Retiro del 95.5% de los fondos: panorama actual

Ahora tenemos más claro el panorama de la devolución del 95.5%: a partir del próximo 16 de mayo los afiliados que tienen 65 años o más, pueden llamar por teléfono o acercarse a las agencias de las AFP para iniciar su trámite.

Las AFP le brindarán la asesoría del caso entregándole las alternativas de retiro, dado que el máximo retiro es el 95.5%, las alternativas que las AFP ofrecerán como asesoría serán: no retirar el fondo y obtener pensión, retirar el 25% o 50% o 75% con el respectivo estimado de pensión que obtendría con el saldo; con esta información, el afiliado tendrá 7 días para evaluar y finalmente decidir qué hacer con su fondo.  Estas alternativas son solo para efecto de asesoramiento, queda claro que el afiliado tiene la libertad de escoger el porcentaje de retiro.

Por otro lado, también se aprobó y reglamentó el Régimen Especial de Jubilación Adelantada por desempleo (REJA), este régimen ha sido aprobado hasta el 2018.  Los requisitos para aplicar a este beneficio son:

  • En el caso de mujeres, debe tener 50 años o más; en el caso de hombres, debe tener 55 años o más.
  • El afiliado o afiliada debe estar sin trabajo por un año consecutivo.

Cumpliendo ambos requisitos, el afiliado puede acceder a este beneficio.  Si la pensión calculada supera una RMV (S/.850.00), entonces el afiliado puede decidir que le paguen la pensión o en su defecto, aplicar al retiro máximo del 95.5%.  En caso la pensión no supere una RMV entonces el afiliado podrá retirar 50% del fondo acumulado, el resto lo podrá retirar a los 65 años.  Quiero precisar que estas son las disposiciones vigentes al día de hoy.

Este beneficio se viene brindado a los afiliados al SPP hace varios años y es de esperar que luego del 2018 se emita una nueva ley en ese sentido.

Por otro lado, aún faltan emitir los procedimientos relacionados a los beneficios por enfermedades terminales, esperemos que la reglamentación se emita pronto dado que este es un clamor de muchas personas.  Adicionalmente, el uso de la garantía del 25% del fondo para cuota inicial de una vivienda quizás quede sin aplicarse dado las nuevas disposiciones que pasaremos revisar.

La semana pasada, el Congreso aprobó una serie de cambios complementarios a los anteriormente emitidos, incluso algunos beneficios adicionales.  Uno de ellos es que se abre las puertas para que, incluso quienes reciben pensión puedan retirar sus fondos, se simplifica el uso del 25% del fondo para una primera vivienda, abriendo la posibilidad de usarlo para cuota inicial o amortización de un préstamo hipotecario, el destino del 4.5% para ESSALUD, entre otros.

En general, el interés de los trabajadores es importante, estas disposiciones no hacen más que ofrecer más ventajas del SPP sobre el SNP, los jóvenes deberían evaluar las diferencias entre ambos sistemas para tomar la mejor decisión para cada uno.  Sin embargo, también abre las puertas al uso inadecuado del fondo que finalmente puede llevar a más personas sin pensión.

Por mi lado, recomiendo que hagan uso moderado del fondo que han acumulado a través de los años y siempre tengan presente que este fondo debería sostenerlo hasta el final de sus días.

Por: Gonzalo Bernal, gerente comercial.

COMENTARIOS

  • 1
  • 11.05.2016
  • 03:39:15 hs
Willy

Totalmente de acuerdo con las nuevas propuestas para aquellos que ya cuentan con una pensión y puedan retirar de su cuenta de capitalización.

  • 2
  • 11.05.2016
  • 04:30:16 hs
carlos la rosa

Los fondos de las AFP, deberían ser utilizados SOLO AL CUMPLIR LOS 65 AÑOS y excepcionalmente en caso de enfermedad terminal, otro tipo de utilización desnaturaliza totalmente la finalidad del aporte realizado, el cual tiene como loable propósito permitir a quienes hemos trabajado toda nuestra juventud, disfrutar los años que nos queda del dinero suficiente para poder acceder a la atención médica que ningún hospital ni Essalud nos brinda o amortizar las deudas que hemos adquirido, ya sea por compra de única vivienda o por consumo (al que tambien tenemos derecho), lo que DEFINITIVAMENTE CONTRIBUIRA A QUE SE IMPULSE NUESTRA ALICAIDA ECONOMIA y se beneficie el Estado con los impuestos que pagaremos.

  • 3
  • 11.05.2016
  • 04:56:10 hs
carlos la rosa

Un tema al que solo se refirió tímidamente el señor Congresista Lescano, en uno de sus comentarios, es el via crucis, la desesperante espera a que someten las AFPs. a los afiliados que van ha retirar el 95.5% de sus fondos, estamos recibiendo llamadas telefónicas, correos con “invitaciones a desayunos” dizque gratis CON EL UNICO PROPOSITO DE CONVENCERNOS A NO RETIRAR nuestro dinero, ¿Es que acaso alguien les puede creer que se preocupan por nuestro corto futuro? la dilación innecesaria del pago tiene la mezquina finalidad de impedir que el dinero salga de la AFPs. o de conseguir que sea entregado a alguna aseguradora, lo demás es pura y despreciable mentira,el Defensor del Pueblo debería pronunciarse públicamente y exigir que la entrega sea máximo en 48 horas de solicitado el dinero

    • 4
    • 11.05.2016
    • 11:07:04 hs
    AFP Habitat

    Hola Carmen
    Una de las fortalezas del SPP es que cada centavo está respaldado en registros, movimientos y bastante bien supervisado por la SBS. Para hacer el retiro del 95.5% debemos tener todos los cuidados del caso en los sistemas, procesos y controles; lo que la SBS entiende y por eso se establecen los plazos que comentas.
    Por otro lado, el asesoramiento NO significa que las empresas o personas quieren impedir que se retire el dinero, lo único que se hace el asesorar al cliente con la finalidad que opte por la mejor decisión tal como varios congresistas, economistas, publico en general lo sugiere.
    Los afiliados deben estar tranquilo que la próxima semana se estará iniciando la atención de estos tramites
    Gracias por tu comentario

  • 5
  • 11.05.2016
  • 10:29:56 hs
Enrique Garcia Galloso

Rescatar el 25% o 50% o 75% y el saldo una pensión bajo retiro programado con la misma AFP o renta vitalicia con la compañía de seguros es una buena opción. Sobre el rescate del 95.5% y no ha tramitado su bono de reconocimiento o lo han observado (rebajado el valor nominal del B. R.) tienen que presentar recurso de reconsideración ó apelación, por que cuando se jubilen y acepten la redención del B.R. después de cobrar tendría que ir a juicio contra la Oficina de Normalización Previsional.

  • 6
  • 12.05.2016
  • 01:36:15 hs
Marco Reategui Moreno

Una de las afirmaciones de el Señor Congresista J. Lescano, luego de emitida la ley fuè que el proceso del retiro una vez iniciado el tràmite de gestión, demoraría tan solo 7 días hábiles, sin embargo en mi AFP me dicen que primero debo solicitar previa cita 20 días después de cumplir los doce meses sin laborar, y, una vez iniciado el tramite dos meses mas por el tema del B/R, eso depende de cada AFP o realmente ese es el proceso normal a seguir en todas las AFP`s?

    • 7
    • 13.05.2016
    • 05:17:36 hs
    AFP Habitat

    Hola Marco
    Los 7 días SOLO se aplican para la devolución del 95.5%, según la información de su comentario, Uds está solicitando jubilación adelantada por desempleo lo que tiene diferentes plazos
    En el caso de los 20 días para las citas, lamentablemente eso depende de la AFP dada la capacidad de atención. En este caso, primero hay que proceder con el tramite del REJA y luego, si accede y cumple las condiciones, continuar con el 95.5%
    Espero haber aclarado su comentario

  • 8
  • 12.05.2016
  • 06:13:43 hs
Maria Iglesias

Señores Habitat,

El caso: una persona, mujer, actualmente de 62 años, ya ha retirado el 50% de sus fondos acogiendose a la Jubilacion Anticipada (REJA).

La pregunta: ¿puede ella retirar ahora el saldo de 45.5%, es decir sin esperar a cumplir los 65 años?

Muchas gracias por su atencion y su tiempo.

Maria

    • 9
    • 13.05.2016
    • 05:20:46 hs
    AFP Habitat

    Hola Maria
    En este momento las personas que retiraron el 50% acogiendo el beneficios de la jubilación adelantada por desempleo, no tienen la posibilidad de retirar el saldo
    Saludos

  • 10
  • 12.05.2016
  • 02:25:28 hs
roberto arteaga

Tengo una consulta , tengo un familiar que ha tiene 64 años y el año pasado hizo sus tramites para su jubilacion anticipada. Por lo que me comenta el firmo una renta vitalicia con interseguro que va a regir a partir de marzo del 2017 mientras tanto la afp le esta abonando un bono en su cuenta bancaria . Queremos saber si tambien puede aplicar al retiro del 95% de sus fondos o ya no es posible al tener una renta vitalicia ( a pesar que esta renta rige a partir de marzo del 2017).
les agradecere nos puedan asesorar en este caso ya que hemos averiguado atravez de contactos en la empresa aseguradora y nos han indicado que al tener un contrato lo debemos de respetar.

    • 11
    • 13.05.2016
    • 05:34:19 hs
    AFP Habitat

    Hola Roberto
    Las condiciones que están vigentes al día de hoy no le permiten a personas en estas bajo la condición de pensión (cualquiera que sea) retirar el 95.5%
    En las nuevas disposición están incluidos pero estamos a la espera de la formalización
    Saludos

  • 12
  • 12.05.2016
  • 10:09:43 hs
MICHAEL

Uno de los propósitos del SPP es brindarnos una pensión cuando ya no estemos en capacidad de trabajar ,para eso se creo y retirar el 95.5% o el 25% para adelanto de un inmueble me parece que desnaturaliza el propósito . la pregunta es que pasara cuando los jubilados retiren el dinero y los pierdan o los estafen ? que acaso quedran pensión 65 . lo que se tendría que hacer desde mi humilde opinión es mejorar la rentabilidad para tener mejores pensiones o retirar los fondos solo cuando se tenga una enfermedad terminal o el total aportado sea muy por debajo que lo esperado.

    • 13
    • 13.05.2016
    • 05:39:53 hs
    AFP Habitat

    Hola Michael
    Tu opinión es muy valiosa, con una visión de previsión correcta, sin embargo las leyes no necesariamente están en la dirección que comentas
    Por nuestro lado, haremos el mejor esfuerzo por asesorar a los trabajadores para que hagan buen uso del fondo acumulado y que no suceda una nueva “pensión 65″ de la cual no estamos libres
    Finalmente, la rentabilidad no es el salvador de las pensiones, el problema real es que la continuidad laboral en el Perú es menor al 50%, es decir, el promedio de los trabajadores solo labora como dependiente la mitad de su edad laborable lo que no le permite ahorrar lo suficiente, en este sentido, las AFP no son las llamadas a solucionar el tema de informalidad y la baja continuidad laboral
    Gracias por tu comentario

  • 14
  • 13.05.2016
  • 03:56:02 hs
hennrry

yo pienso que debería desaparecer todo este sistema de pensiones….no creo que cuando nos jubilemos….recibamos una migaja de dinero en lo que resta de nuestros años..ya que al fin acabo es nuestro dinero….habiendo otras entidades que pueden resguardar nuestro aportes……como plazo fijo, mancomunado, cuentas ordinarias y veremos ahí nuestra rentabilidad….el congreso actual debería analizar y utilizar nuevas herramientas….y los hay…lo que pasa es que son otorongos…..

