Cómo aseguramos el futuro de nuestra familia

El Sistema Privado de Pensiones (SPP) tiene opciones diversas para obtener una pensión que se adecua a cada persona. Si en artículos anteriores explicamos las modalidades básicas de pensión, ahora me gustaría presentarles una modalidad de pensión que será de beneficio para el pensionista y a la familia.

En el SPP existe una modalidad denominada “Renta Vitalicia con Periodo Garantizado”, lo que nos dice nada sobre qué significa y las ventajas que nos ofrece esta modalidad. Pues consiste en lo siguiente:

Cuando el trabajador decide jubilarse, toma en cuenta muchas situaciones personales, familiares y profesionales; una de ellas es la demanda de dinero o recursos que requiere la familia en los años inmediatos siguientes a la jubilación. En algunos casos, el trabajador tiene hijos en etapa de estudio, sea escolar o universitario, por lo tanto, la primera preocupación surge sobre cómo solventar los estudios de los hijos hasta que termine su carrera o culmine su periodo de preparación profesional. Esta situación se vuelve más compleja cuando el trabajador, próximo pensionista, se pregunta “¿y qué pasa si me quedo en el camino?, ¿cómo protejo a mi familia?”

Efectivamente, existen varias modalidades para asegurar los recursos para la familia ante una eventualidad, una de ellas es la opción de “Periodo Garantizado” cuya ventaja es asegurar el 100% de la pensión del trabajador para su familia por los primeros 10 o 15 años, dependiendo de lo que decida el mismo afiliado.

Veamos el siguiente caso:

Un trabajador tiene al momento de jubilarse su cónyuge y un hijo de 20 años, quien está cursando la universidad, y decide optar por la alternativa de Período Garantizado de pensión a 10 años. Su AFP calcula, en base a su fondo, que la pensión por el período garantizado asciende a S/.3,000.00 por los primeros 10 años. Terminados los 10 años, le corresponderá una pensión vitalicia en función a su saldo de la cuenta. Entonces el trabajador, ahora pensionista, empieza a recibir su pensión; sin embargo luego de tres años sucede lo inesperado y fallece.

En ese momento, la cónyuge con el hijo de 25 años recibirán en forma proporcional los S/.3,000.00 de pensión garantizada. Luego de tres años, el hijo de 28 años deja de ser un beneficiario por restricciones de edad, entonces la cónyuge recibirá el 100% de la pensión hasta cumplir los 10 años de periodo garantizado que fue la decisión original del trabajador.

Terminados los 10 años, la cónyuge recibirá la pensión vitalicia que corresponda dependiendo del saldo del fondo.

Con esta modalidad, el trabajador ayuda con la tranquilidad económica de su familia y puede quedarse tranquilo con la decisión adoptada.

COMENTARIOS

  • 1
  • 16.12.2014
  • 11:16:28 hs
ENRIQUE VICTOR GARCIA GALLOSO

Si la pensión en periodo garantizado es S/. 3,000 terminado los 10 años la pensión vitalicia es el 50% del periodo garantizado S/. 1,500 y si el titular fallece en renta vitalicia el 42% de esta última pensión para la esposa. Y si la jubilación en retiro programado que la administra la misma AFP con una rentabilidad promedio anual del 8% y el próximo año la tabla de mortalidad bajara a 85 años donde la pensión sería mejor que las rentas vitalicias.

  • 2
  • 17.12.2014
  • 01:44:58 hs
Roly Panduro Barrera

Me pregunto, en que momento se toma la opcion de “Periodo garantizado”, al afiliarse o al momento de jubilarse. Existiendo esta modalidad me parece muy beneficioso para la afmilia.

    • 3
    • 17.12.2014
    • 03:46:46 hs
    AFP Habitat

    Hola Roly
    Las decisiones de jubilación, por lo tanto esta de periodo garantizado, se definan al momento de la jubilación
    Saludos

  • 4
  • 17.12.2014
  • 02:50:48 hs
segundo

Tengo 63 años y S/. 150000 de fondo . Quiero saber , en concreto , si aunque no tenga hijos estudiando puedo recibir a partir de que me jubile una cantidad de S/. 3000 durante dos años y el saldo durante el resto de mi vejez.
Si una AFP no puede hacer eso , como mínimo, la verdad es que no entiendo para que existen las AFPs.

  • 5
  • 17.12.2014
  • 11:07:26 hs
José

Efectivamente Segundo, la opción que tú elegiría deberá ser la Renta Temporal (1 o 2 años, a elección del afiliado) con Renta Vitalicia Diferida.

  • 6
  • 18.12.2014
  • 01:47:34 hs
ENRIQUE VICTOR GARCIA GALLOSO

Estimado Segundo por cada 100,000 soles en tu fondo de pensiones a los 65 años de edad obtendrás una pensión de 600 soles, con un fondo de 150,000 soles obtendrías una pensión de 900 soles, para obtener una pensión de 3,000 soles tienes que tener 500,000 soles son pocos los afiliados que tienen este fondo, los datos son aproximadamente y bajo la modalidad de retiro programado.

