma de pago es con letras a 60 días, me indican que es la forma de asegurar el pago.

Yo nunca he vendido con letras, como podria negociar con el banco, solo tenga una cuenta de ahorros, mas no una corriente.

    • 55
    • 12.09.2014
    • 09:47:39 hs
    plira

    Jack, chequea con tu banco si te pueden hacer un descuento de letras.

  • 56
  • 12.09.2014
  • 12:16:27 hs
moises sovero

estimado Señor.
Mi pregunta es concreta a titulo de que el banco le da al que solicitó el descuento, los 98 soles del ejemplo? es un préstamo? y se cobra los interés adelantados. Mi caso e sobre un expediente sobre obligación de dar suma de dinero, para optar título de abogado. gracias

  • 57
  • 18.09.2014
  • 08:34:54 hs
plira

Marcela, las cartas compromiso no tienen validez legal…lo mejor que puedes hacer, en caso no te pague, es al vencimiento protestar la letra y recurrir a las instancias judiciales o arbitrales correspondientes.

  • 58
  • 03.10.2014
  • 05:41:59 hs
Alfonso

Estimado,
He realizado una venta con letra, como protestar la letra sin pasar por el banco y cuanto tiempo después de vencida la puedo protestar, si me ayudar con los pasos a seguir me ayudarías mucho

  • 59
  • 08.11.2014
  • 08:21:41 hs
celeste ramirez chira

que diferencia hay entre un descuento de letras y el factoring

  • 60
  • 14.03.2015
  • 12:54:08 hs
percy

para los que aun tienen dudas , el descuento de letras ayuda a obtener liquides al momento y conviene hacer esta operación puesto que si el cliente no paga al banco se genera el protesto de letra y baja su record crediticio y y queda manchado y no tendrá créditos ni prestamos con los bancos ni proveedores., letra en cobranza libre no genera liquides al momento, solo se usa para que tu cliente tenga la obligación de pagar al banco al vencimiento de la letra y no ocurra lo antes mencionado. para solucionar el tema del protesto de letras(no pagadas al banco ) simplemente pagas el el importe de la letra mas el interés del protesto a tu proveedor tan pronto tengas liquides y solicitas una carta de no adeudo y presentas esa carta a la notaria que te ha enviado la carta de protesto, antes que la notaria envíe esa letra a la cámara de comercio . con eso limpias tu historial crediticio.
el tema de factoring es el siguiente se emite una factura aun cliente a crédito ,pero para obtener la liquides se debe realizar un acuerdo de ambas partes ( proveedor- cliente) y registra al cliente al banco para que se pueda generar el factoring el cliente envía al banco la información de que facturas serán pagadas mediante este medio y el banco desembolsa el importe de la factura menos los comisiones por factoring y el banco se encarga de cobrar las facturas al cliente.

  • 61
  • 05.02.2016
  • 01:08:23 hs
Rodrigo

Tengo una empresa y una red de vendedores pero los clientes tienen temor en firmar la letra , y mis vendedores les dicen que todo credito tiene una letra por el saldo a finaciar

  • 62
  • 27.02.2016
  • 08:31:37 hs
Elvis Cieza

Estimado Sr. Paul. Buen día.
Por favor, quisiera me oriente en la consulta que realizo a continuación:
A un cliente mio le gire 02 letras en cobranza libre (sumado hacen S/. 7,500.00) , las 02 fueron protestadas Vcto 25/01/2016 – 10/02/2016. Ahora mi cliente me argumenta que de todas formas cancelará pero que no tienen fecha.
Por favor, como podría hacer para poder de alguna manera recuperar mi dinero.
Espero su orientación y ayuda en este caso.
Muchas gracias.

    • 63
    • 02.03.2016
    • 05:09:45 hs
    plira

    Elvis consulta con un abogado…puedes hacerle una cobranza judicial

  • 64
  • 17.03.2016
  • 10:27:34 hs
Gian Franco

Buenos dias
Ingrese letras en Cobranza Libre al Banco, el aceptante nos ha pedido renovar al 20%.
La consulta es si el Banco me va a cobrar una comision por Renovarles a mi cliente las letras y si a su vez el Cliente al momento de pagar ese 20% e ingresar las nuevas letras por el 80%, tambien le van a cobrar una comision. En conclusion, cuando se renueva letras en cobranza libre, el banco cobra comision tanto al Girador como al Aceptante, o solo a uno de ellos?

Gracias de antemano

  • 65
  • 28.06.2016
  • 12:29:43 hs
Luis Alberto

LETRAS PROTESTADAS
Tengo un cliente que no puede cancelar las letras que aceptó y que desconté en el banco.
Las letras ya han sido protestadas (han pasado más de 20 días de vencidas).
Sin embargo, como yo tampoco tengo fondos en mi cuenta el banco no me las puede cargar.

En este momento entiendo que la calificación de mi cliente debe estar en una situación delicada.
Pero no sólo la de mi cliente sino la mía también.
Por causa de tener un cliente riesgoso, el banco indica que va a bajar mi propia calificación crediticia.

La pregunta es, si mi cliente continua en situación de impago y yo no deseo hacerme cargo de la deuda de él, ¿el banco me puede reportar a mi ante la Cámara de Comercio y las centrales de riesgo?

    • 66
    • 01.07.2016
    • 08:37:03 hs
    plira

    Luis Alberto, el deudor para el banco eres tu, lo que implica que te puede reportar ante las centrales de riesgo.

  • 67
  • 20.02.2017
  • 01:43:28 hs
Sindy

Bien claro y entendible!

Voy a exposición, me has ayudado mucho! Saludos

    • 68
    • 21.02.2017
    • 06:53:49 hs
    plira

    Excelente Sindy…esa es la razón principal del blog…acercar a la gente conceptos financieros.

  • 69
  • 14.07.2017
  • 04:46:11 hs
Alexandra

Soy estudiante de Finanzas y ahora laboro en una empresa donde se usa mucho las letras.
Que diferencia hay entre: letras en descuento, letras en cobranza y factoring. Ademas como podria evaluar si los costos son los correctos, los mejores, cual es el tiempo optimo donde se debe colocar una letra.
He estado leyendo sus articulos y la verdad es usted muy elocuente, tiene la capacidad de desmenuzar temas complejos a algo sencillo.
Felicidades, quedo a la espera de su respuesta.

    • 70
    • 11.08.2017
    • 11:30:16 hs
    plira

    Alexandra en las entregas del 28.12.2009 y 7.1.2010 encontrarás las respuestas a tus preguntas.

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