Les presento al descuento de letras
Cuando una empresa realiza ventas al crédito, sólo puede optar por cualquiera de estas dos modalidades: uno. vender con factura o dos. vender con letras.Empecemos por la modalidad de venta con letras. Un aparte, una letra de cambio (para que la conozcan por su denominación legal) es un título valor que contiene una promesa de pago a futuro, es decir, es un documento que incorpora derechos patrimoniales; lo que significa que, su poseedor, puede cobrar el valor contenido en esta, no importando si él originó la operación comercial, en pocas palabras, una letra puede ser endosada (transferida) a un tercero. Prosigamos, ¿qué puede hacer la empresa que a cambio de entregar mercadería o servicios recibe una letra? Sólo dos cosas, o espera su vencimiento para cobrarla o, si está urgida de capital de trabajo (y le aseguro que la mayoría de empresas siempre lo está), puede ir a una institución financiera y presentarla a descuento.
Descontar una letra, es la operación en la cual la empresa que vendió al crédito, le endosa la letra, en procuración, a una institución financiera, es decir, le da el derecho de cobrarla por cuenta de ella; pero (y esto es lo importante) no le entrega la propiedad de la misma y, a cambio, la institución le adelanta un porcentaje de valor del documento. Obviamente, para que una institución financiera acceda a realizar este tipo de operación, es porque, previamente, ha evaluado crediticiamente a la empresa que presenta el documento para el descuento (la vendedora) y revisado los antecedentes del cliente de esta empresa (el comprador).
Por ejemplo, si una empresa tiene una letra en la que un tercero promete pagarle S/.100 a 60 días y la lleva a descontar a un banco, recibirá un porcentaje del valor de la misma, vamos a decir S/.98 (los S/.2 que no recibió es el interés que cobra el banco por "descontarle" el documento). Segundo aparte, cuando le digan que le descontarán un pagaré o una letra, lo que le están diciendo, es que le van aplicar la modalidad de tasa de interés adelantada. Lo que significa, que el interés se lo cobrarán al momento del desembolso.
Ahora bien, pasaron los 60 días y el que compró al crédito debe pagar los S/.100. Pregunta, ¿A quién se los paga?, respuesta, los debe cancelar al banco, acuérdese que cuando se endosó la letra en procuración, se le dio el derecho a la institución financiera a cobrarla por cuenta de la empresa que vendió al crédito. Si se cancela, entonces, el banco cobra S/.100 y, con eso, cancela el descuento que le otorgó a la empresa vendedora; pero si el comprador no cumple con pagar el documento, el banco no se hace problemas: carga en la cuenta corriente de la empresa vendedora el importe de la letra, con lo que la operación se cancela. ¿Por qué hace esto el banco? simple, lo hace porque la letra sigue siendo propiedad de la empresa vendedora. Tercer aparte, debo hacer notar, que si bien la operación de descuento se canceló, en realidad, lo que se generó es un débito en la cuenta corriente; lo que implica, en el mejor de los casos, que la cuenta disminuyó por el importe de S/.100 más comisiones y gastos o, en el peor de los casos, se generó un sobregiro que debe ser cubierto de inmediato, o en su defecto, será cancelado mediante la emisión de un pagaré.
Ahora debo contarles un secreto, a los bancos les encanta descontar letras (así en negrita y subrayado), el porqué de esa preferencia, reside en el hecho que en una operación de ese tipo, existen dos fuentes de repago, la principal es el cliente que compró a crédito y, la alterna, es la empresa que vendió al crédito (la que presentó la letra a descuento). No se olviden que la letra descontada nunca dejó de ser propiedad de la empresa vendedora. Pónganse en los zapatos de un banquero, si una operación tiene dos fuentes de repago; el riesgo percibido es...menor, ¡por supuesto!; lo que significa que en términos de costo, una operación de descuento de letras es más ventajosa que, por ejemplo un pagaré. Cuarto aparte, en el mundo de las instituciones financieras, un descuento de letras se conoce como una operación autoliquidable, pues es la misma operación la que proporciona su fuente de repago.
En el próximo post, les cuento que pueden hacer cuando venden al crédito con facturas.