    • 15
    • 13.05.2016
    • 05:44:21 hs
    AFP Habitat

    Hola Henry
    Recuerda que las personas tienen la libertad de escoger por el sistema que deseen, si no les gusta el SPP por las razones que mencionas, tienen la opción de optar por el SNP
    El punto es, como sucede en todos los países del mundo, el ciudadano o trabajador DEBE aportar a la previsión … sea como fondo personal, fondo colectivo o impuestos; en el primero cada persona hace su pensión, en los otros, el estado define tu pensión; recuerda que puedes optar por cualquiera de los sistemas previsionales
    Saludos

  • 16
  • 13.05.2016
  • 07:38:18 hs
Marciano

La ley se debe cumplir a partir del 16 de mayo 2016 e iniciar con la entrega de los fondos A QUIENES QUIEREN , NO ES OBLIGATORIO, en tal sentido es por demas los 7 dias adicionales para pensar que hacer con el fondo toda vez que muchos ya lo tenemos pensado. Pienso que todo este tramite no requiere mas de 24 horas, es como retirar de un banco cualquier ahorro. Pienso que ante esto debe intervenir la Defensoria del Pueblo u otro organismo a fin de que no esten demorando injustificadamente.

    • 17
    • 13.05.2016
    • 05:51:56 hs
    AFP Habitat

    Hola Gonzalo
    Los 7 días son para evaluar información adicional, algunas personas como tu efectivamente lo tienen claramente pensado, otras no … en cualquier caso no creo que sea perjudicial que las personas escuchen las alternativas
    Saludos

  • 18
  • 13.05.2016
  • 12:19:44 hs
Enrique Garcia Galloso

El 40% de los fondos están en fondos mutuos en el exterior, en los que va del 2016 las rentabilidades de los fondos 0, 1, 2 y 3 es 0.09%, 4.31%, 2.74% y 1.47% respectivamente siendo la mas rentable AFP HABITAT, SP/BVL PERUGEN 37.58% y SP/BVL LIMA 25 58.07%

  • 19
  • 13.05.2016
  • 01:06:28 hs
Gaston Barazorda

Sr. Gonzalo,

Muy claro su exposición sobre el tema. Hay que saber elegir, con prudencia y pensando en que los fondos cubrirán el sustento por varios años. Tengo algunas Dudas que gustaría que pueda acalrar.

Soy pensionista en el sistema REJA bajo el sistema de Retiro Programado en la AFP y según la nueva disposicion aprobado por el Congreso se puede retirar el 95.5% de los fondos previsionales. Debo suponer que eso será posible cuando se cumpla los 65 años, cierto?. Y el procedemiento debería ser como actualmente la SBS ha dispuesto, no?.
Agradeceré si puede responder y aclarar mis Dudas.
Gracias.

    • 20
    • 13.05.2016
    • 06:02:46 hs
    AFP Habitat

    Hola Gastón

    Gracias por su comentario

    Las disposiciones vigentes establecen que las personas que tienen 65 años cumplidos y NO reciben pensión, pueden retirar hasta el 95.5%
    Por otro lado, quienes aplican a la jubilación adelantada por desempleo y tienen derecho a una pensión superior a S/.850.00 también pueden retirar hasta el 95.5% del fondo

    Los últimos proyectos de ley que han sido aprobados por el congreso aun no están vigentes, aun falta la firma del Ejecutivo y luego la reglamentación de la SBS, en estos proyectos están incluidos las personas que tienen pensión incluidos quienes están bajo retiro programado tal como ud. lo menciona.

    En respuesta a su pregunta, con las disposiciones vigentes al dia de hoy, Ud. no aplicaría al retiro del 95.5% dado que ya recibe una pensión

    Espero haber aclarado su duda

  • 21
  • 14.05.2016
  • 04:19:22 hs
J. Peralta

Hemos firmado por rentas vitalicias y recibimos pensión de una AFP, y estamos muy próximos a recibir pensión de una Cía de Seguros. Es posible realizar gestión en una AFP para realizar el rescate o recuperación del fondo de jubilación del 95.5% o parte de ella para disponer a otros opciones para tener mejor rentabilidad de nuestro fondo?

    • 22
    • 16.05.2016
    • 10:21:30 hs
    AFP Habitat

    Estimado Sr. Peralta
    El tema relacionado al retiro del 95.5% de quienes están recibiendo pensión, está incluido en el segundo grupo de cambios al SPP; este segundo grupo aun no ha sido firmado por el Ejecutivo, una vez que se firme y promulgue la SBS debe operativizar estos cambios. En ese momento podremos tener mayor precisión en la respuesta a su pregunta
    Saludos

  • 23
  • 14.05.2016
  • 04:42:24 hs
Edinson

Lo mejor es retirar el porcentaje permitido por Ley e invertir en cualquier negocio, o depositar en cuenta a plazo fijo, lo demás son “cantares” de las AFPs. A todo ello,..¿Porqué las AFPs no asumen la mala o equivocada inversión de nuestros fondos, que generan “rentabilidad negativa”, siendo ellos los que toman decisiones por nosotros sin consulta previa….???
Cuál es su punto de vista señores de HABITAT e INTEGRA????

    • 24
    • 16.05.2016
    • 10:00:42 hs
    AFP Habitat

    Hola Edison
    Desde hoy se empieza el tramite para retirar los fondos de acuerdo a lo que el cliente piense que es su mejor opción, las AFP han puesto en la mesa sus opiniones lo que no se opone a entregar el dinero; solo hemos presentado los riesgos
    Por otro lado, la rentabilidad generada por las AFP en todo este tiempo es de 18 mil millones de dólares, es bueno revisar las cifras para no tener una percepción equivocada o parcial de los hechos, el tema de rentabilidad es una asunto de NUMERO mas que corazonadas
    Saludos

  • 25
  • 14.05.2016
  • 10:06:51 hs
Ernesto Contreras Gadea

Señores Habitat, se puede retirar el 25% del fondo, para construcción de la primera vivienda considerando que solo se tiene el terreno?.

    • 26
    • 16.05.2016
    • 10:01:45 hs
    AFP Habitat

    Hola Ernesto
    El día de hoy aun no esta vigente esta posibilidad, esta propuesta es parte del segundo grupo de cambios que aun debe ser firmada por el ejecutivo
    Saludos

  • 27
  • 15.05.2016
  • 04:06:01 hs
Mario Flores

con la nueva ley para cuando se estima que los estan jubilados con retiro programdo bajo el regimen reja menores de 65 puedan retirar el 95.5 %

Gracias

    • 28
    • 16.05.2016
    • 10:23:17 hs
    AFP Habitat

    Estimado Mario
    El plazo está en manos del ejecutivo y el congreso, por nuestro lado solo estamos a la espera de la promulgación de la ley, luego el reglamento de la SBS para activar la devolución de acuerdo a ley
    Saludos

  • 29
  • 18.05.2016
  • 01:31:02 hs
Mabel L. Pineda

Señores, ahora que es posible el retiro del 95.5%, tengo una consulta al respecto:
En mi caso puedo acogerme al REJA por desempleo, cumplo los requisitos y obtendría pensión por lo que puedo retirar parte de mis fondos y además cuento con bono de reconocimiento.
Puedo yo proceder a tramitar el retiro de por ejemplo el 30% de mi fondo y luego solicitar el proceso normal de REJA por desempleo?? Es factible se puede hacer a la vez o primero retiro el fondo indicado y luego hago el proceso??
Mi idea es contar con un pequeño fondo necesario ahora y además ya contar con mi pensión de por vida.
A la espera de su respuesta,

    • 30
    • 18.05.2016
    • 09:37:51 hs
    AFP Habitat

    Hola Mabel
    En tu caso el proceso es el siguiente
    1. Solicitar tu jubilación adelantada por desempleo: REJA
    2. Si cumples con los requisitos y tú pensión calculada (incluyendo el bono de reconocimiento) supera los S/.850, entonces procedes con la opción del retiro (ojo, en esta etapa no has definido ninguna pensión, solo has confirmado que cumples los requisitos)
    3. Inicias la opción del retiro, en este caso tienes la facilidad de retirar hasta el 95.5%, es decir, SI puedes retirar una parte y el resto dejarla para que recibas una pensión.
    Es una buena decisión usar el fondo de esta forma, buena decisión
    Saludos

  • 31
  • 18.05.2016
  • 05:21:47 hs
María Sotomayor

Estimados Señores,
Ante todo mis felicitaciones por brindar la oportunidad a los usuarios de acceder a información sobre la que se tiene algunas dudas. Tengo entendido que los que se acojan al REJA actualmente SI están incluidos entre los beneficiarios de la Ley, es decir pueden retirar el 95.5 % de sus Fondos. Pero hay algunas zonas grises aún; mi caso es el siguiente: Cumpliré 64 años en un mes, me acogí al REJA en el 2014. ¿Puedo retirar el saldo restante (menos el 4.5 %)?
Agradeciéndole
María

    • 32
    • 18.05.2016
    • 09:27:06 hs
    AFP Habitat

    Hola María
    Quienes acceden al REJA hoy y obtienen a una pensión superior a S/.850 pueden retirar hasta el 95.5% del fondo acumulado. Con la ley vigente a la fecha, los que ya tienen alguna pensión cualquiera sea el origen, no pueden retirar el 95.5%
    Por lo tanto, quienes ya tienen una pensión de REJA anterior no tienen este beneficio, sin embargo, el ejecutivo tiene en su poder las propuestas de ley aprobadas por el Congreso en las que SI estarían incluidos los pensionistas que tienen fondos en las AFP (retiro programado), que incluye los casos de REJA anteriores
    Si Ud. estuviera en algunos de estos caso, debe esperar la promulgación del segundo grupo de leyes
    Saludos

  • 33
  • 19.05.2016
  • 03:27:45 hs
Jaime S. Tuesta Linares

Las AFP, nunca estaban ni brindaran beneficios al asegurado, bueno fuera que las ganancias que genera los fondos de lo afiliados sea para los afiliados , ESO FUE LA IDEA, resulto todo lo contrario , las Afps, se enriquecieron con nuestra plata, ahora son grandes millonarios y a los afiliados ni el saludo , a los pensionistas peor, cuando deben darnos gratificacion y el el interes de nuestro dinero cada año, eso fue la IDEA. EL sR. PRESIDENTE , DEBE APROBAR EN ONE , el proyecto , fuera las explotadoras.

    • 34
    • 19.05.2016
    • 04:19:09 hs
    AFP Habitat

    Hola Jaime
    Te paso algunas cifras que pueden alimentar tu conocimiento del SPP
    1. Las AFP han generado más de US$ 18 mil millones en rentabilidad para los afiliados
    2. La rentabilidad promedio en los más de veinte años del SPP es 9% promedio anual
    3. La pensión promedio del SPP es S/.1,128 superior a la pensión de la ONP
    4. El sueldo promedio de los trabajadores en el Perú asciende a S/.1,600, restando los descuentos, un trabajador promedio recibiría aproximadamente S/.1,200
    5. Si comparamos la pensión promedio vs. el ingreso neto promedio el SPP cubriría el 94% del ingreso del trabajador peruano promedio
    6. Se estima que 10% del crecimiento del PBI es gracias a la contribución del SPP en la economía del Perú
    Efectivamente existen deficiencias que deben subsanarse, sin embargo en poco más de 20 años de existencia del SPP los resultados son bastante alentadores
    Gracias por tu comentario

  • 35
  • 19.05.2016
  • 03:30:57 hs
Jaime S. Tuesta Linares

Fuera AFPs, devuelvan la plata a todos que por engaños cayeron en manos de estas explotadoras, debe desaparecer y que se implemte mejor el sistema de pensiones del estado.-

    • 36
    • 19.05.2016
    • 03:59:57 hs
    AFP Habitat

    Hola Jaime
    El SPP ha sido muy positivo para muchas personas, incluso para el desarrollo del país
    Recuerda que siempre puedes elegir el SNP dado que no estás de acuerdo con el SPP
    Gracias por tu comentario

  • 37
  • 19.05.2016
  • 01:34:20 hs
Luis Quinto A.

