El factoring... otro buen amigo que no conoces
Cuando se necesita capital de trabajo, lo único que se puede hacer con una letra es descontarla o venderla. Si se descuenta, la institución financiera que otorgó el dinero puede esperar que la letra sea pagada por la empresa que la entregó a descuento o por su cliente (el comprador al crédito).Por el contrario, si es vendida, el único responsable de la cancelación es este último.
Ahora bien, ¿y si se vende al crédito con facturas?, salvo que sean facturas conformadas (que sí son títulos valores) no se podrán descontar; pero eso no impide conseguir financiamiento con este tipo de documentos. Preste atención, pues a continuación, les presento al Factoring, el cual es una operación mediante la cual, una empresa especializada (que también puede ser un banco) compra las facturas y letras que una empresa ha generado por vender al crédito.
Por ejemplo, si la empresa A, ha vendido al crédito a la empresa B, con una factura a 60 días por S/.100 y necesita capital de trabajo, la factura no se podrá presentar a descuento (repito sólo se descuentan los títulos valores); pero sí se podrá vender. Si el cliente que compró al crédito (la empresa B en nuestro ejemplo) tiene buenos antecedentes crediticios, entonces la empresa A, puede contemplar vendérsela a una empresa especializada (empresa C). Esta última, analizará la conveniencia de la compra, evaluando a ambas empresas, pero poniendo muchísimo más énfasis en el análisis en la empresa B. Este es un comportamiento lógico puesto que, de concretarse la compra, la empresa C recibirá el pago de la empresa B. La empresa A, que originó la transacción y que posteriormente vendió la factura, ya no tiene ninguna responsabilidad en el pago y, por lo tanto, si la empresa B no paga, la empresa C no puede dirigirse a ella para exigirle el cobro del documento. Si se produce la transacción, entonces se firmará un contrato de cesión de propiedad entre el vendedor (A) y el comprador (C), (el cual, repito, debe ser una empresa especializada o un banco) y el vendedor (A) emitirá una carta simple en donde informa a su cliente (B) que la factura ha sido vendida a un tercero (C) y que, por lo tanto, el pago deberá ser efectuado a este.
Ahora bien, supongamos que ya se realizaron las formalidades crediticias y legales (evaluación, contrato y comunicación de A a B). ¿Cuánto puede recibir A por la venta a C?, la respuesta es un porcentaje del valor de la factura. Así por ejemplo, si la factura es de S/. 100 a 60 días, la empresa A, recibirá S/.98; siendo los S/.2 de menos que recibe A la ganancia de la empresa C. Para efectos prácticos, es como si se estuviese descontando la factura (ver post "Les presento al descuento de letras").
Es justo mencionar los pros y los contras de este tipo de operaciones. Primero las buenas noticias:
Uno. A muchas empresas compradoras, sobretodo las corporativas, no les gusta firmar letras y sólo quieren que se emitan facturas. Recurriendo al factoring, la firma vendedora puede convertir estas facturas, en dinero para financiar las ventas o la producción (¡ojo! que no son lo mismo).
Dos. La venta de facturas ahorra costos. Al no ser ya propiedad de la empresa que vendió al crédito (A en nuestro ejemplo), no tiene que cobrarla. Lo que le permite ahorrar en trámites de cobranza y de soporte administrativo.
Tres. En el factoring no sólo se compran facturas sino también letras.
Y ahora, las malas noticias:
Uno. Su utilización no está muy difundida. Relativamente, pocas instituciones lo ofrecen y muchos menos clientes lo utilizan.
Dos. El costo financiero es mayor que el de un descuento. Esto es lógico, si se tiene en cuenta que, el riesgo que corre la institución financiera, es mayor (acuérdese que en el descuento de hay dos posibles fuentes de repago, en el factoring sólo una).
Tres. El comprador (la empresa B en nuestro ejemplo) debe tener impecables antecedentes crediticios. Recuerde que ahora la institución que compra la factura (C en nuestro ejemplo) sólo puede cobrársela a B (A ya salió de la foto); por lo que exigirá que los compradores sean empresas A-1 y esto, hoy por hoy, significa, lamentablemente, empresas corporativas y grandes.
Sin embargo, como "sin información no hay utilización" espero que esta entrega les haga saber que en el mercado local, existe un mecanismo alternativo que les permite financiar capital de trabajo y puedan empezar a utilizarlo.