Aviso parroquial: A todas las personas que hacen comentarios a las entregas de este blog; primero, va mi agradecimiento por sus palabras de apoyo y, segundo, les comunico que todos los viernes contesto sus consultas.

Paúl Lira Briceño. Economista por la Universidad del Pacífico. MBA del Incae-Adolfo Ibáñez. Durante su desarrollo profesional, se ha desempeñado en diversos puestos gerenciales en el sistema financiero local. Asimismo, ha sido Director de Administración de un importante organismo público. Paralelamente, ha desarrollado una intensa actividad docente, en prestigiosas Universidades en la ciudad de Lima, tanto en pre grado como en post-grado. En la actualidad, se desempeña como director de la carrera de Administración y Finanzas de la UPC.
Estimado Paúl Lira.
Realmente, qué capacidad para explicar de manera sencilla y elocuente sobre un tema tan técnico del derecho comercial. Excelente artículo. Sin preguntas por el momento.
Estimado Paúl, tu explicación sobre el financiamiento en descuento de letras es muy claro, lo que me gustaría que añadas, es que es VITAL que la empresa a quien se le vende sea una empresa MEDIANA O GRANDE, ya que el costo de la operación y la viabilidad del financiamiento dependerá de ello.
Es importante tambien que antes de ofrecer a tus clientes financiamiento via letras, se debe hacer una relación de estos y enviarla a tu sectorista o funcionario para que el banco determine si es posible descontar las letras o tambien hacer otra realción de tus probables clientes a los cueales les puedas ofrecer este tipo de financiamiento.
Tambien, es importante decir los clientes la mayoría en micro y en pequeña empresa tienen un tope para poder hacer este tipo de operaciones, es posible que si vendiste o le ofreciste un negocio grande a tu cliente via este sistema y no consultaste con tu sectorista hasta cuanto el banco te podía descontar es posible que no obtengas el financiamiento, tambien es probable que el banco te solicite una garantía adicional (generalmente hipotecaria) si el financiamiento es alto.
Les recomiento antes de lanzar este tipo de oferta a tu mercado, TE HAGAS evaluar por tu banco de preferencia, para que así determines cuanto es lo que puedes financiar y a quienes.
Tambien saber que si esta letra no es cancelada al 8 día de su vencimiento será protestada y afectará tu imagen en las centrales de riesgo y directamente a los financiamientos propios que desees obtener.
Un abrazo.
No sé si esta pregunta corresponda a esta columna,yo firmé una letra en blanco por una deuda de 6,000 Dolares en una emergencia y con un prestamista.
Pagué 4 años 600 Dolares mensual de inetereses hasta que quebré,ahoar el prestamista me llena la letra por 20,000 Dolares y me propuso un arreglo: Pagarle los 20,000 dolares en la forma de 100 mensual osea casi de por vida pues ya tengo 55,o en caso contrario la protesta y me hace juicio.
Que puedo hacer? la letra la firmé en blanco ,los abogados dicen que pierdo en un juicio.
Aqui voy pagando otra vez 100 mensula de donde no me queda casi para mis neceisdades vitales.
ese prestamista me destruyó la vida y me hizo quebar.
El prestamo lo hice en un momento de apuro cuando un familiar cercano coría peligro su vida.
Gema, acude a un abogado que te brinde asesoría legal gratuita,
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Si se puede probar que le diste la letra en blanco y que años despues el la llenó con 20 000 (eso se puede probar con una pericia en la que comparan la antiguedad de las tintas, la cual sería encargada por el juez) tienes buenas posibilidades de que un juez declaré improcedente la deuda. Suerte
buenas, firme unas letras por el total de un servicio de 2 años que estoy recibiendo. Hace poco mostre al proveedor que el servicio que me brinda no me satisface y ellos dicen que es factible que rescinda el servicio pero hace poco he recibido la comunicacion que las letras han sido llevada a descuento al banco. No hable con el area de cobranzas del quien me da el servicio pero no se si el banco pueda devolver las letras descontadas. Debere pagar alguna pena al proveedor del servicio por este impase que les estoy generando?