Los que tenemos ya el bono de reconocimiento registrado en las AFP cuando ,cual es el siguiente paso para que también sea retirado junto con el 95.5 del fondo

    • 38
    • 19.05.2016
    • 05:02:57 hs
    AFP Habitat

    Hola Luis
    El bono de reconocimiento está incluido dentro del monto total al momento de retirar tus fondos, sin embargo, lo primero es que cumplas con una de las siguientes condiciones
    1. NO ser pensionista
    2. tener 65 años o mas o acceder al REJA y obtener una pension superior a S/.850
    En cualquiera de los casos del punto 2 podras acceder al retiro de hasta el 95.5%
    Saludos

  • 39
  • 19.05.2016
  • 02:19:18 hs
Alicia

Aporte casi 9 años. deje de trabajar hace mas de 20 años. estoy proxima a cumplir los 50 años. podre retirar mi fondo? cualquier proyeccion de la probable pension que pueda calcularse sera inferior a cualquier SMV. Aprecio vuestro soporte.
Gracias

    • 40
    • 19.05.2016
    • 05:11:32 hs
    AFP Habitat

    Hola Alicia
    Si solicitas la jubilación adelanta por desempleo y tu pensión es inferior a S/.850.00, entonces SOLO puede retirar el 50% del fondo acumulado
    Sin embargo, existe un grupo de disposiciones que esta en manos del ejecutivo, donde SI se incluye la devolución de hasta el 95.5% a los que aplican a la jubilación adelantada por desempleo y cuya pensión es menor a un SMV
    Por lo tanto te sugiero esperar que se emita el segundo grupo de cambios legislativos del SPP
    Saludos

  • 41
  • 20.05.2016
  • 01:11:16 hs
Juan Carlos

Hola buen dia. Jorge. Una consulta. En el inicio del mes de mayo según la SBS ha ocurrido una notoria caída en el precio de la cuota del fondo tipo 1 de Habitat. Es correcto el dato? Mucho agradecería saber el motivo en caso si sea correcto dicho dato. Saludos. Excelente blog. Lo recomiendo a todo el mundo.

    • 42
    • 20.05.2016
    • 05:29:45 hs
    AFP Habitat

    Estimado Juan Carlos
    No hemos detectado esta caída en el mes de mayo, de hecho en lo que va del año el F1 de AFP Habitat ha rendido 4.9% (hasta el 17 de mayo), lo que si detectamos es que hubieron incidencias en los calculo de VC de la SBS pero fueron subsanados
    Saludos

  • 43
  • 20.05.2016
  • 04:07:05 hs
Mabel L. Pineda

Señores :
De acuerdo a su respuesta me apersone a mi AFP y me indicaron que los retiros son por montos fijos (25%, 50%, 75% o 95.5%) y no de 30% o 40% si yo así lo desee, además que si retiro ese monto ya no podre retirar el saldo restante y que quedaría para calculo de pensión, es correcto?
Por otro lado en mi caso, si accediera a retirar el 95.5%, se incluirá también el monto de mi bono de reconocimiento??, la suma de mi CIC + Bono de ahí se calcula el 95.5%??
A la espera de su respuesta,

    • 44
    • 20.05.2016
    • 05:50:35 hs
    AFP Habitat

    Hola Mabel
    Las AFP te entregan como alternativas los retiros que mencionas (25%, 50%, 75% o 95.5%), pero TU tienes la decisión de retirar porcentajes diferentes, si eso te han dicho en tu AFP, te confirmo que están equivocados
    Debes tener presente que la decisión del % de retiro sucede en un solo momento, en ese momento debes decidir el monto a retirar y la forma cómo se recibirás el saldo; con el saldo que decidas dejar solo te queda la alternativa de recibirlo como Pensión
    Por otro lado, el monto del bono de reconocimiento también se incluye en el 95.5%, pero cuidado con lo siguiente
    1. La decisión es sobre TODO el fondo incluido el Bono de Reconocimiento
    2. Dado que el monto del Bono de Reconocimiento no está actualmente en tu saldo entonces al inicio te entregaran el monto solicitado SIN la parte del Bono
    3. Después de algunos días, cuando la ONP transfiera el dinero, te entregaran el diferencial
    Es importante tener presente esto ultimo
    Espero haberte ayudado
    Saludos

  • 45
  • 21.05.2016
  • 01:22:27 hs
German Rojas

Para poder tener derecho al RMV 850 soles, cuanto es el monto total del fondo que hay que tener

    • 46
    • 21.05.2016
    • 08:20:41 hs
    AFP Habitat

    Hola Germán
    No hay una cifra exacta, eso depende de tu edad y la conformación de tu familia (dependientes directos), sin embargo una referencia podría ser S/.90,000 (incluido bono de reconocimiento) pero es solo referencia
    Lo mejor es que te contactes con tu AFP para hacer el cálculo
    Saludos

  • 47
  • 21.05.2016
  • 08:55:03 hs
GERARDO VASQUEZ

Estimado Juan Carlos
El que le escribe tiene mas de S/400,000.00 en mi CIC, tengo 51 años, aplico para una jubiacion anticipada, la pregunta es que si la jubiliacion anticipada ya sea optando por retiro programado puedo retirar el 95.5%, anticipadamente gracias por sus respuesta

    • 48
    • 21.05.2016
    • 08:23:03 hs
    AFP Habitat

    Hola Gerardo
    Con la ley es vigentes aún no aplicas a retirar el 95.5%, te sugiero esperar las nuevas disposiciones
    Gonzalo
    Saludos

  • 49
  • 22.05.2016
  • 03:49:29 hs
Jaime S. Tuesta Linares

Las AFps, ahora pese haberse enrequecido con el dinero de los afiliados , pretenden seguir confundiendo a los afiliados, deben ser mas responsables y decir asi les duela, esperar se apruebe el proyecto , bien por el presidente o por el congreso, segun como deslizan en sus “orientaciones y recomendaciones” el SPP, ha quedado demostrado que no es positivo , por muchas razones, siempre los calculos para pensiones ya sea reja o normal no han sido atractivos de principio a fin, totyal no hay mal que dure cien años, la ley se dara y se cumplira.

    • 50
    • 23.05.2016
    • 05:03:18 hs
    AFP Habitat

    Hola Jaime
    Efectivamente estamos esperando la promulgación de la ley para seguir marcando diferencias positivas del SPP frente al SNP, te confirmo que ahora más personas están afiliándose al SPP por las ventajas que este sistema ofrece a los trabajadores.
    Saludos

  • 51
  • 23.05.2016
  • 08:05:20 hs
Cecilia Weber

Tengo doble nacionalidad, vivo en el extranjero, trabajo aqui y tengo 56 años. Deseo retirar mi Fondo y el Bono de Reconocimiento que está tramitado e incluido en el estado de cuenta de la AFP desde hace años.
Me devolverán el valor total de ambos? Hay algunas disposiciones especificas al respecto? Estoy en AFP Profuturo. Cuanto tiempo demora la entrega de ambos fondos?
Quise hacer los tramites pero a mi apoderada no le dieron mucha informacion que es lo que hay que hacer.
Gracias por una respuesta.
Cecila de Weber

    • 52
    • 23.05.2016
    • 05:20:59 hs
    AFP Habitat

    Hola Cecilia
    Me parece que alguna vez hiciste consulta sobre el traslado de tus fondos como peruano en el extranjero, dado que esa consulta la respondí anteriormente, ahora te daré respuesta en base a los últimos cambios
    Sobre la ley vigente, la alternativa que tienes es retirar el 95.5% de todo tu fondo incluido el bono de reconocimiento a través de la jubilación adelantada por desempleo. Las condiciones son
    - en caso de mujer, debe tener 50 años o más
    - no tener empleo en Perú en los 12 últimos meses
    - que su pensión sea superior a S/.850
    Cumpliendo estos tres requisitos puedes acceder a retirar hasta el 95.5% de todo el fondo. Si no cumples la pensión detallada, solo puedes retirar el 50% del fondo
    Si decides proceder por esta vía, entonces la devolución se hace en dos fases, la primera es la devolución del fondo que está en la AFP basado en el porcentaje de retiro que hayas decidido, luego se espera que la ONP traslade el monto del bono de reconocimiento (no puedo ofrecer una fecha) para hacerte entrega del saldo basado en el porcentaje de retiro que hayas definido previamente
    Por ahora tienes las dos alternativas (TFE o REJA), con la nuevas disposiciones se abre la posibilidad de retirar el fondo sin el requisito de la pensión de S/.850 pero aún debes esperar que se promulgue las nuevas disposición
    Espero haber ayudado en tu decisión

  • 53
  • 25.05.2016
  • 03:56:28 hs
julio

buenos días mi pregunta es la siguiente ayer cumpli los 65 años pero yo actualmente me encuentro ya con una pension de jubilacion anticipada mi pregunta es yo tambien puedo hacer el retiro del fondo acumulado en mi afp y de que porcentaje seria

Agradecere que se me reponda porfavor gracias….

    • 54
    • 27.05.2016
    • 01:56:11 hs
    AFP Habitat

    Hola Julio
    en este momento las personas con la condición de pensionados, como es tu caso, no pueden hacer el retiro del fondo acumulado
    en este momento, el ejecutivo tiene en sus manos el texto de la ley que incluye algunos casos de pensionistas, solo queda esperar la firma o aprobación de este texto de ley
    Saludos

  • 55
  • 26.05.2016
  • 09:48:11 hs
cecilia weber

Muchas gracias por tu respuesta. Ahora resulta que la AFP Profuturo dice que de ninguna manera me devuelven el Bono hasta los 65 años y esto contradice tu comentario. Lo que no entiendo de mi AFP es que me devuelvan lo uno AFP aportes y no lo otro el Bono, cuando en realidad cumplo con todos los requisitos. Debo contratar un abogado? Es realmente inadmisible que AFP Profuturo tenga o interprete la ley y dispositivos desde otro punto de vista y de otra manera.
Ya no se que hacer pues su respuesta es siempre que nno me devolverán el Bono a pesar que todo esta en regla. Cumplo con los requisitos pero no me dan opción
Atentamente y le agradeceré me pueda decir que dice o donde encuentro la ley o dispositivos al respecto
Cecilia de Weber

  • 56
  • 27.05.2016
  • 03:21:52 hs
Julio Andrade

Soy pensionista ( Reja ) en Inter seguro , recién voy a tramitar mi bono de reconocimiento
cuando la AFP reciba este importe de la ONP lo puedo solicitar que me lo devuelvan, de acuerdo a las nuevas normas legales. Como pensionista de Inter seguro tengo derecho a solicitar la devolución de mi fondo de acuerdo a las nuevas disposiciones?

    • 57
    • 27.05.2016
    • 02:10:35 hs
    AFP Habitat

    Estimado Julio
    Actualmente uno de los requisitos para retirar hasta el 95.5% del fondo es no ser jubilado, esa es la ley vigente en este momento; por lo tanto si el bono redime a tu cuenta no podrías retirarlo. En el texto de ley que está pendiente de promulgación está incluido los pensionistas, por lo tanto queda esperar la promulgación de la ley que te comento
    Saludos

  • 58
  • 27.05.2016
  • 06:26:14 hs
María González

Previo agradecimiento, paso a hacerle la consulta de mi caso:
1. En el año 2014 me acogí a la sistema de jubilación anticipada por desempleo, a la edad de 62 años.
2. Recibí el 50 % de mi fondo (alrededor de S/. 75,000). Qué decidí invertir en una pequeña empresa.
3. Continúo desempleada, dada la difícil posibilidad de conseguir un empleo profesional especializado a mi edad.
4. Deseo impulsar mi empresa con el fondo restante.
5. Tengo entendido que con la nueva ley, los afiliadas que se encuentren desempleadas, pueden hoy en día solicitar el 95.5 %.

Mi pregunta es:
1. ¿Actualmente puedo acogerme a la ley del retiro del 95.5 % del fondo restante (otros 75,000 soles aproximadamente) ? Cumpliré 64 años este mes.

Atentamente
María

    • 59
    • 29.05.2016
    • 09:27:34 hs
    AFP Habitat

    Estimada Maria
    La ley vigente solo permite el retiro del fondo a los 65 años, por ahora no veo una alternativa sino esperar la edad requerida por la ley
    Saludos

  • 60
  • 27.05.2016
  • 07:33:37 hs
Driden Kuoman

Lo que no entiendo bien es porque solo pueden retirar el 95.5% de sus aportes las personas que lleguen a un mínimo de una remuneración vital y que no llegan a los 65 años por medio de una jubilación adelantada. Con mayor razón los que no llegamos a una RMV deberíamos poder retirar todo o por lo menos el 95.5%.