Paúl Lira Briceño. Economista por la Universidad del Pacífico. MBA del Incae-Adolfo Ibáñez. Durante su desarrollo profesional, se ha desempeñado en diversos puestos gerenciales en el sistema financiero local. Asimismo, ha sido Director de Administración de un importante organismo público. Paralelamente, ha desarrollado una intensa actividad docente, en prestigiosas Universidades en la ciudad de Lima, tanto en pre grado como en post-grado. En la actualidad, se desempeña como director de la carrera de Administración y Finanzas de la UPC.
Muy didactico relacionado a esta forma de financiamiento, con las implicancias y los riesgos que podrian acarrear en este tipo de operacion.
Siempre tus post son muy informativos y simples de entender, tengo una pregunta como una empresa nueva hace para acceder a un credito, hay alguna forma?
Estimado Paul, está clarísimo tu artículo, pero hay algo que no me quedó claro, son las facturas conformadas, me podrías explicar que son, y ¿porque son considerados títulos valores?.
¿En el Perú cuáles son las empresas que se dedican al factoreo?.
Saludos desde Costa Rica.
Paul, si el cliente A vende la factura de la empresa B al Banco C a 60 dias, y la SUNAT embarga todos los pagos de los clientes de A, donde esta incluida la empresa B, como queda el Banco, no cobra?
Hola, acabo de ver su Blog y este artículo, alguien venido del extranjero me dijo que me olvide de la frase "necesito capital para empezar un negocio" (refiriéndome en todos los términos a dinero en efectivo). Lo que me describió es, lo que yo considero, Factoring, por que hablaba de pasar ventas al credito al Banco para que ellos se encargaran de la cobranza y tener el efectivo en mano. Soy Bach. en Economía pero me gano la vida como informático y aveces los servicios que me piden tengo que cobrar un precio justo y eso a mis clientes les parece ALTO, entonces tengo que dar rebaja grande o dar crédito y casi no me alcanza para ahorro. Qué me recomienda?. Vivo en Iquitos.
- Ya se transfirio la propiedad y riesgos, asi que C siempre va a cobrar lo de B, asi se embargue a A.
- No creo que te descuenten de 100 a 98, seguro que te pagan, 50 =) en banco no pierde, sino como pueden mantener su marketing, rrpp, CADE, auspicios, cuyes, anfitrionas, edificios y mas.
- Si las empresas manejan un reducido margen, pierden si hacen descuento.
- Para acceder a un credito? : CCC calidad, capacidad y colaterall (garantia)
Gracias.
Me olvidaba, visiten mi Blog:
http://integrar21.blog.terra.com.pe
El factoring =)
Si se vende a empresas corporativas el factoring saldria mas barato.
Ejemplo: Si yo le vendo productos por US15,000 y canjeo mi factura con una letra a 60 dias, yo iria al bco. y le pediria una letra en descuento, como soy yo el q va al banco y solicito el credito me ponen la tasa de 12% p.e. q ellos tienen. Sin embargo, en vez de ello, esa misma factura la llevase a factoring, la tasa podria ser de hasta 9%..Porque??? . Porque como vendo a una empresa corporativa...la linea de credito por el factoring se da a la empresa corporativa que es la q tiene mejores tasas activas para creditos, algo yo como empresa pequeña puedo obtener como minimo 12%. ESA ES LA GRAN VENTAJA DEL FACTORING...EVIDENTEMENTE EL FACTORING SI Y SOLO SI ES NEGOCIO PARA EL PROVEEDOR SI VENDE A EMPRESAS CORPORATIVAS...por lo demas tiene un costo mas elevado....
estimados señores :
para saludarles cordialmente y felicitar por la informacion proporcionada , desearia que se publique aca en lima las entidades que brindan este servicio de ser posible tambien las tasa que generan estas operaciones asimismo las direcciones para ser de mayor utilidad para las pequeñas empresas y asi poder seguir avanzando en estos tiempos de dificil tarea .
Estimado Paúl, nuevamente para felicitarte por hacer claro las fiananzas, los financiamientos y sus formas.
CLAY, aqui algunas formas de obtener financiamiento cuando es una empresa nueva, Crédito con Garantía Líquida (es decir respaldado con dinero, CDN, CERTIFICADOS, FONDO MUTUOS), Descuento de Letras, Factoring, tambien con un aval por ingresos y antiguedad (PPJJ). (lógicamente en todos los casos tienes que revisar las características).
GERARDO, el Scotiabank, BCP, Continental (En la banca Comercial) las tasas oscilan de un 8% a ún 35% dependiendo del aceptante y tus fortalezas financieras como tu sector económico.
Me gustaría Añadir que antes de solicitar estos financinanciamientos, debemos solicitar una evaluación de crédito a nuestra empresa, para así determinar si podemos acceder al producto.
Un abrazo.
Estimado Paul
Agradeceré mucho comentes y precises Que es o cuando se considera una Factura Conformada?