Slds
El descuento de letra a que se refiere el articulo son descontadas por el banco CON RECURSO con lo cual el prestamista tiene el respaldo de dos entes, la compania que hace el descuento y el comprador o deudor original como bien se explica. Asumo tambien estas letras se pueden descontar SIN RECURSO donde el banco solo tiene como respaldo al comprador o cliente original?
Víctor, sólo existen dos maneras de conseguir capital de trabajo cuando vendes con letras: las descuentas o las vendes. Hasta donde tengo entendido no existen en nuestro ordenamiento legal las operaciones denominadas con recurso o sin recurso.
José, te recomiendo que revises los términos del contrato que firmaste con ellos, caso contrario, asesorate con un abogado pues si esta en "tierra de nadie" se puede prestar a interpretaciones libres por parte de las partes involucradas. Por otra parte, te aseguro que no descuentan letras a un plazo mayor de 180 a 270 días por lo que las letras que exceden ese tiempo todavía las debe tener la empresa que te da el servicio y por lo tanto, por esos documentos no debería haber problemas de cargos o penalidades.
Gracias Walter...con la ayuda de ustedes seguire poniendo al alcance de todos conceptos financieros que ayuden a las empresas a generar valor.
Nicolay, no lo tengo que decir yo puesto que ya lo dijiste...¡excelente comentario!
Gema, no es el propósito de este blog entrar a temas legales. Sin embargo, te comento que ayudaría enormemente desde el punto de vista judicial que tengas un contrato o la copia de un recibo que hayas firmado al momento de haber recibido el dinero pues esto probaría que fue US$6,000 y que el monto consignado no guarda relación con la deuda contraida. Te deseo toda la suerte del mundo.
Carlos, muchísimas gracias por la ayuda a Gema.
faltó tratar el caso de RENOVACIÓN de letras que es muy común en nuestro medio.
También hay la posibilidad de negociar las letras en la BVL
Estimado Orlando, seguramente Paúl nos explicará con más detalle tu consulta pero te hago un comentario.
La renovación de las letras si bien es cierto le da al aceptante un mes más para que pueda cumplir con la obligación esto amenora su ranking, es decir que baja su nivel financiable para descontar sus letras.
Provablemente cuando el aceptante quiera pagar con letras a sus clienes, su banco le ira acortando su línea o restringiendo este medio por las renovaciones que hace, así mismo el costo de la renovación es bastante cara.
Por ejemplo: debe pagar un letra de u$ 3000 al renovarla al 20 % (que es lo optimo para renovar) paga u$ 600, más el 25% ,es decir U$ 750 total pago, tambien es importante saber que el costo por renovación oscila de un 15% a un 28% dependiendo del banco y las condiciones que tenga.
La renovación de letras no es buena, por los costos altos, por que amenoras tu ranking financiable y por que ante los ojos del banco tienes problemas de liquides o problemas financieros en tu empresa.
Sobre si puedes negociar letras en bolsa, claro que sí, pero esto depende de muchos factores, como de condiciones y los tipos de valores que se vaya a negociar.
Un abrazo.
Estimado Paul, estoy de acuerdo con tu comentario que a los Bancos le conviene la Letras en Descuentos. Pero lo que más le conviene son las letras en cobranza, porque no arriesga su dinero y cobra un buen porcentaje casi igüal que del descuento de letras. Además quería comentarles que el descuento de Letras es una Ayuda para los pequeños y medianas empresas, que no tienen una economía fortalecida y los ayuda a manejar el dinero y seguir fabricando y comprando más Materia Prima. Las firmas grandes no necesitan de ese tipo de servicio. Los que trabajan con descuentos de letras, se les podría decir que son engreidos del Banco, con las esperanzas de ser un gran empresario en el futuro. Ud. ya lo dijo en su comentario, son evaluados los clientes por el sectorista.
Saludos y Feliz 2010
bUENOSA DÍAS: dESEARIA SABER, SI ES OBLIGACION DEL BANCO PROTESTAR UNA LETRA A SU VENCIMIENTO. ASI MISMO SI EL GIRADOR ESTA OBLIGADO A REMITIR UNA COMUNICACION DEL DESTINO DE LA LETRA. O ES OBLIGACION DEL GIRADO. GRACIAS
CARLOS
Estimado Paul
Excelente explicacion, sobre este tema de derecho comercial, enriquece mucho nuestro conocimiento.