    • 61
    • 29.05.2016
    • 09:29:46 hs
    AFP Habitat

    Estimado Driden
    Es correcta tu apreciación, lamentablemente la ley actual tiene deficiencias incluso tampoco indicaron en la misma ley el destino del 4.5% restante
    La ley pendiente de aprobación corrige estas deficiencias
    Saludos

  • 62
  • 30.05.2016
  • 09:29:46 hs
Gladys Zubiate La Madrid

Estimados Señores, tengo 56 años, ya retire hace cuatro años el 50% de mi fondo al no llegar a tener una RMV, mi consulta es a qué edad puedo retirar el saldo restante y si la nueva ley contempla el retiro de 95.5% de ese saldo?
Apreciare su respuesta

    • 63
    • 31.05.2016
    • 09:08:28 hs
    AFP Habitat

    Estimada Gladys
    El saldo puedes retirarlo a los 65 años según las leyes vigentes al día de hoy, el otro texto de ley que podría cambiar el panorama aún no ha sido promulgado, esperemos que se promulgue para saber qué dice al respecto
    Saludos

  • 64
  • 09.06.2016
  • 04:57:45 hs
Carlos Vento

Señores

El espíritu de la Ley de las AFP, indica que el trabajador genera su pensión a través del acumulado en una cuenta personal,

Cuando solicitaba mi estado de aportes en mi AFP PRIMA me otorgaban inmediatamente dicho documento.( y podría ver la evolución de mis ahorros)

Tengo pensión adelantada, la AFP entrego mis aportes de mi cuenta personal a Interseguro , y actualmente percibo una pensión mediante renta vitalicia .

Solicite el estado de mi cuenta personal a INTERSEGURO, para estar preparado si en algún momento prospera la devolución del 95.5% , extrañeza me causo que me indicaran que no dan estados de cuenta, tan solo boletas de pago, porque los aportes recibidos van a un fondo común (UNA PIRAMIDE) será por este motivo que no podrían hacer las devoluciones.

Aparentemente mis aportes no generan intereses. Motivo por el cual mi pensión está congelada de por vida.

Hay manera de salir de este sistema que dejo el Sr. Manrique.

Cordiales saludos

    • 65
    • 09.06.2016
    • 11:06:07 hs
    AFP Habitat

    Estimado Carlos
    El principio de la renta vitalicia es que el fondo del afiliado se traslada a la compañía de seguro a cambio del pago mensual de una renta vitalicia mensual. Es decir, con tu fondo compras la renta vitalicia por lo tanto la propiedad del fondo se traslada a la aseguradora.
    Espero haber aclarado tu duda
    Saludos

  • 66
  • 13.06.2016
  • 05:34:42 hs
Gladys Guerrero

Tengo 59 años cumplo con requisitos de la jubilación anticipada por desempleo de un año y con una pensión superior a 850.00 soles.
Es posible retirar el 95.5% del CIC + el bono de reconocimiento.
Es importante saber si se incluye el bono en el retiro del 95.5% a la edad de 59 años o se debe cumplir 65 años?
Saludos,

    • 67
    • 15.06.2016
    • 07:52:37 hs
    AFP Habitat

    Hola Gladys
    Si cumples con todo lo que me has mencionado, si puedes hacer el retiro del 95.5%
    El bono de reconocimiento SOLO se transfiere cuando llegas a los 65 años o cuando te pensionas, dado que al retirar el 95.5% no optas por una pension, el monto del bono será tranferido (95.5%) cuando cumplas los 65 años
    Espero haber aclarado tu duda
    Saludos

  • 68
  • 15.06.2016
  • 04:45:37 hs
lina

Estoy Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), hace unos años se dio la ley para retirar y saque de mi fondo el 50 por ciento, me he acercado a comienzos de mes a mi afp y me dice que el otro 50 por ciento podre solicitarlo cuando cumpla los 65 años, ahora veo que la ley ha hecho unas nuevas precisiones sobre este regimen REJA, mi consulta,ha cambiado en micaso la disposcion de poder retirar la diferencia. gracias

    • 69
    • 29.06.2016
    • 08:00:29 hs
    AFP Habitat

    Hola Lina
    justamente hoy se ha promulgado la ley que permite este beneficio, ahora toca espera algunos días que la SBS reglamente y tendrás disponible parte del otro 50%
    Saludos

  • 70
  • 15.06.2016
  • 04:55:04 hs
María González

Estimados Señores,
En días pasados hice la consulta sobre si habiendo retirado hace 2 años el 50 % de mi fondo, acogiéndome al REJA, era posible el retiro de lo restante aún cuando recién cumplo 65 años el 2017. La respuesta fue negativa.
En esta ocasión les hago la siguiente pregunta: ¿Es posible ésto con el nuevo paquete de dictámenes aprobados el día de ayer?
Agradeciéndoles y felicitándoles por este valioso servicio.
María González

  • 71
  • 16.06.2016
  • 03:15:41 hs
Demetrio

Estimados: favor aclarar la siguiente duda:

Tengo 62 años y califico para jubilarme x REJA con pensión mayor a S/.850.
Tengo fondo CIC y bono de reconocimiento en estado de Titulo confirmado seg Estado de Cta.

1)Si decido retirar 70%: me dan de inmediato 70% solo del CIC? y el 70% del bono cuando cumpla 65? o cuándo me lo dan?
2)Por el saldo del 30% (CIC+Bono) puedo pedir producto pensionario?
3)En este caso el descuento de Essalud me lo aplican sobre la pension mensual ? o como se aplica?
Gracias por su atencion.

    • 72
    • 28.06.2016
    • 09:32:35 hs
    AFP Habitat

    Estimado Demetrio
    Efectivamente, si puedes retirar el 70% del fondo y con el saldo restante obtener una pensión, queda claro que cuando hablamos de fondo me refiero a la CIC + Bono y con el total se calcula la pensión
    El bono de reconocimiento lo tendrás disponible cuando solicites tu pensión, cuando el estado redima el bono (algunos meses después), entonces la AFP transferirá el 70% de tu bono para ti y el resto lo aplicará para tu pensión previamente calculada
    Ten presente que el bono SOLO redime cuando te jubilas (solicitas pensión) o cuando llegas a los 65 años, por lo tanto la decisión de la pensión es vital
    Espero haberte ayudado

  • 73
  • 17.06.2016
  • 12:31:03 hs
Teresa Limo

Yo me jubilé anticipadamente y hasta marz0 2016 recibí pensión de la AFP. A partir de abril se supone recibiría renta vitalicia de interseguro pero hasta ahora no recibo nada a pesar de haber enviado varios correos para que me digan si me van a pagar.
De acuerdo a las nuevas leyes dadas puedo retirar mi dinero?
Muchas gracias

    • 74
    • 29.06.2016
    • 07:15:03 hs
    AFP Habitat

    Hola Teresa
    Si haz firmado la pensión con Interseguro con renta vitalicia, entonces la ley del retiro no se aplica en tu caso
    Esta ley solo se aplica a los jubilados que tienen fondo en la AFP
    Saludos

  • 75
  • 18.06.2016
  • 01:15:11 hs
Mirtha Arrunategui

Muy Buenos Dias quiero una ayuda ayer me apersone a la AFP que pertenesco porque tengo un año sin laborar , tengo 56 años y me dijeron que calificaba para el retiro del 50 % que eso podria tramitarlo el 1 de julio que tambien calificaba para el de 95% pero que todavia no estaba promulgada ala Ley que podia ser en 3 dias , un mes un año quisiera asesoria porfavor ya que yo deseo retirar el 95% gracias

    • 76
    • 29.06.2016
    • 07:33:15 hs
    AFP Habitat

    Hola Mirtha
    Justamente hoy día se ha promulgado la ley que te permite retirar el 95.5% de tu fondo
    Tengo entendido que la SBS debe reglamentar este tema en los siguientes días, no creo que mas de 7 días útiles
    Saludos

  • 77
  • 18.06.2016
  • 06:53:51 hs
lina

Hola Maria,
He leído tu consulta , estamos consultando los mismo, el retirar el 50 por ciento que queda pendiente en la afp , he encontrado en facebook la pagina del Congresista Jaime Delgado Zegarra, donde aclara sobre este punto, y a pegado el Texto de ley que amplía alcances del retiro de fondos de ‪#‎AFP‬ y en el penúltimo punto se aclara sobre este tema. https://www.facebook.com/JaimeDelgadoZegarra/photos/pcb.937754063002557/937752579669372/?type=3&theater
Suerte.

    • 78
    • 29.06.2016
    • 07:34:21 hs
    AFP Habitat

    Hola Lina
    Efectivamente, hoy día se promulgó la ley que te permite retirar el 95.5% de tu fondo, incluso para los que están en el REJA
    Exitos

  • 79
  • 21.06.2016
  • 12:03:54 hs
Guillermo

Saludos cordiales Sres. AFP Habitat,

Mi padre recibió una pensión por 13 meses, ahora mi madre viene recibiendo una pensión por sobrevivencia de 11 meses. Mi consulta es: Si se puede optar por retirar el saldo disponible que hay en AFP.
Por favor no encuentro información específica al respecto y no se si el ejecutivo ya aprobó los nuevos cambios.
Agradecería me envíen un link o me pueda explicar, necesito estar informado antes de ir a la AFP.

    • 80
    • 29.06.2016
    • 07:35:38 hs
    AFP Habitat

    Hola Guillermo
    El beneficio es para los afiliados pensionados, no para los beneficiarios. En este caso tu madre es beneficiaria de tu padre por lo tanto no esta dentro del beneficio del retiro del fondo
    Saludos

  • 81
  • 22.06.2016
  • 06:35:10 hs
Florentino Chuna Marchan

Las AFP,deberian dar una pension mas atractiva …la mayoria de afiliados reciben pensiones muy pobres..y peor que no dan nimguna gratificacion…ni en julio y tampoco en navidad…….los que estamos afiliados fuimos engañados y nos obligaron a afiliarnos…….tal como sucede ahora que a los jovenes que ingresan a trabajar los obligan a afiliarse a una AFP………y no mientan diciendo que tienen opciones de escoger ….Por eso estamos esperando la reglamentacion del segundo proyecto presentado por el lejislativo para sacar nuestros fondos de inmediato y no sean hipocritas….diciendo que les preocupa que lo vayan a malgastar etc etc…….Y que Humala que ya se va firme de inmediato ese proyecto que se le agradecera……al menos que haga algo bueno para olvidarnos un poco de las agendas

    • 82
    • 29.06.2016
    • 07:47:35 hs
    AFP Habitat

    Hola Florentino
    La pensión del SPP está en función de los aportes realizados por el mismo trabajador, esta en función de la continuidad laboral y del ahorro que haya formado, las AFP generan dinero para el trabajador en función a sus aportes, si un trabajador aporta poco tendrá menor rentabilidad absoluta comparada con otro que aporta mas. Por otro lado, los afiliado que hoy están recibiendo pensión han ahorrado solo 23 años (los mismos años que existe el SPP), los que se jubilarán cuando hayan aportado 40 años (que es el periodo laboral activo natural) obtendrás una mejor pensión que la actual. Incluso con esta limitación de años de ahorro, el SPP brinda pensiones superiores a la ONP, la pensión promedio del SPP es S/.1,100
    Por otro lado, en el SPP SI existe la modalidad de pensión con gratificación, depende de cada afiliado la decisión del tipo de pensión
    Ojo: cuando los jóvenes ingresan a laborar SI pueden optar por NO ingresar a la AFP ganadora de la licitación, deberías leer la normativa actual, cada joven al ingresar a laborar puede escoger entre el SPP y SNP, eso es una realidad y absolutamente verdadero
    Finalmente, la decisión ahora es del mismo afiliado, los resultados los veremos en 10 años
    Saludos y gracias por tu comentario que nos permite aclarar temas que las personas en general no los conocen a detalle

  • 83
  • 23.06.2016
  • 08:07:23 hs
pedro miguel echeandia carreño

hace 2 años he sido jubilado estoy recibiendo mi pension por el sistema programado, puedo retirar mis fondos de la afp Integra o todavia no