Excelente aporte.
Felicitaciones.
Saludos cordiales.
Estimado Paul, un gusto encontrarte en este blog, tuvimos la suerte de compartir algunos pocos meses en una empresa financiera publica, felicidades por este trabajo que cumple una importante mision en ese grupo de emprendedores peruanos que se esta convirtiendo en el motor de la economia.
Respecto al factoring, estimo que se puede difundir su uso en la medida que las entidades financieras lo asuman como un negocio colateral basado en la compra de obligaciones de clientes de riesgo conocido con margenes de endeudamiento disponible, de otra forma el costo operativo haria inviable la operacion.
Saludos
Juan Carlos
Juan Carlos, que gusto volver a encontrarnos (aunque sea en el ciberespacio)...el factoring es una línea de negocio como cualquier otra en una institución financiera, lo único en que se diferencia frente a otros productos es que se evalúa primariamente al cliente del cliente de la institución, el cual debe tener una buena situación económico-financiera e impecables referencias crediticias. Sino se cumple estas dos condiciones no se dará el factoring.
Eduardo, una factura conformada es un título valor, que puedes emitir, previa coordinación con tu cliente, cuando vendes al credito hasta un plazo de 360 días. Siendo un título valor puede endosarse, descontarse, venderse o protestarse (si es que no se pacto en contrario) y acepta renovaciones. Sí te das cuenta es similar a una letra de cambio. Ojo! su emisión no implica que no se entregue la factura "normal" pues para la SUNAT este último es el comprobante tributario válido.
Gerardo, no puedo darte este tipo de información porque por razones obvias este blog no fue diseñado para entregar información que privilegie a una institución financiera en desmedro de otra. Sin embargo, te comento que la mayoría de bancos grandes tienen este servicio.
La manera más práctica de saber es entrar a las páginas web de estas instituciones y chequear si tienen entre sus productos al factoring.
Te paso el enlace con la página de la SBS para que puedas ver la dirección electrónica de todas las instituciones financieras que operan en el Perú: http://www.sbs.gob.pe/0/home_usuarios.aspx
cliquea en empresas supervisadas p.f.
Getafe, buen comentario...y efectivamente cuando vendes a empresas corporativas puedes encontrar la situación que describes (aunque en el sistema financiero peruano puedes encontrar situaciones en las que la tasa de factoring sea mayor que la tasa del descuento). Sin embargo, es claro que hoy por hoy el factoring funciona cuando tu cliente es una empresa corporativa o es una gran empresa. Sin embargo, considero que en un mediano plazo (1 a 2 años) el factoring también abarcará a facturas de empresas medianas (ver el esfuerzo que esta haciendo COFIDE con el "Perú Factoring")
Hugo, lo chequeare de todas maneras.
Hugo, el próximo post es precisamente sobre la evaluación crediticia. No te olvides que en finanzas también entra a tallar el costo de oportunidad (valor del dinero en el tiempo) por lo que por tener la plata hoy estas dispuesto a conceder un descuento sobre el valor nominal del documento.
Alan, un negocio siempre debe tener capital del accionista. De hecho uno de los indicadores en que las instituciones financieras basan el análisis de la conveniencia de otorgar préstamos es el indicador de apalancamiento esto es Pasivos Totales/Patrimonio y mientras más grande sea el cociente menos interesado en dar el financiamiento estará el banco. En cuanto a tu otra consulta, sólo hazte una pregunta: ¿qué tan diferente es el servicio que ofreces a tus clientes?. Si es tan igual que el resto de la competencia entonces tienes que cobrar como ellos y no como tu consideras que es justo para tí. Para cobrar diferenciadamente tienes que ofrecer un producto que satisfaga una necesidad que no ha sido cubierta o que no este siendo cubierta de manera eficiente por la competencia. ¡Suerte con tus proyectos profesionales!
Arturo, no, el banco no cobra cuando la SUNAT le embarga las cuentas a la empresa B. En el caso que tu describes, acuerdate que la empresa A ya no es propietaria de la factura y por lo tanto, la SUNAT no puede embargar ese pago específico.
Alfredo, una factura conformada es un título valor, que puedes emitir, previa coordinación con tu cliente, cuando vendes al credito hasta un plazo de 360 días. Siendo un título valor puede endosarse, descontarse, venderse o protestarse (si es que no se pacto en contrario) y acepta renovaciones. Sí te das cuenta es similar a una letra de cambio. Ojo! su emisión no implica que no se entregue la factura "normal" pues para la SUNAT este último es el comprobante tributario válido. Y en cuanto a tu segunda consulta, en el Perú la mayoría de bancos grandes ofrece este producto aunque, es justo decirlo, recién se esta difundiendo su utilización en el medio local.