Gracias.
TENGO UNA LETRA DE HACE 10 AÑOS POR 5 MIL DOLARES, COMO PUEDO COBRARLA, ALGUNOS ME HAN DICHO Q LA LETRA NUCA VENCE Y QUE SE PUEDE VENDER AL BANCO.
O CUANTO DE INTERES PODRIA COBRAR
GRACIAS
Estimado Nicolai,
El gran problema de las líneas de descuento bancarias es que son muy cortas y por lo general no suficientes para las empresas. En ese sentido la negociación de letras en el mercado de capitales, permite al empresario contar con una línea adicional de descuento, que además no aparece registrada como línea de crédito en el sistema.
En cuanto a la negociación en bolsa, hasta donde tengo conocimiento, el Reglamento del MIENM de la CONASEV es muy rígido y no se ajusta a las condiciones reales del mercado. Por ello, las sociedades de bolsa negocian estos valores vía operaciones extrabursátiles, las cuales también están reglamentadas por la CONASEV y deben ser informadas a la bolsa.
Otra opción que tienen los empresarios para negociar letras son los fondos de deuda, como el de Compass Group por ejemplo. En este caso las empresas de fondos cuentan con capital de sus inversionistas, destinados especificamente a la compra de letras, cuyos aceptantes sean empresas de prestigio comercial y moral en el Sistema Financiero y empresarial.
Estimada María:
En efecto, en la banca tradicional se tiene dos factores importantes, el primero: (el aceptante y su ranking), segundo: para el monto de la línea, es el girador o el cliente quien recibe el financiamiento final, por que? por que el banco o el área de riesgos, asume al financiado como deudor directo, ya que en la mayoría de casos el descuento, es capital de trabajo y parte de la liquidez que recibe el financiado no va a este fín, si revisamos una estadística de cuantos clientes en el segmento pyme han tenido problemas diversos con el tema de las letras descontadas, es observable, ya que el financiado no cuenta con la solidez financiera, administrativa o simplemente no sabe manejar los fondos obtenidos.
Ahora, es un tema largo el debatir el fín de la liquidez optenida mediante este sistema, sobre todo va directamente relacionado al orden en sus pasivos corrientes del financiado o si tiene o nó un buen manejo financiero.
Sobre el caso de las negociaciones en bolsa hay operadores según los valores que pueden ayudarte a negociar, creo que la consulta fue si se podía o nó. pero concuerdo con lo que dices que nuestro mercado de valores es muy restrictivo y rígido.
En el mercado financiero hay muchas opciones para descontar letras, como la empresa que mencionas, pero el financiado debe evaluar los costos, porcetnajes y condiciones de la liquidez, sobre todo no son muchos los clientes que pueden descontar las letras por los mismos factores que indicas de los aceptantes a diferencia de la banca comercial tradiconal que tiene más variable de evaluación.
El que sean no reportadas puede ser un factor favorable y no favorable, dependiendo de la situación financiera de la empresa.
Un abrazo.
Que diferencia hay entre: letras en descuento, letras en cobranza y factoring por favor responda a mi inquietud le agredeceria mucho
Estimada Lucia:
Solo un comentario, en términos sencillos, hay varios tipos tales como: letras en cobranza garantía, adelanto de letras y en cobranza libre:
Cuando descuentas letras (adelanto de letras) el banco te financia o adelanta un porcentaje de ellas, varía de un 70 a un 95 % dependiendo del banco, aceptante, y tu calificación de riesgo.
Letras en cobranza garantía, el banco te financia cualquier otro producto con la garantía de las mismas.
Letras en Corbanza libre, el banco no te financia ,solo administra la cobranza, en este caso los costos generalmente son los mismos que descontarlas.
En el Factoring, vendes facturas y tambien puedes solicitar la administración de la cobranza al alguna entidad, tambien por lo cual obtienes financiamiento, al igual que el adelanto de letras, los porcentajes y características son similares, dependiendo siempre del banco, segmento y posición de riesgo.