    • 84
    • 29.06.2016
    • 07:48:33 hs
    AFP Habitat

    Hola Pedro
    La ley que se acaba de promulgar permite retirar hasta el 95.5% del fondo que tengas en la AFP, si estas en retiro programado SI puedes aplicar a este beneficio
    Saludos

  • 85
  • 29.06.2016
  • 08:45:46 hs
Nora

Me parece excelente la orientaciòn que hacen a los usuarios, felicitaciones

    • 86
    • 29.06.2016
    • 09:43:26 hs
    AFP Habitat

    Gracias Nora

  • 87
  • 29.06.2016
  • 08:47:33 hs
Nora

Me parece excelente todos los alcances que nos dan a los usuarios, mil gracias

  • 88
  • 01.07.2016
  • 06:34:16 hs
Mariela

Yo califico para el 95% de jubicacion anticipada pero mi pregunta es si se va a incluir mi bono de reconocimiento que esta en la afp
Muchas gracias

    • 89
    • 05.07.2016
    • 04:34:54 hs
    AFP Habitat

    Hola Mariela
    Si calificad para el 95.5% y tienes 65 años o más, el bono de reconocimiento estará incluido
    Si no lo está, deberías pedir que lo incluyan
    Saludos

  • 90
  • 05.07.2016
  • 01:21:45 hs
Ricardo

Buenos dias, hace unos meses me acogi a REJA por desempleo, retire el 50% de mi fondo,(aun tengo 55 años); ahora con las nuevas disposiciones, puedo retira el 95,5% del saldo ? gracias

    • 91
    • 09.07.2016
    • 06:22:33 hs
    AFP Habitat

    Hola Ricardo
    Si te corresponde el beneficio de retirar el saldo
    Saludos

  • 92
  • 05.07.2016
  • 03:49:04 hs
adolfo

hace dos años saque el 50 por ciento ahora tengo 57 puedo sacar el resto de dinero gracias espero su respuestatengo 75000 soles en la afp

    • 93
    • 09.07.2016
    • 06:24:05 hs
    AFP Habitat

    Hola Adolfo
    Te confirmo que si tienes la posibilidad de retirar el saldo
    Saludos

  • 94
  • 05.07.2016
  • 03:49:56 hs
adolfo

gracias

  • 95
  • 05.07.2016
  • 06:02:23 hs
Carmen Ramirez

Buenas tardes, consulta sobre el retiro del 95.5%, que beneficios se pierden? contaré con essalud?, después del retiro podre seguir aportando o ya se da por concluido la afiliación a la afp?

Muchas gracias

    • 96
    • 09.07.2016
    • 06:26:15 hs
    AFP Habitat

    Hola Carmen
    Al retirar el 95.5% si tendrás derecho a ESSALUD, el derecho que pierdes son los posibles beneficios que el estado otorgue a los pensionistas del SPP esto es bono complementario para pensión mínima o cualquier proyecto similar a pensión 65
    Al retirar el 95.5% puede decidir si te siguen descontando o no, queda a decisión del afiliado
    Saludos

  • 97
  • 09.07.2016
  • 03:51:24 hs
Raquel

Hace un año exactamente retire el 50% de mi afp, ayer he llamado a Integra para saber si puedo retirar el 45,5% (tengo 51 años) y me han dicho que si puedo hacerlo pues a partir del 12 de Julio del presente se empezara a brindar cupos de atención para el inicio del tramite de retiro del 95.5% para afiliados que accedieron a la jubilación anticipada y retiraron el 50%, se lo comento porque en comentarios anteriores del mes de Mayo dicen que no se puede, pero a mi me han dicho lo contrario.

    • 98
    • 09.07.2016
    • 06:47:42 hs
    AFP Habitat

    Hola Raquel
    Gracias por tu comentario. En Mayo aun no estaba la ultima ley vigente, por eso se respondió de acuerdo al marco legal de ese momento
    Ahora SI se puede retirar el saldo
    Saludos

  • 99
  • 12.07.2016
  • 12:13:20 hs
Ruben

Señores,Las AFP te entregan como alternativas los retiros que mencionas (25%, 50%, 75% o 95.5%), a los que estamos en REJA, si yo decido retirar el 25% en Julio del 2016, y lo demas dejarlo para mi pensión, luego en el 2017 o después puedo retirar otros 25% ? o este retiro solo se puede hacer por única vez.
Yo necesito contar con un fondo ahora para pagar la pensión de la universidad de mis hijas y además contar con una pensión.
A la espera de su respuesta,

    • 100
    • 12.07.2016
    • 04:21:32 hs
    AFP Habitat

    Hola Ruben
    La forma como retiras tu dinero la decids en un sólo momento, no está permitido por ley ni reglamento decidir en más de una oportunidad. Por lo tanto si requieres más del 25%, quizás te conviene retirar más al inicio y con el resto recibir una pensión
    Por otro lado, el 25%, 50%, 75% y 95.5% que muestran como alternativas son solo ejemplos, no es que SOLO esos porcentajes de pueden retirar, te confirmo que si puedes retirar 45% por ejemplo, tú decides el porcentaje o monto a retirar
    Saludos

  • 101
  • 12.07.2016
  • 08:05:37 hs
Mapy

Tengo 59 años, aporto a la AFP y a EsSalud como independiente. Retiré ya el 50% hace un tiempo. Si retiro el saldo……podré contar con el beneficio de EsSalud sin necesidad de seguir aportando a la AFP ni a EsSalud?

    • 102
    • 14.07.2016
    • 02:37:24 hs
    AFP Habitat

    Estimada Mapy
    Al retirar el 50% restante te retendrán el 4.5% que será trasladado a ESSALUD, lo que te brindara el beneficio de salud para siempre
    Saludos

  • 103
  • 19.07.2016
  • 08:50:36 hs
Luis

Tengo 59 anos de edad y desde el 2012 a la fecha (3 ANOS Y 6 MESES) , solo 4 meses aporte a la AFP ( Marzo y Abril del 2015) y (Mayo y Junio del 2016) y al solicitar el REJA al AFP me informan que el requisito es 12 meses interrumpidos de desempleo y por esta razón no cumplo con la norma.

Pregunta: Si el espíritu de esta esta norma es favorecer al aportador en retirar el 95.5 % con el fin de utilizarlo en lo que mejor le parezca, y se evidencia que estoy desempleado mas 3 anos y 2 meses, porque niegan el REJA.

Gracias por su atención y favor de indicarme que puedo hacer

    • 104
    • 22.07.2016
    • 04:38:53 hs
    AFP Habitat

    Hola Luis
    En este tema se debe aplicar la ley, en este caso puntual la condición es 12 últimos meses sin empleo
    Al cumplir este requisito se entrega el fondo según lo determine el cliente
    Saludos

  • 105
  • 20.07.2016
  • 05:43:28 hs
VLADIMIR GOMEZ HUILLCA

Excelente noticia, esto hará que la economía tenga más movimiento, también beneficiara a muchos personas adultas que llevan años tras años tratando de obtener una jubilación digna, de otro forma esto impulsara a los bancos a sacar productos destinados a las personas beneficiarios de esta nueva ley, los bancos pagaran tasas de interés mayores a los que actualmente existentes, existirán muchos más ofertas y diversidad de productos financieros para los adultos mayores, por otro lado habrá que poner mucho ojo con las estafas, que al tratarse de personas adultas son mas susceptibles a robos, estafas

    • 106
    • 22.07.2016
    • 06:59:34 hs
    AFP Habitat

    Hola Vladimir
    Esperemos que estos beneficios se mantengan en el tiempo, pero sobre todo quienes retiran su dinero realmente lo inviertan y no lo arriesguen o lo gasten
    Saludos

  • 107
  • 09.08.2016
  • 02:55:21 hs
julio Crispin Ugarte Inciso

Por favor quiero que me aclare mi situación.
Soy pensionista de AFP Integra y recibo mi pencion por el Seguro Pacifico Vida, desde hace 03 años, puedo acogerme al retiro del 95.5% de mi fondo de retiro.
Si no puedo retirar puede explicarme porque, al parecer yo creo que no me explicaron bien para el traslado de mi fondo a una aseguradora, y/o quien puedo recurrir para hacer posible este retiro.

Atentamente.
Julio Ugarte Inciso.

    • 108
    • 10.08.2016
    • 07:34:17 hs
    AFP Habitat

    Hola Julio
    Según me comentas, al estar recibiendo tu pensión bajo la modalidad de renta vitalicia, tú fondo fue trasladado a Pacífico cuando firmaste la aceptación de la misma, por lo tanto a la fecha no tienes fondo pero si una renta vitalicia de por vida
    No conozco casos anteriores en los que se haya revertido un contratado de este tipo por lo tanto la devolución la veo muy difícil sino imposible
    saludos

  • 109
  • 13.08.2016
  • 09:31:49 hs
carmen luz

yo soy jubilada reja hace 3 años retire el 50% ahora tengo 62 puedo retirar el 45% restante de la A.F.P ….Agradezco su respuesta ..Saludos

    • 110
    • 16.08.2016
    • 05:35:47 hs
    AFP Habitat

    Hola Carmen
    Si puedes acceder a retirar el saldo bajo la modalidad del 95.5%
    Saludos

  • 111
  • 18.08.2016
  • 03:42:42 hs
ROSENDO

Soy pensionista de AFP INTEGRA, recibo pension minima, puedo retirar el 25% de mi fondo?

    • 112
    • 19.08.2016
    • 03:59:08 hs
    AFP Habitat

    Hola Rosendo
    Si eres pensionista bajo el régimen de retiro programado, puedes retirar tu fondo
    Si estás bajo el régimen de renta vitalicia, entonces el fondo ya fue trasladado a la compañía de seguro por lo tanto no tienes fondo para retirar
    Espero haber aclarado tu duda
    Saludos

  • 113
  • 18.08.2016
  • 03:45:04 hs
ROSENDO

soy pensionista con 68 años en AFP INTEGRA, puedo retirar el 25 %, de mis fondos?

    • 114
    • 19.08.2016
    • 03:59:41 hs
    AFP Habitat

    Hola Rosendo
    Si eres pensionista bajo el régimen de retiro programado, puedes retirar tu fondo
    Si estás bajo el régimen de renta vitalicia, entonces el fondo ya fue trasladado a la compañía de seguro por lo tanto no tienes fondo para retirar
    Espero haber aclarado tu duda
    Saludos

  • 115
  • 03.09.2016
  • 01:05:40 hs
Luis

quisiera consultar si puedo retirar mi AFP tengo 44 años y un año sin trabajo,que posibilidades tengo gracias por su pronta respuesta

    • 116
    • 05.09.2016
    • 05:33:18 hs
    AFP Habitat

    Hola Luis
    La condición para aplicar la jubilación adelantada por desempleo que te da la opción de retirar el fondo, es que tengas 55 años mas 12 meses sin trabajo
    Saludos

  • 117
  • 12.09.2016
  • 03:36:17 hs
elsa

tengo 8 años sin aportar en mi afp, puedo retirar mi fondo
tengo 33 años

    • 118
    • 13.09.2016
    • 10:16:36 hs
    AFP Habitat

    Estimada Elsa
    Este beneficio se aplica para las mujeres con 50 años o más, en el caso de hombres desde los 55 años
    Saludos

  • 119
  • 20.09.2016
  • 03:49:35 hs
Jorge Arbaiza

Tengo 61 años y mi saldo de la CIC es de 45,600 soles al mes de setiembre 2016, yo ya recibi un 50% de mi saldo de CIC por desempleo. Calificare a retirar el saldo de 95.5% estando yo desempleado mas de 12 meses consecutivos y no haber aportado a mi AFP hasta la fecha?