  • 7
  • 19.12.2014
  • 12:42:16 hs
segundo

La Renta Vitalicia con Periodo garantizado es solamente para los jubilados que tienen hijos estudiando ??

  • 8
  • 19.12.2014
  • 01:49:10 hs
ENRIQUE VICTOR GARCIA GALLOSO

No se porque hablo de renta vitalicia esta modalidad lo administran las compañías de seguros, las AFPS jubilan bajo retiro programado; Ud. se puede jubilar a los 65 años y seguir laborando en planilla sin los descuentos de las primas o comisiones de las AFPS.

  • 9
  • 30.12.2014
  • 03:32:38 hs
Marcial Rojo

Para el ejercicio seguido con la pensión de S/. 3000 soles, el autor del articulo dice “terminados los 10 años, la cónyuge recibirá la pensión vitalicia que corresponda dependiendo del saldo del fondo”. Deberia indicar que porcentaje recibirá la conyuge pues podria inducir al futuro pensionista a tomar una decisión errada que perjudique a su conyuge. Entiendo que otra modalidad muy acogida es el retiro programado donde el saldo al 100% del fondo es plenamente heredado por la familia independientemente del tiempo que transcurra cuando el pensionista fallece

    • 10
    • 02.01.2015
    • 11:29:51 hs
    AFP Habitat

    Hola Marcial
    Dado que el fondo inicial no se conoce ni se detalla en el texto, el saldo luego de los 10 años de recibir los S/.3,000.00 de pensión tampoco se puede determinar, lo que es seguro que la cónyuge adquiere el derecho del 100% del saldo y dependiendo de dicho saldo se calcula la pensión.
    Sobre el retiro programado, efectivamente es otra alternativa en la que el fondo es heredable 100%, sin embargo mientras la cónyuge y/o hijos menores de edad y/o hijos con impedimento de salud para trabajar y/o hijos en estudios menores a 27 años estén vivos, primero se aplica la pensión para ellos antes de la herencia.
    Espero haber aclarado o precisado tu inquietud

  • 11
  • 03.01.2015
  • 02:11:33 hs
EDGAR

Que pasa si muere antes de que termine los 10 años del periodo garantizado? Igual recibe la pensión vitalicia la conyuge? He escuchado casos que señalan que al pasarse a este “periodo de gracia” automáticamente pierde el carácter de heredable, con lo cual los familiares pierden la pensión vitalicia si es que el aportante muere antes de los 10 años que señalan. Favor aclarar este punto

    • 12
    • 15.01.2015
    • 10:04:00 hs
    AFP Habitat

    Hola Edgar
    Si mueres antes que cumplas los 10 años, tu cónyuge recibe la pensión total pactada o garantizada por lo que queda los 10 años
    Luego que termina los 10 años, se aplican las condiciones de renta vitalicia, al pasar a renta vitalicia pierde el carácter de heredable
    Espero haber aclarado tus dudas

  • 13
  • 07.01.2015
  • 10:18:48 hs
ESTEBAN

Cuanto sacara un profesor que aporta sobre 1,200.00 mensuales, espero su respuesta.
gracias. creo que es algo injusto y merca chifles.

    • 14
    • 15.01.2015
    • 09:48:36 hs
    AFP Habitat

    Hola Esteban
    Una persona que gana 850 soles hoy, se afilia a los 25 años, trabaja por 30 años hasta que cumple los 65 años y su ultima remuneración fue 3,000 soles
    A los 65 años tiene una cónyuge 5 años menor y sus hijos todos son mayores de edad, su pensión será de S/.1,800
    Si el interés es por un caso particular, te invito a usar las opciones de Estimador de Pension de la pagina web de las AFP
    Saludos

  • 15
  • 07.06.2015
  • 11:42:06 hs
eloy

hace como diez años aporto a la onp si me paso a habitat pierdo todo lo aportado?

    • 16
    • 11.06.2015
    • 02:54:57 hs
    AFP Habitat

    Hola Eloy
    En realidad el aporte a la ONP no es tu propiedad, el aporte que realizas entra a un fondo colectivo del cual se pagan las pensiones. Cuando pasas a la ONP, pierdes tus años de aporte, es decir, los 10 años acumulados de aporte, de hecho el fondo como te comento NO es tu propiedad
    Por otro lado, en la ONP si no cumples 10 años trabajando y aportando NO recibirás pensión, en el SPP siempre recibes pensión o la devolución de tu dinero
    Importante es tener presente también que en la ONP tienes un máximo de pensión independiente de su sueldo
    Gracias por tu pregunta

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