Saludos.
Lucía, complementando la respuesta de Nicolay, agrego que una letra en cobranza es cuando la empresa le entrega al banco la responsabilidad de cobrar el documento. Por hacer tal gestión esta institución te cobra una comisión. Una letra en cobranza garantía es cuando la empresa recibe un financiamiento (por ejemplo un pagaré) y entrega letras para garantizar su pago. Las letras que se entregan son productos de ventas al crédito que la empresa realizo y cuya cobranza, que será administrada por el banco, servirá para garantizar el apoyo financiero que se otorgo. Una letra en descuento es cuando el banco te adelanta un porcentaje del valor de la letra para que tengas capital de trabajo (ver post "Les presento al descuento de letras") y por último, un factoring es cuando la empresa le vende al banco las letras o las facturas que se generaron cuando vendieron al crédito (chequea nuevamente este post p.f.)
Nicolay, como siempre excelente aporte. Sólo una atingencia, lo que te cobra el banco cuando le entregas letras en cobranza es mucho menor que cuando te descuenta letras.
Gracias Luis...seguire tratando de difundir este tipo de conocimientos.
Carlos, a tus consultas:
a. salvo pacto en contrario, en el caso de impago sí protestan las letras presentadas a descuento.
b. no, pues al aceptante le llegará un aviso de vencimiento de parte del banco en donde le indican que al vencimiento se acerque a sus oficinas a cancelar la letra.
Carlos, según nuestras leyes las deudas nunca prescriben...eso quiere decir que puedes cobrarla no importa el tiempo transcurrido. En cuanto a venderla, es posible; pero dudo que algún banco quiera comprarla por lo que te aconsejo veas la posibilidad de hacerlo a una empresa especializada (agencias de cobranza, estudios de abogados, etc.) aunque de prosperar la operación preparate para que te "mochen" un buen porcentaje del valor nominal (acuerdate que para el comprador: "a mayor riesgo, mayor rentabilidad")
Que diferencia hay entre letra y pagaré, funcionan de la misma forma?
Interesante lo que explican pero la verdad tengo otra pregunta, podrían ser más específicos en mostrar las diferencias entre descuento de letras y factoring? o solo hay esa que mencionan?
Gracias
Le leido el foro y es de mucha ayuda.
Tengo una pregunta que seguramente es facil, yo he comprado un bien y he firmado letras, la empresa que me vendio paso las letras a otro banco, ha pasado los 5 dias de vencimiento y ya lo manda a protesto, como debo hacer para poder solucionar esto. me ha llegado un aviso de una Notaría, Solo bastaría con hacer el pago allí ?? o que cosas tengo que tener en cuenta??
Richard, tienes que pagar en el banco y con la letra pagada (o una constancia) ir a la Notaria para que levanten el protesto y se proceda a informar a la Camara de Comercio y esta a su vez informe a las Centrales de Riesgo. Un aparte, legalmente el banco puede protestar la letra desde el día siguiente al vencimiento así que no nos confiemos de los famosos 8 días.
tengo una amiga que tiene problemas de efectivo quisiera ayudarla de prestarle pero no se que pedir o hacerle un contrato de prestamo para que me devuelva dicha cantidad, o como dicen hacerle firmar letras de cambio , o pagare por favor orienteme , en realidad quisiera ayudarla pero tengo que tener algo con que reclamarle si por supuesto no me devuelve dicho dinero . muchas gracias
Piter, hazle firmar una letra de cambio por el monto total del préstamo.
Hola paul muy interesante las respuesta sobre las consultas de letra, y muchas felicitaciones por el foro, quisiera que me ayudes con un problema de letras, yo tengo un pequeño negocio en el cual un amigo(que tambien tiene su negocio) me hizo firmar una letra y la ingreso por descuento en el BIF, el me asegurò que pagaria la letra en 60 dias, que necesitaba el efectivo y como es mi amigo no me negue, pero ahora resulta que no ha pagado y no sè en que situacion se encuentra la letra, ya que no he recibido ninguna notificacion del banco, y el me ha dicho que no ha pagado , que justo iba a pagar y le robaron ,que le debo hacer respecto a eso , el banco se las agarrarà conmigo? y me obligara a pagar?
agradecere tu ayuda.