    • 120
    • 23.09.2016
    • 01:10:34 hs
    AFP Habitat

    Estimado Jorge
    Efectivamente SI tienes la posibilidad de retirar el saldo
    Saludos

  • 121
  • 20.09.2016
  • 04:32:38 hs
rafael

sres buenas tardes yo estoy recibiendo pencion de una aseguradora hace medio año podria retirar parte de mi fondo de lo contrario que obsiones tendria

    • 122
    • 23.09.2016
    • 01:12:29 hs
    AFP Habitat

    Estimado Rafael
    Si estas recibiendo pensión de una aseguradora entonces tu fondo se trasladó a dicha aseguradora, por lo tanto no hay saldo en tu cuenta que puedas solicitar
    Saludos

  • 123
  • 20.10.2016
  • 04:50:38 hs
irma nancy reyes castañeda

muy buenas noches mi consulta es la siguiente:
*trabaje hasta enero del 2016
*tengo 51 años y un monto acumulado de 27,600.00 soles, puedo solicitar el 95.5% de mi jubilación por desempleo
*no tengo boletas antiguas solo del 2013 al 2016
*la empresa donde trabaje no abono todo el año del 2015 y enero del 2016
necesito que me asesore por favor
atentamente,

    • 124
    • 20.10.2016
    • 12:23:18 hs
    AFP Habitat

    Hola Irma
    La mejor forma de recuperar los aportes que no hizo la empresa (2015 y enero 2016) es llevar las boletas o alguna evidencia de remuneración pagada, con esa información la AFP puede iniciar el trabajo de cobranza
    Por otro lado, si puedes retirar tu ahorro aplicando a la jubilación adelantada por desempleo, posteriormente si la AFP recupera el dinero de la empresa que no pago, entonces te devolverán el fondo recuperado también
    Saludos

  • 125
  • 27.10.2016
  • 01:16:09 hs
Lucía Díaz

Estimados Señores:
En el caso de tener 48 años de edad y estar desempleada, por más de 10 años, puedo retirar parte de mi fondo?, a que sistema me acogería. En mi caso yo no aporto desde el año 2003. Tengo que esperar a tener 50 años y acogerme al sistema por desempleo?. Le agradezco me puedan asesorar al respecto.

Saludos,

Lucía Díaz

    • 126
    • 28.10.2016
    • 10:46:46 hs
    AFP Habitat

    Hola Lucia
    Efectivamente debes esperar los 50 años para acceder a la jubilación por desempleo que te permite retirar hasta el 95.5% de tu fondo
    Saludos

  • 127
  • 27.10.2016
  • 01:31:17 hs
Helmer B

Por favor mi mamá esta percibiendo pensión de retiro programado hace cuatro años pero va a retirar 25 % de su saldo CIC pregunta: En qué afecta su pensión.
OPCION 1- A su pensión actual se le baja el 25%
OPCION 2- Sigue percibiendo la misma pensión pero baja la cantidad de cuotas a percibir
OPCION 3- Se recalcula la pensión sobre el nuevo saldo CIC
OPCION 4- La pensión no puede ser menor de 150 soles

Muchas gracias por su atención.

    • 128
    • 28.10.2016
    • 10:48:55 hs
    AFP Habitat

    Estimado Helmer
    Todas esas preguntas debe hacerlas en la AFP donde tu madre está afiliada, por este medio es imposible y limitado responderlas
    Mi única sugerencia es que el retiro lo use para complementar tu pensión más que usarlo para otros destinos
    Saludos

  • 129
  • 27.10.2016
  • 01:55:00 hs
Helmer B

Estimados yo me afilie a una AFP en Marzo de 1994 sin aportar un solo mes – luego trabaje en una empresa a partir de Mayo de ese mismo año donde no dije que estaba afiliado por desinformación de mi parte sino hasta Agosto de 1997 habiendo aportado 3 años y medio a la ONP estando afiliado a AFP Pregunta :

OPCION 1- Ya prescribio la acción para solicitar pago indebido de aportes.
OPCION 2- Que hago si el empleador ya se liquido en caso se pueda solicitar el pago indebido
OPCION 3-Solo el empleador puede solicitar la devolución de aportes o também la AFP en caso de Liquidadcón de empleador

    • 130
    • 28.10.2016
    • 10:51:19 hs
    AFP Habitat

    Hola Helmer
    Sin información precisa la AFP no puede realizar acciones para recuperar el dinero, en tu caso si la empresa ya está liquidada es más complicado
    Igual deberías llevar tus boletas a tu AFP para que se registre la deuda y evalúen las acciones a tomar
    Un abrazo

  • 131
  • 04.11.2016
  • 03:03:45 hs
Guillermo Pineda Rivera

Estimados
He retirado el 95.5 % de mi fonfo en la AFP Integra, quiero saber si la empresa en la cual continua laborando, me seguira descontando de mi sueldo . los aportes a la AFP.

Cordialmente

Guillermo Pineda

    • 132
    • 05.11.2016
    • 06:19:52 hs
    AFP Habitat

    Estimado Guillermo
    Puedes darle la indicación a tu empresa que no te descuente, en cualquier caso si ya lo hizo después puedes pedir a Integra el 95.5% de lo depositado
    Un abrazo

  • 133
  • 08.11.2016
  • 09:09:55 hs
Manuel Vargas Alegría

Entonces, ¿hay alguna opción legal para que las personas que no cumplimos con el requisito de la edad podamos retirar nuestros fondos de acuerdo a la ley 29496 Jubilacion Anticipada para Desempleados (REJA)?

    • 134
    • 08.11.2016
    • 10:06:40 hs
    AFP Habitat

    Estimado Manuel
    Por las vías legales definidas las edades mas próximas de jubilación son 50 las mujeres y 55 los hombres con la condición de no tener trabajo 12 meses antes
    Existe la opción de jubilación adelantada legal, para ello es requisito que la pensión resultante debe ser superior al 40% del promedio de remuneración de los últimos 120 aportes actualizada con el IPC
    Saludos

  • 135
  • 16.11.2016
  • 01:50:47 hs
Elvis Acuache Guerra

Buenos días mi consulta es la siguiente mi padre tiene 75 años el va a retirar el 95.5% de su AFP y le han dicho que el 4.5% queda, la pregunta es .. Mi padre podrá contar con el beneficio de Es-salud sin necesidad de seguir aportando a la AFP ni a Es-salud de por vida y mi madre por estar casada con el no perderá ese beneficio.

De antemano gracias por la respuesta.

Saludos

    • 136
    • 16.11.2016
    • 08:07:17 hs
    AFP Habitat

    Estimado Elvis
    Tu padre contará con el beneficio de ESSALUD luego que retire el 95.5% de por vida
    Saludos

  • 137
  • 24.11.2016
  • 07:17:32 hs
jesus mauricio

Que pasa con mi pensión de jubilación que me otorgaría mi empresa al cumplir los 65 años, de acuerdo al ARt 21 del D.S. 003-97-TR; la cual tiene que ser la misma que me da la AFP, si en todo caso retiro el 95% de mi fondo. ¿ya no pagaria esa pension adicional mi empresa donde he laborado)

    • 138
    • 28.11.2016
    • 01:31:39 hs
    AFP Habitat

    Estimado Jesus
    Cuando una persona decide retirar el 95.5% del fondo renuncia a cualquier beneficio del estado
    Si tu empresa decide otorgarte una pensión, entonces dicha situación dependerá de las condiciones que tu decida
    Saludos

  • 139
  • 29.11.2016
  • 08:06:00 hs
Wilder Goicochea Saldña

Tengo 60 años, trabajé por la minera YANACOCHA, 13 años, En la actualidad aún hago aportes a a la AFP PROFUTURO, A TRAVÉS de la empresa de transportes carranza. Deseo retirar el 95.5% de todos mis aportes. Lastimosamente nuestro promedio de vida, como todos sabemos, es una incertidumbre- Me dicen que no debo de trabajar y/o no tener aportes, ¿Y de qué vive el hombre?.
Por favor desde el punto legal y a mi derecho, qué espero de estos gigantes e indiferentes AFPs al dolor y mi desesperación, al igual que de millones de peruanos, que mueren y no gozan directamente de su sacrificado aportes de años.
Mi meta es retirar SI o SI mis 95.5% de aportes, no quiero saber nada de pensión. Tira vivos de una macro economía que se mueve bajo la amparada sobra de una Estado indiferente para
sus compatriotas.
Les agradezco por anticipado una información legal para retirar mi sacriificio hecho dinero en esta AFP-PROFUTURO.
GRACIAS. NO DESEO JUBILAR4ME

    • 140
    • 01.12.2016
    • 05:38:20 hs
    AFP Habitat

    Estimado Wilder
    Esté seguro que su AFP le entregará el 95.5% de su ahorro cuando cumpla las condiciones de pensión de acuerdo al blog o en su defecto a los 65 años independiente de toda restricción
    La AFP nunca se queda con su dinero, solo debe cumplir alguna de las condiciones de pension
    Saludos

  • 141
  • 29.11.2016
  • 08:12:43 hs
Wilder Goicochea Saldña

Aproximadamente por el año 1983 o 1984, aporté al SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES, más o menos 3 años.; el resto de aportes están en el SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES – PROFUTURO.
Mi pregunta:
¿’Tengo derecho a mi bono de reconocimiento?
Por favor necesito vuestro gentil y respetable asesoramiento.
GRACIAS.

    • 142
    • 01.12.2016
    • 05:41:06 hs
    AFP Habitat

    Estimado Wilder
    Le paso los diferentes bonos de reconocimiento que existen, si Ud. cumpla con alguna de ellas entonces acérquese a su AFP con los documentos que evidencien sus trabajos para tramitar el Bono que corresponda
    Bono 1992: Si aportaste al Sistema Nacional de Pensiones un mínimo de 48 meses, entre el 06 de diciembre de 1982 y el 05 de diciembre de 1992.
    Bono 1996: Si te incorporaste al SPP desde el 06 de noviembre de 1996 hasta el 31 de diciembre de 1997, y aportaste al SNP un mínimo de 48 meses entre el 01de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996.
    Bono 2001: Si aportaste al SNP un mínimo de 48 meses entre el 01 de enero de 1992 y el 31 de diciembre de 2001.
    Saludos

  • 143
  • 29.11.2016
  • 08:16:13 hs
Wilder Goicochea Saldña

Porqué dicen, al término de cada escrito, “tu comentario está pendiente de moderación”

Disculpen
¡Es despreciable hacer un comentario de derechos con sujeción a ley?
Les agradezco vuestras respuestas.

    • 144
    • 01.12.2016
    • 05:43:33 hs
    AFP Habitat

    Estimado Wilder
    Lamentablemente no entiendo su pregunta
    Saludos

  • 145
  • 02.12.2016
  • 05:26:22 hs
dora luz tello tarazona

Mi esposo recibe una miserable pensión de 430 soles , ya tiene renta vitalicia , según han estimado hasta los aproximadamente 110 años , cree que llegara a esa edad con 430 soles, toda una vida de aportes y ahora gracias a interseguro, no puede acceder al total de sus aportes, para la ley y los congresistas ,los jubilados que reciben pensión vitalicia, no tienen opciones , y que otra había antes , casi ninguna , donde estan los mas de 1000 que mencionan, falso , tendriamos que haber ganado millanads para llegar a ese monto. No se si alguien se acuerde delos que ya estan en esta situación y no tienen salida.

