Cada vez escucho más casos de amigos, familiares y personas cercanas que sufren algún percance. Nadie está a salvo de un accidente que le impida continuar ejerciendo la labor diaria. Tampoco estamos libres de una situación peor.
Existe una frase conocida en el ambiente de los seguros “más vale tener un seguro y no usarlo que necesitarlo y no tenerlo”, frase indiscutiblemente cierta. Al tomar consciencia de la relevancia de esta afirmación, toca decidir cómo compro el seguro, a quién compro, cuánto cuesta. Para estas resolver estas dudas, basta con revisar los beneficios que ofrece el Sistema Privado de Pensiones.
En caso el afiliado sufra un accidente o enfermedad que le impida laborar en un trabajo remunerado, el SPP le da derecho a una pensión vitalicia de invalidez. Si el trabajador sufre un percance fatal, el cónyuge y los hijos menores de edad o con limitaciones, tienen derecho a una pensión de sobrevivencia que les proporciona la continuidad financiera necesaria. Incluso, la familia se siente apoyada porque la AFP cubre parte del gasto de sepelio.
Adicionalmente, en el caso de enfermedades terminales también existen beneficios. Los afiliados que no tengan beneficiarios, es decir, no tenga cónyuge ni hijos menores de edad o con limitaciones para trabajar, pueden optar por retirar el 50% del fondo acumulado y con el resto recibir una pensión de por vida. Este beneficio se traduce en un apoyo financiero inmediato.
Como en todos los servicios, para tener derecho a estos beneficios el trabajador haber aportado a su AFP al menos cuatro meses en los últimos ocho meses anteriores al incidente. Incluso si la empresa incumplió con los aportes, el trabajador o la familia pueden presentar las boletas de remuneraciones para evidenciar el descuento de la AFP y obtener el beneficio del seguro.
Trabajamos para nosotros, para crecer como personas y profesionales y, sobretodo, para brindarle lo mejor a nuestra familia; sin embargo, nadie está libre de situaciones inesperadas, por eso, es importante tomar conocer que existe las AFP nos ofrecen una alternativa que nos protege.
Por: Gonzalo Bernal, gerente comercial
COMENTARIOS
Que bonito suena esto de las responsabilidades del SPP frente a los accidentes y enfermedades de los afiliados. Pero el mundo real es otro. Conozco personas que están bregando en el poder judicial 5 años por una pensión vitalicia porque están impedidos de trabajar. Si hay que ir al poder Judicial para acceder a un derecho que en el papel es de obligatorio cumplimiento, entonces de que estamos hablando. No olvidemos a aquel afiliado enfermo de cáncer que peleaba por una pensión vitalicia y que en el colmo de la “eficiencia” le llego dos días después de fallecer, obviamente después del “tan corto tiempo” de 2 años. Estoy seguro que hay decenas o centenas de afiliados que están bregando en el poder judicial porque se reconozcan sus derechos, contra un sistema que supuestamente administra los fondos del asociado, que al parecer no son del asociado una vez que caen en poder del SPP, y que para acceder a ellos debe acudir al Poder Judicial. Esto pues es “eficiencia” y una manera muy “eficaz” de empoderar a los pensionistas con las “bondades” del SPP. Y eso que no hacemos referencia a los cientos de pensionistas que reciben pensiones de verguenza.
Estimado Pepe
Te puedo asegurar que las personas que presentan sus documentos completos y la evaluación de limitación física es aprobada, obtienen una pensión de invalidez de acuerdo a ley.
Actualmente hay más de 12 mil afiliados que reciben pensión de invalidez con un promedio cercano a los S/.1,500, esta pensión es vitalicia o según las condiciones que al afiliado libremente ha optado
En cuanto a los casos de enfermedad terminal, ya existen las condiciones que por ley se han establecido las que vienen cumpliéndose mensualmente
Gracias por tu comentario
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