Luis S., lamento ser portador de malas noticias, pero efectivamente el banco tratará de cobrarte la letra y no le importará que fue una letra de favor, pues como explique en el post una vez que se endosa la letra a un tercero esta toma vida propia y se desliga de la operación que le dió inicio. Consejos, uno. habla con el banco para refinanciar tu letra y dos. sueltale los perros a tu amigo.
hola amigo , lo q no entiendo es q si yo como empresa vendo un producto al credito y lo hago por medio de letras descontadas , entoncs la empresa compradora cancelara al banco, eso es correcto hasta alli estamos bien, ahora si esta empresa no paga lo cargan a la cuenta corriente de la empresa vendedora !!!! entoncs donde esta la ventaja pense q el banco exigiria el pago de esta letra como entidad finaciera !! en todo caso donde esta la ventaja de hacer una operacion al credito bajo esta modalidad?? espero tu respuesta mi estimado amigo
Josue, lo que pasa es que el banco le ha prestado a su cliente con la garantía de una letra. Si el aceptante de la letra no paga, para el banco es más fácil cobrarselo a su cliente que al aceptante. Sólo en el caso que el cliente no tenga fondos o este en problemas económicos es que el banco se animara a cobrar la deuda al aceptante.
hola, tengo una inquietud... en caso que la empresa haya falsificado la firma del cliente en la letra de cambio... en caso de falta de fondos de la empresa, aun asi el banco podria cobrar al cliente (obligado principal).
Marina, por lo menos el banco lo intentara y en ese momento el perjudicado (al que le han falsificado la firma) debe presentar sus descargos a la hora que le quieran ejecutar la cobranza.
buenas noches tube una empresa y hice negocios con una compañia punto color que me pago con letras de cambio y las mande al banco las protestaron y cuando les fui a cobrae no em atendias y haci paso el tiemp las letras son del año 2006 todavia puedo cobrarlas por favor ayundenme por que me encuetro mal economicamente gracias
Gaby, las deudas no prescriben. Si las letras están protestadas entonces haz un juicio para que te las paguen. En caso no quieras esa opción puedes venderselas a empresas de cobranza (claro que ellas te pagarán una fracción de su valor; pero a veces más vale plata en mano que juicios "volando")
ERES LOS MAXIMO PAÚL LIRA...TUS POST ME AYUDAN MUCHO CON LOS TEMAS DE LA UNIVERSIDAD, ME GUSTARIA QUE POSTEARAS SOBRE LO MAS IMPORTANTE QUE HAY QUE SABER SOBRE DERIVADOS FINANCIEROS EN GENERAL. GRACIAS XD
Estimado Paúl:
Se te agradece por la cátedra, muy interesantes los temas financieros que tratas.
Saludos,
William
Gracias Carmen Laura. Voy a terminar la serie sobre evaluación de proyectos y luego tocare el tema que me estas pidiendo.
William gracias por tus amables comentarios.
Estimado Paul,
Las letras cuando se vencen, digamos por 8 dias, y se renuevan, por ejemplo por 60 días mas, ¿el tiempo para calcular el nuevo descuento se considera desde el día 1 o a partir del día 9 de vencida la letra anterior? Saludos,
Miguel Angel, la letra se renueva desde la fecha en que esta venció (día 1)
Buenas tardes, quisiera que me ayudara con una pregunta, yo preste 150,00 dolares a un "amigo", que el mismo me propuso firmar una letra de cambio por el dinero ya que no me gusta mesclar la amistad con dinero, porsupuesto le preste sin ningun tipo de ganancia ya que no siquiera hablamos de intereses ya que era un prestamo mas por ayudar, pero ahora se hace el loco y dice que no puede pagar, que le espere un mes, dos meses y asi ya vamos 4 meses y nada, ahora no se como cobrarle ya que con la escusa de que no le alcanza este mes esta que ya vera cuando y eso me parece ya un descaro, no se si me puede ayudar indicandome como puedo hacer para cobrarle.