    • 146
    • 06.12.2016
    • 01:49:45 hs
    AFP Habitat

    Estimada Dora
    La pensión de cada afiliado está en función del ahorro, el ahorro está en función de la continuidad de aporte y la remuneración del trabajador, a esto se le suma el bono de reconocimiento. En el SPP el mismo afiliado genera su pensión
    Sobre el tema de la renta vitalicia, efectivamente la ley no los incluye dado que el fondo se traslado a una compañia de seguro, en ese momento se trasladó la propiedad del fondo que es el caso de tu esposo
    Saludos

  • 147
  • 10.01.2017
  • 01:49:59 hs
beatriz

buenos dias , ya he recibido el 95.5 % de mi jubilacion anticipada de la afp integra el año pasado quiero saber con el 4.5% que quedo para mi atencion a essalud puedo ya hacerme atender o que tramites tengo que hacer. gracias

    • 148
    • 18.01.2017
    • 05:42:29 hs
    AFP Habitat

    Hola Beatriz
    con el 4.5% descontado para ESSALUD tienes todos los derechos para ser atendida
    Saludos

  • 149
  • 15.01.2017
  • 10:50:58 hs
MELVA CARRION

Cual es el tramite a seguir viviendo en el extranjero y teniendo las condiciones de retirar el 95.5 % de los aportes.

muchas gracias

    • 150
    • 19.01.2017
    • 05:09:59 hs
    AFP Habitat

    Estimada Melva
    El tramite depende de cada AFP, AFP Habitat facilita este tramite de forma remota, con ciertas consideraciones naturales de seguridad
    Por parte de las otras AFP, no tengo conocimiento de como procedan para estos casos
    Saludos

  • 151
  • 19.01.2017
  • 05:02:09 hs
Jorge Alejandro

Buenas Tardes.,Mi pregunta es que el próximo año en enero cumpliré 55 años de edad y quisiera retirar el 50% de mi fondo de afp integra,pero actualmente estoy laborando en el magisterio soy docente,quisiera saber si eso es posible aun estando laborando..pues tengo entendido que tengo que estar desempleado mínimo un año para poder retirar mi fondo

    • 152
    • 19.01.2017
    • 05:24:34 hs
    AFP Habitat

    Estimado Jorge
    Para retirar a los 55 años de edad, tienes dos caminos
    1. Pensión adelantada por desempleo, debes estar sin trabajar 12 meses para solicitar la pensión o el 50% de tu fondo o el 95.5% del mismo
    2. Pensión adelantada legal, en este caso tu pensión debe ser superior al 40% de tus ultimas 120 remuneraciones actualizadas con inflación, requisitos de continuidad de aportes
    Cumpliendo una de ellas, podrás acceder a tu fondo de pensiones
    Espero haber sido claro
    Saludos

  • 153
  • 20.01.2017
  • 02:54:38 hs
MILAGROS

BUENOS DIAS, MI CONSULTA ES: MI ESPOSO ESTA DESEMPLEADO 2 AÑOS , ACTUALMENTE TRABAJA COMO TAXISTA, TIENE 46 AÑOS, NO HAY APORTES DESDE EL 2015, EN ESE ENTONCES SU FONDO DE AFP ERA DE 35,000 SOLES, AHORA ME IMAGINO QUE SE HABRA REDUCIDO, COMO CADA AÑO, PUEDE OPTAR A ALGUN RETIRO PARA PODER SOBREVIVIR?
GRACIAS.

    • 154
    • 31.01.2017
    • 01:28:29 hs
    AFP Habitat

    Hola Milagros
    Lo mas probable es que los 35,000 ahora sean mas, en los últimos meses la rentabilidad ha sido positiva, deberías llamar a la AFP donde esta tu esposo para saber el monto que tienen
    En el caso de los hombres, el retiro solo se aplica al momento de la jubilación adelantada por desempleo lo que sucede a los 55 años de edad, por ahora no existe posibilidad de retirar el fondo tal como lo planteas
    Saludos

  • 155
  • 10.02.2017
  • 05:53:20 hs
CARLOS

Estimados Sres:
Buenas Noches,
Mi consulta es, tengo 56 años y un año sin trabajar y aportar a mi fondo , el monto acumulado de tengo es de 57,000.00 soles aprox., puedo retirar el 95.5%, o solo podria retirar el 50% de mi fondo.
Que requisitos deberia de presentar y el tramite a seguir.
Gracias por la aclarición y comentario.
Saludos.
CARLOS

    • 156
    • 12.02.2017
    • 12:20:48 hs
    AFP Habitat

    Estimado Carlos
    Habiendo cumplido el requisito de la edad, si puedes retirar hasta el 95.5% de tu fondo dado que estas un año sin trabajar. Solo debes acercarte a tu AFP para iniciar el trámite
    Saludos

  • 157
  • 10.02.2017
  • 04:59:05 hs
CARLOS

Estimados Sres.
Buenos Dias.
Mi consulta es, tengo 56 años y en mi fondo un aporte de 57,000.00 soles , deje de trabajar y aportar a mi fondo hace 12 meses, podria disponer el 95.5% o solamentes el 50%.
Que tramite y procedimientos deberian de seguir en caso de disponer el 95.5%, de los contrario el 50%.
Gracias.
Atte.
CARLOS.

    • 158
    • 12.02.2017
    • 12:21:43 hs
    AFP Habitat

    Estimado Carlos
    En anterior respuesta te confirme la posibilidad del retiro del 95.5%
    Saludos

  • 159
  • 18.02.2017
  • 03:44:13 hs
Juana Ramos Vicente

Quisiera saber si puedo retirar el 4.5% de los que resta de mis aportes ya que yo no estoy en ESSALUD y por ende no lo estoy utilizando.

Gracias

    • 160
    • 20.02.2017
    • 12:54:18 hs
    AFP Habitat

    Hola Juana
    Eso es imposible, el 4.5% se aporta a ESSALUD por ley, no se pueden hacer excepciones
    Saludos

  • 161
  • 20.02.2017
  • 04:33:21 hs
ana maria

por favor si me pueden informar .. mi papa es jubilado , no esta afiliado a ningun seguro .. mi pregunta es si el tiene el beneficio de poder retirar sus fondos .
esta jubilado ya hace cinco años , esta en la afp profuturo . por favor si hubiera alguna respuesta a esto gracias .

    • 162
    • 20.02.2017
    • 12:55:25 hs
    AFP Habitat

    Hola Ana María
    Si tu padre tiene pensión por retiro programado, SI puede retirar el saldo; pero si lo tiene por renta vitalicia no tiene este beneficio
    Saludos

  • 163
  • 22.02.2017
  • 02:13:13 hs
Jesús Ricardo

Buenas noches disculpe tengo 34 años no tengo trabajo soy trabajador de cachuelos no aporto hace más de 5 años tengo poco en mi afp podría retirar el dinero agradecería mucho su ayuda gracias

    • 164
    • 27.02.2017
    • 12:12:11 hs
    AFP Habitat

    Hola Jesús
    La edad mas cercana para retirar son los 55 años, por lo tanto uno no cumples con ese requisito
    Saludos

  • 165
  • 27.02.2017
  • 07:40:34 hs
Juana Ramos Vicente

Lo que pasa es que me dijeron que tenia un proceso, tenia yo que firmar unos papeles para poder asistir al ESSALUD; muy aparte, yo pregunte en el ESSALUD si estaba registrada y me dijeron que no pertenezco a ESSALUD, yo quisiera saber en donde esta ese dinero.

  • 166
  • 02.03.2017
  • 08:36:57 hs
soila lopez perez

buenas tardes, tengo 42 años desde los 21 años tengo artritis reumatoidea, ahora no puedo trabajar, mi ultimo trabajo termino el 16 de enero solo dure tres meses, los dolores son insoportables, y asi no puedo trabajar, estoy imformandome un poco y leo que solo en emfermedades terminales y casos de cancer se puede adelantar la jubilacion , y en mi caso como seria, ahora con este problema de laba jato, me he dado cuenta en mi saldo de afp, que casi la mita lo he perdido , quien dra solucion ha este problema, y tampoco no pienso regalqar mi dinero, la preocupacion es cuando me jubile que es lo que voy ha recibier solo 100 soles, por que ya no puedo tyrabajar y no puedo aportar , les agradeceria que me den una respuesta rapida, ya que como les repito no puedo trabajar y no puedo costear mis gastos de medicina, o esperar que haya otro problema como este nultimo y ya no me quede mas dinero en mis aportaciones, .

    • 167
    • 03.03.2017
    • 02:37:05 hs
    AFP Habitat

    Hola Soila
    Te recomiendo hacer por lo menos cuatro aportes (cuatros meses) luego de ello aplicar por Invalidez, eso lo realizas en la AFP que corresponde y finalmente obtendrás una pensión
    Saludos

  • 168
  • 10.03.2017
  • 03:21:17 hs
rosa

Buenas noches:
Voy a retirar el 25% de mi fondo para amortizar mi hipotecario, luego cuando me jubile (cumpliendo edad y requisitos), ¿ podre retirar el 95.5% de ese saldo o ya no podré hacerlo?.
Gracias,

    • 169
    • 12.03.2017
    • 11:51:24 hs
    AFP Habitat

    Hola Rosa
    Confirmado: si puedes retirar el 95.5% del saldo luego que retires el 25% para hipotecario
    Saludos

  • 170
  • 14.03.2017
  • 12:15:26 hs
jorge valdivia del carpio

Soy Pensionista de la positiva con jubilacion anticipada desde enero del 2017
hay algun beneficio en caso de fallecimiento de la esposa del titular
y si puedo retirar parte de mi fondo para pagar los gastos ocasionados por la enfermedad de mi esposa y el sepelio correspondiemte,

    • 171
    • 17.03.2017
    • 11:03:34 hs
    AFP Habitat

    Estimado Jorge
    Al fallecer, su esposa adquiere el derecho de una parte de su pensión otorgada también por La Positiva
    Por otro lado, Ud. no tiene fondo propio, recuerde que al momento de adquirir derecho a una pensión de por vida se traslado la propiedad del fondo a la compañía de seguro
    Espero haber aclarado su duda
    Saludos

  • 172
  • 29.03.2017
  • 03:00:06 hs
Brayan

Mi papá tiene 55 años, el esta desempleado y tiene en su AFP cerca de 25 mil soles y desea retirar el 95.5% ¿podrá retirarlo?

    • 173
    • 30.03.2017
    • 06:04:56 hs
    AFP Habitat

    Hola Brayan
    Puede acercarse a su AFP y retirar el fondo dado que está sin trabajo
    Saludos

  • 174
  • 31.03.2017
  • 04:20:46 hs
Segundo

tengo aportes de 20 años a la A.F.P. Integra , en la cual estoy por cumplir 2 años sin trabajar,
puedo retirar el 95.5% de mi fondo, y cuales son los requisitos para hacer el tramite correspondiente.

  • 175
  • 31.03.2017
  • 04:24:06 hs
Segundo

e aportado a A.F.P Integra 20 años, voy a cumplir 2 años que no trabajo, y estoy por cumplir 55 años. puedo hacer el retiro del 95.5% y culaes son los tramites

    • 176
    • 03.04.2017
    • 04:45:44 hs
    AFP Habitat

    Estimado Segundo
    cuando hayas cumplido los 55 años y 12 meses sin trabajar como dependiente, puedes solicitar la jubilación adelantada por desempleo, una vez aprobada entonces puedes decidir cómo retirar tu dinero
    Saludos

  • 177
  • 02.04.2017
  • 03:26:40 hs
Redil ruiz ordinola

Estaba en un afp y ma pase a una compañia aseguradora me jubile por inval7dez tengo insuficiencia renal puedo retirar mi plata de la compañia aseguradora porque vivo en extranjero y ya nacionalise aqui donde radico gracias por su atencion

    • 178
    • 03.04.2017
    • 04:47:46 hs
    AFP Habitat

    Estimado Redil
    Las personas que tienen una pensión vitalicia a través de una compañía aseguradora, no tiene derecho a retirar el fondo dado que éste fue trasladado íntegramente a la aseguradora justamente para pagar la pensión vitalicia de invalidez en tu caso
    Saludos

  • 179
  • 02.04.2017
  • 03:31:51 hs
Redil ruiz ordinola

Estube un afp ýme pase a una aseguradora me jubile por incapacidad tengo insuficiencia renal se puede retiraa la plata en laseguradora para pasarla al afp para poder retirar mi dinero vivo en el extranjero y tengo doble nacionalisacion

    • 180
    • 03.04.2017
    • 04:48:09 hs
    AFP Habitat

    Hola Redil
    Acabo de responder en el anterior comentario
    Saludos

  • 181
  • 06.04.2017
  • 05:46:44 hs
robertoAML

Yo soy Peruano trabajo para una empresa peruana que paga mis aportes a mi AFP como corresponde pero mi trabajo hace que yo viva en el exterior. No voy a regresar a vivir Peru y seguire trabajando a “larga distancia”, volvere solo a hacer el tramite de jubilacion y me voy . Cual es la forma mas eficiente para cuando llegue el momento yo obtenga mi pension jubilatoria hasta el dia que me muera y ademas puedo pedir retirar el 95% de mi fondo? o es una u otra? Gracias por aclarar porque no entiendo.
Gracias

    • 182
    • 12.04.2017
    • 10:38:19 hs
    AFP Habitat

    Hola Roberto
    Las personas deben optar por una u otra modalidad; sin embargo el máximo retiro es 95.5%, es decir que si deseas retirar 50% (por ejemplo) y con el resto pides una pensión. En realidad puedes “jugar” con el porcentaje de retiro según tus necesidades financieras. Si el fondo te alcanzad hasta el día que mueras? eso dependerá de la modalidad y el fondo que decidas aplicar para este efecto; justamente tu AFP te dará las opciones correspondientes
    Saludos

  • 183
  • 24.04.2017
  • 08:45:57 hs
Marco Takahashi

Del 4.5% que pasa a ESSALUD, cubre a nuestra conyugue tasmbién?