Gracias Carlos por la preferencia.
Clay, en relación a tu consulta uno de los puntos en los que inciden las instituciones financieras es la antiguedad del negocio pues mientras más años tengas más experiencia tendrás en las actividades empresariales.
En el caso de nuevos negocios, al carecer del requisito de antiguedad, es un poco más difícil acceder a financiamientos; pero no imposible. Primero, puedes probar incluyendo en tu solicitud la disposición a otorgar garantías personales (fianzas y avales personales) y/o reales (hipotecas o prendas mobiliarias) o segundo, puedes solicitar un crédito personal que aunque más caro te permitirá contar con recursos para poder iniciar las operaciones del negocio. También puedes investigar en instituciones que no sean bancos, esto es cajas municipales, edpymes o cajas rurales pues estas son más flexibles en sus requisitos para otorgar financiamientos.
Existe lo que es carta cruzada, que es una carta (formato del banco) que emite la empresa vendedora al cliente (empresa corporativa AAA1) si este último no responde esta carta aceptando el factoring, la operación no procede, normalmente el porcentaje de adelanto es de 80% al entregar la carta de la empresa corporativa y el 20% al pago total de la factura. He visto casos donde el banco le cobra a la empresa vendedora cuando el cliente corporativo no ha pagado.
Así que eso de que la factura ahora es propiedad del banco, en la práctica no se cumple en su totalidad.
Paul, podrías comentar algo de esto por favor
Augusto, en el caso que mencionas es más por un tema de seguridad que la operación no proceda sin respuesta por parte del cliente, pues según la ley, el factoring se perfecciona a la firma del contrato de cesión y el cargo de la carta enviada por la institución financiera al cliente de la empresa que le vende la factura. Por otro lado, cuando el banco le cobra a la empresa emisora si el cliente no paga, definitivamente no configura un factoring sino más bien es una operación que se llama "adelanto contra facturas".
de acuerdo. y cuando se protesta un aletra .porfabor
Zadit, p.f. aclarame tu consulta y con gusto la contesto.
BUEN DIA A TODOS REALMENTE ESTO DEL FACTORAJE O FACTORING ME INTERESA MUCHO, MI PREGUNTA ES LA SGTE. ESTOY TRATANDO DE EMPEZAR UN NEGOCIO EN DONDE MIS VENTAS SON AL CREDITO CON LA FIRMA DE LETRAS HASTA UN MAXIMO DE 9 MESES O 270 DIAS, EL FACTORING SOLO ES POSIBLE ENTRE MI EMPRESA HACIA OTRA EMPRESA O TAMBIEN SE PUEDE DAR DE MI EMPRESA HACIA UNA PERSONA NATURAL? , SI LA RESPUESTA ES SI POR FAVOR QUISIERA SABER TAMBIEN SI LOS BANCOS ME PUEDEN COMPRAR LAS LETRAS DE CAMBIO(FACTORING) Y A QUE PORCENTAJE SERIA.
NOTA: LAS LETRAS QUE ME FIRMAN ES EN DOLARES NO MENOR DE $5OO Y NO MAYOR DE $700.
Thanks for this information. I think someone need some help like this.
Franco, las letras pueden ser aceptadas por personas naturales o personas jurídicas (no hay limitación al respecto). Si bien es cierto que podrías hacer factoring sin ningún problema también es cierto que los bancos o empresas que hacen este tipo de operaciones van a requerir que tengas experiencia en el negocio por lo que me temo que hasta que no logres esa experiencia será bastante difícil vender tus facturas.
P.f. agradeceré me puedas indicar cual es la antiguedad para vender una factura.....es decir, tengo facturas incobrables desde el 2009, las puedo presentar como factoring en el banco??.
GRACIAS POR LA RESPUESTA.
Señor Pául gracias por difundir estos temas tan interesantes, ya que mis queridos profesores de Economía solo hacian que me confunda más con sus explicaciones sacadas de libros que ni ellos mismos entienden. Caso contrario con sus artículos que son muy didácticos y faciles de entender.
Jorge, me temo que el factoring es sólo para facturas que se venceran en un futuro cercano (máximo 180 días).
Gracias Gonzalo R. por las palabras. A mi también me paso lo que tu comentas...profesores que se enredaban con las explicaciones.
Muy buenas y didacticas explicaciones de temas finacieros, entendi en 5 minutos lo que algunos profesores se tardan horas.
Gracias Juan G. Esa es la idea del blog. Hacerlo fácil.