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Cristina, ¿te firmo la letra?, ¿la protestastes?. En todo caso, te recomiendo que pidas asesoría legal y no vuelvas nunca a mezclar la amistad con el dinero.
Muy interesante y muchas gracias por el alcance que nos dan sobre este tema.
Al respecto tengo una interrogante. La empresa de mi esposo por primera vez está haciendo este tipo de operaciones con el Banco Continental (descuento de letras). Mi esposo conjuntamente con el Gerente General (Representante Legal) han firmado las letras endosándolas en representación de la empresa. El banco ya realizó el depósito en la cuenta de la empresa. Pero ahora el sectorista del banco les dice que para regularizar esta operación deben firmar un contrato y las esposas también debemos firmar un documento.
Mi consulta es si esto se da siempre en todos los casos y por qué tengo que firmar si no tengo ningún vinculo con esa empresa, mi esposo no es dueño, ni representante legal? es que las personas que firman por cuenta de la empresa actúan como una especie de aval? y si fuera el caso y la empresa no pudiera pagar el banco me cobraría a mi? Qué pasa si no firmo?
Milagros, antes que nada disculpa por recién contestar tu consulta, espero que no sea muy tarde. Mi respuesta: NO (así en mayuscula) debes firmar nada pues las obligaciones son de la empresa y no tuyas. Me parece que ese banco se esta pasando de vivo al querer involucrarte en la deuda que la empresa esta tomando con ellos. El banco lo que quiere es que tu y tu esposo sean fiadores solidarios, lo que quiere decir esto es que si la empresa no paga entonces el banco se irá contra ustedes a título personal. NO ACEPTES FIRMAR, por más que te digan que sino el crédito no sale.
Buenas tardes , mi nombre es Jonathan Briceño y soy estudiante de contabilidad cursando el quinto ciclo, es la primera vez que visito su blog y la verdad es que me ha sido de gran ayuda para discipar mis dudas hacerca de lo que es un descuento de letra , la explicacion esta redactada de forma clara y sencilla muy facil de entender, caracteristicas que son dificieles de hallar en un articulo sobre estos temas.
Tenga por seguro que seguire visitando su blog de manera frecuente, mis felicitaciones a usted , gracias
Jonathan gracias por las palabras...espero me sigas acompañando en futuras entregas.
Hola Paúl, si tuviera usuarios que expliquen sus procesos de esta forma, mi trabajo sería más sencillo. Gracias por el post! ahora tengo más claro algunos términos para poder realizar la sistematización de la generación de letras. :) Ya agregé la página a mis favoritos.
Gracias Yolanda. Espero me sigas acompañando en las próximas entregas.
estimado Paul.
he realizado una operación por letras , donde yo soy el vendedor y el aceptante un antiguo amigo y cliente,
existe un problema que el sectorista de mi cliente le indica al banco que las letras son de garantia y no de descuento , por tal motivo no puedo tener liquidez
Jorge H., lo que el sectorista te quiere decir es que no cree que la operación se derive de una transacción comercial, sino que es una garantía que te han firmado para respaldar un préstamo o en su peor alternativa una letra de "favor", es decir aquella que se ha firmado simplemente para que el girador obtenga liquidez a través de un descuento de letras. Mi consejo: tienes que demostrarle que la letra se deriva de operaciones comerciales del día a día de tu negocio.
Esta Pagina me parece muy interesante, me gustaria preguntarle sr,carlos:
Que se entiende por el Cheque Diferido...
Ante todo felicitarlo por tener un blogs tan lustrativo soy estudiante de x ciclo de negocios internacionales dentro de un trabajo de derecho internacionales me dejaron elaborar financiamiento factoring
como me conviene financiarme a traves de letras o factoring
Ronald, cheque diferido es aquel que tiene una fecha de cobro a futuro. Y por si acaso, no soy Carlos, soy Paúl (jejejeje!!)
Dario, la respuesta no es tan fácil de obtener, en algunos casos factoring en otros descuento de letras, p.f. lee la entrega "El factoring...otro buen amigo que no conoces" para tener el panorama completo.