    • 184
    • 27.04.2017
    • 04:25:02 hs
    AFP Habitat

    Estimado Marco
    Cuando un afiliado hacer uso de un porcentaje del fondo, es decir, retira 95.5% o menos, el 4.5% protegerá ala cónyuge mientras el afiliado esté vivo, en caso contrario, la cónyuge perderá el beneficio a menos que ella misma tenga beneficio propio
    Saludos

  • 185
  • 24.04.2017
  • 08:47:10 hs
Marco Takahashi

Del 95.5% de retiro, el 4.5% que se deja a ESSALUD, cubre al conyugue?

    • 186
    • 27.04.2017
    • 04:26:20 hs
    AFP Habitat

    Estimado Marco
    Cuando un afiliado retira una parte del fondo, es decir, retira 95.5% o menos, el 4.5% protegerá a la cónyuge mientras el afiliado esté vivo, en caso contrario, la cónyuge perderá el beneficio a menos que ella misma tenga beneficio por su propia condición laboral o pensionaria
    Saludos

  • 187
  • 21.05.2017
  • 09:24:54 hs
EDGAR

En que fecha. se promulgo que los que estan en REJA ya pueden retirar 95.5

  • 188
  • 21.05.2017
  • 10:28:52 hs
EDGAR

Tengo 55 año y estoy desempleado 2 años tengo en mi fondo 24,000 soles puedo retirar el 95,5 por ciento

    • 189
    • 22.05.2017
    • 02:01:47 hs
    AFP Habitat

    Estimado Edgar
    Con la información que comentas SI cumplirías para el retiro
    Saludos

  • 190
  • 09.06.2017
  • 02:55:27 hs
paulino

yo pienso que se debería retirar a los 50 años los fondos e invertir en un negocio y si lo tienen como aumento de capital.
yo me encuentro sin trabajo ase 3 años y no puedo retirar mi fondo porque tengo que cumplir 55 años
muchas empresas en el Perú ponen tope de edad para solicitar un trabajo como maximo 45 años y no entiendo como el estado se presta para que las aefepes no devuelvan a la gente su dinero
que empresa tienen trabajadores asta esa edad de 65 años , la jubilación máxima deberia ser 50 años ,para que goce su dinero y a la ves pueda trabajar como instructor para formar a los jóvenes
en las empresas y en la educación y asi aportar a sociedad.
todo profesional debemos protestar y que esos congresistas apoyen y que hagan algo en su vida

    • 191
    • 15.06.2017
    • 05:50:36 hs
    AFP Habitat

    Hola Paulino
    Es difícil equilibrar todas las situaciones, el tema técnico de adelantar la edad de jubilación es que las personas tendría menor pensión de la esperada por lo tanto de alguna manera se debería compensar ese adelanto: vía mayor aporte o con subsidio del estado. Sin embargo, el retiro del fondo es mas bien un beneficio, la ONP no tiene esta posibilidad. La pregunta es: deberían tener también la posibilidad de retirar sus fondo los de la ONP?

  • 192
  • 13.06.2017
  • 11:50:48 hs
victor manuel chumpitaz campos

Ya cumplí los 65 años, al retirar el 95.5 % de mi fondo AFP y sigo trabajando: ¿Será obligatorio aportar a la AFP , la comisión AFP porcentual y la prima de seguro AFP?

Otra consulta: Cumplido los 65 años y sigo trabajando puede seguir aportando al AFP, sin retirar nada del fondo?

    • 193
    • 15.06.2017
    • 05:55:04 hs
    AFP Habitat

    Hola Victor Manuel
    Primera pregunta: no es obligatorio aportar a la AFP, cada uno lo decide
    Segunda pregunta: a los 65 NO es obligatorio pensionarte, puedes seguir trabajando y aportando a la AFP. Lo que SI sucede es que a prima del seguro la devuelven dado que ya NO se aplica la cobertura de seguro

  • 194
  • 14.06.2017
  • 12:39:03 hs
victor manuel chumpitaz campos

Ya cumplí los 65 años, sí retiro el 90% de mi fondo AFP que sucede con el 10%. El 4.5% es la ESSALUD y que sucede con el 5.5%, si no sigo aportando (o sea no sigo trabajando) ó qué sucede con el 5.5% si continuó trabajando.

Otra consulta: Sí retiro el 95.5 % (sé que el 4.5% es para ESSALUD) y sigo trabajando: ¿ mi empleador tiene obligación de aportar por mí, en ESSALUD?

    • 195
    • 15.06.2017
    • 06:00:37 hs
    AFP Habitat

    Hola Victos Manuel
    - si retiras el 90%, queda el 5.5% del cual puedes recibir una pensión, siempre estará a tu nombre. Los siguientes aportes puedes retirarlos en la misma proporción que definiste al inicio: 90% – 4.5% y 5.5%
    - en este caso, debes informar al empleador para que no aporte a ESSALUD, la respuesta es: no es necesario que aporte a ESSALUD
    Saludos

  • 196
  • 12.07.2017
  • 01:08:31 hs
HECTOR MIGUEL

he trabajado en una entidad del estado como CAS, en mayo del 2016 finalizo mi contrato y ya no me lo renovaron desde esa fecha ya no he conseguido empleo ya cumpli 55 años y a la fecha ya cumpli el año como desempleado. Asimismo retire el 25% para amortizar un credito hipotecatrio, mi monto en la afp es poco aproximadamente 36 mil , de ese monyo retire el 25 % osea 9,000 mil soles, ¿ LA PREGUNTA ES LA SIGUIENTE ?.. puedo retirar el saldo del 75% ( 55 años cumplidos , 01 año desempleado).. Gracias por la respuesta.

    • 197
    • 16.07.2017
    • 12:57:16 hs
    AFP Habitat

    Hola Héctor
    Te confirmo que si puedes retirar el fondo, basta con cumplir los requisitos de 55 años y 12 meses sin trabajo
    Saludos

  • 198
  • 17.07.2017
  • 07:57:20 hs
Angel Alvarado

La decisión de retiro por única vez, es ilegal, ya que la Ley no lo establece así, y un procedimiento administrativo no puede establecer condiciones que van en contra del espíritu de la Ley. La SBS estaría legislando, de darse esta situación.

    • 199
    • 17.07.2017
    • 08:22:31 hs
    AFP Habitat

    Hola Angel
    Las AFPs tramitarán estos casos tal como lo establece la norma mientras esté dispuesto asi
    Saludos

  • 200
  • 17.07.2017
  • 07:58:04 hs
Angel Alvarado

La decisión de retiro por única vez, es ilegal, a que la Ley no lo establece así y un procedimiento administrativo no puede establecer condiciones que van en contra del espíritu de la Ley. La SBS estaría legislando. de darse esta situación.

    • 201
    • 17.07.2017
    • 08:22:43 hs
    AFP Habitat

    Hola Angel
    Las AFPs tramitarán estos casos tal como lo establece la norma mientras esté dispuesto asi
    Saludos

  • 202
  • 14.08.2017
  • 06:58:36 hs
adolfo

soy trabajador independiente hace 8 años y suelo emitir recibo por honorarios por varios de mis trabajos, esto afectara si solicito a mi AFP la jubilación anticipada tengo 58 años.

    • 203
    • 16.08.2017
    • 11:50:43 hs
    AFP Habitat

    Hola Adolfo
    La condición es no trabajar como dependiente durante 12 meses, por lo tanto cumples la condición para solicitar la pensión por jubilación adelantada por desempleo
    Saludos

  • 204
  • 18.08.2017
  • 01:16:38 hs
Jose Ricardo

Tengo 57 años y quiero acceder a la devolución del 95.5% de mis aportes para el próximo año. Se que la ley esta en vigencia hasta el 31 de diciembre del 2018. Estoy en actividad como maestro con 32 años de servicio y la afp donde están mis aportes me comunican que para acceder al retiro del 95.5% tengo que retirarme de mi trabajo máximo hasta noviembre de este año. Mi pregunta es si puedo retirarme de mi trabajo en agosto del año 2018? Y solicitar la devolución de mis aportes en agosto del 2019 despues de demostrar los 12 meses sin trabajo? Mucho agradeceré su respuesta.

    • 205
    • 19.08.2017
    • 02:33:03 hs
    AFP Habitat

    Hola José Ricardo
    La ley que te brinda la opción de retirar hasta el 95.5% del fondo con 57 años es la Pensión Adelantada por Desempleo, esta ley está vigente hasta fines del 2018, por lo tanto el día de hoy no se puede asegurar que en el 2019 esté vigente. Esta ley se ha venido promulgado continuamente, pero no se puede asegurar al 100% la vigencia el 2019.
    Si estuviera vigente para el 2019, de hecho podrías hacer los tramites según lo presentas
    Saludos

  • 206
  • 14.09.2017
  • 03:17:56 hs
Jo0se Luis Villanueva Rios

He retirado el 95.5% de mis aportes a la AFP; sin embargo, me informan en la AFP, que esta devolución no incluye el bono de reconocimiento, cual seria la razon, si al momento de retirar el 95.55 % estoy dejando de pertenecer totalmente a la AFP. En todo caso, puedo solicitar la devolución del 95.5% de mi bono de reconocimiento?. Agradecere sus comentarios. Atte.

    • 207
    • 15.09.2017
    • 08:44:45 hs
    AFP Habitat

    Hola José
    Si has cumplido con los requisitos de jubilación, la devolución sucede en dos etapas: primero te devuelven el 95.5% de tu fondo y luego de algunos meses (dependiendo que la ONP transfiera el monto del bono de reconocimiento) te devuelven el 100% de tu bono
    Sin embargo, si no has cumplido los requisitos de jubilación, efectivamente el bono te lo devolverán a los 65 años. Este caso SOLO sucede cuando se aplica a la jubilación adelantada por desempleo y la pensión calculada es menor a una RMV
    Debes ver en qué caso estas
    Saludos

  • 208
  • 19.09.2017
  • 02:35:46 hs
Jo0se Luis Villanueva Rios

Le agradezco vuestra atención. Efectivamente, en primera instancia me acogí a la jubilación anticipada por desempleo y la pensión calculada era menor a una RMV; posteriormente, al cumplir con los requisitos de jubilación, accedí a la devolución del 95.5%. Al acogerme a la jubilación y cobrar el 95.5%, y dejar de pertenecer a la AFP, me coloca dentro de la primera parte de su respuesta o de la segunda?. Le reitero sobremanera mi agradecimiento. Atte. Jose Luis Villanueva Rios.

  • 209
  • 20.09.2017
  • 03:40:20 hs
PATRICIA

Buenos días soy una mujer de 51 años y tengo un acumulado de 17,000 soles en una AFP, estoy sin empleo por muchos años ¿ cómo hago para retirar mi fondo? ¿qué leyes me respaldan? Muchas gracias

    • 210
    • 23.09.2017
    • 11:57:07 hs
    AFP Habitat

    Hola Patricia
    Solo debes acercarte a tu AFP para pedir pensión por Desempleo, una vez que aprueben tu solicitud, podrás retirar tu fondo
    Saludos

  • 211
  • 02.10.2017
  • 06:30:12 hs
Angela Castillo

Hola; tengo 44 año y estoy desempleada, tengo acum¡ulado aprox. 44,ooo soles en una AFP. ¿ Como hago para retirar mis fondos?, todavia tengo q cumpli 51 años y retirar mis fondos oh puedo tambien algun porcentaje. gracias

    • 212
    • 04.10.2017
    • 10:19:00 hs
    AFP Habitat

    Hola Angela
    Solo queda esperar hasta los 50 años … no 51 años … basta con 50 años y un dia
    Saludos

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