Estimado Paul,
Excelente artículo de tu Blog, habría que precisar que en el Perú el Factoring más usado es el Factoring Electrónico, es decir el factoring Sin Recurso, en el cual el Factor compra la deuda y asume el riesgo. Aquí como bien mencionas las entidades financieras evalúan exclusivamente al deudor.
Un detalle adicional es que este negocio tiene como agentes deudores a las Grandes Empresas, y como beneficiarios de los adelantos a las PYMES.
Los beneficios para las PYMES vienen por:
No usan sus líneas financieras.
Saca de Balance sus cuentas por cobrar.
Eventualmente el costo financiero puede ser menor (toda vez que es riesgo deudor).
Un abrazo y felicitaciones por tan buen artículo.
Excelente aporte Anibal...pero el factoring no es un producto que todas la MYPES puedan usar pues sólo acceden las que venden a empresas grandes y corporativas.
Muy bueno el articulo y comprensible esta forma de financiamiento,pero sí se por experiencia que es muy costosa esta operacion , por los intereses, comisiones , etc ; que se le cobra a la empresa que vende sus facturas y justamente estaba pensando tomar este tema como uno de investigacion para un trabajo de la universidad. Quisiera conocer mucho más al respecto. Muchas Gracias.
Buenas tarde, actualmente realizo mi tesis referente al factoring como herramienta de financiacion para la mediana empresa en lima....porfavor necesito informacion referente al tema en mencion,
Su informacion es muy buena, espero que me pueda apoyar!!
Le agradecere infinitamente..
Gracias Marive.
Francisco lamento comunicarte que no tengo la información que necesitas.
Hola Francisco,
Puedes comunicarte conmigo, mi correo es mauigrieve@gmail.com Tengo información sobre el Factoring en el Perú.
Otra forma de financiamiento que existe es a través de la negociación de Facturas conformadas (titulor valor vigente en el mercado pero poco usado). La factura conformada posee mérito ejecutivo al igual que la letra, así que su cobro está garantizado y es mucho más ágil en caso de no pago.
Existe una empresa que ha venido desarrollando esta forma.
Muy buen artículo Paul, felicitaciones.
Mauricio, ese es otro propósito del blog, abrir un espacio para discusión y asesoría. Te felicito por tu espíritu de colaboración.
Felicidades el blog es excelente tanto el autor como cada uno de las personas que intervienen
no hacen más que informarnos de una forma sencilla y sin complicaciones del proposito de cada
herramienta asi como sus limitaciones. Muchas gracias Paul por permitirnos "regresar a lo basico" .
Muy buena explicación, mi pregunta va por este lado; Mi empresa trabaja para una cantera de venta de agregados, esta le vende a una empresa grande. Anteriormente esta empresa nos pagaba a tres meses de emitida la factura. Ahora esta empresa viene utilizando esta herramienta, debido a esto y como me paga antes, me transfiere el monto del 3% que le cobra el banco por utilizar este factoring. Mi pregunta va por el lado si a esta empresa el banco le entrega algún comprobante de pago, llámese factura? Quisiera que me absuelva esta pregunta ya que viene descontandome todos los meses y de esta empresa no recibo ningún comprobante.
Gracias Jean. Ojala me sigas acompañando en futuras entregas.
Vito, el factoring se lo hacen a tu empresa y no a la firma a la que vendes tus productos. En ese orden de ideas es a ti a quien le hacen el descuento. Averigua con qué banco lo hacen y preguntales por qué no te entregan el comprobante.
Saludos Paúl.
Leí en Gestión hace algunos meses que estaban aprobando, creo que una ley, para que las facturas tengan una copia adicional que le den la validez de un titulo valor y así se masifique más el Factoring.
Sabes algo de esto? y si es así, las facturas actuales no son títulos valores?.
John, el día de hoy (27.12.2010) ha salido en Gestión una columna de opinión escrita por Gino Sangali que trata detalladamente este punto. Por si acaso, esta en la página de la sección Agenda Personal.
Me encanto,ojala yo hubiera tenido profesores q me expliquen con tanta claridad.lleve mi curso ce derecho comercial pero nunca entendi con claridad lo que era el factoric,
cuando lleve mi maestri me asegurare q usted este como catedratico.
tengo una empresa y me gustaria saber mas sobre la factura conformada y sobre todo los factores que determina su poco uso comercial actualmente
El 5 de junio entró en vigencia Ley de Factoring, se asume que esta norma permitirá seguir dinamizando a las micro y pequeñas empresas, indicó Produce.
Estan de acuerdo, que opinan. Es para un curso de Finanzas
Carlos
Gracias Flor, espero me sigas acompañando a futuro.