Desde junio del 2016 entró en vigencia la ley que permite a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones, disponer de hasta el 25% de su fondo acumulado con el fin de: pagar la cuota inicial o amortizar el crédito hipotecario de su primer inmueble.
En cualquiera de ambas situaciones, el pago de la inicial o la amortización del crédito, se trata únicamente de un crédito hipotecario que el sistema financiero le ha otorgado al afiliado. Este puede hacerse a través de una caja de ahorros, un banco u otra entidad debidamente autorizada.
La única restricción para poder acceder a este retiro, es que el afiliado no tenga propiedades registradas a su nombre ni ser copropietario en 50% o más de un inmueble que está o podría estar inscrito en Sunarp. El retiro del 25% solo puede realizarse una vez.
El impacto de retirar parte de tu fondo
Retirar hasta la cuarta parte de tu fondo de pensión suena atractivo, pues es una gran ayuda para quienes sueñan con tener un departamento propio. No obstante, debes considerar que, al utilizar ese 25%, tu fondo de pensión disminuirá considerablemente y la rentabilidad que obtengas se aplicará sobre menos dinero.
En el momento que tu fondo pierde ese dinero, la pensión que recibas cuando te jubiles podría ser bastante inferior. Por eso, dependiendo de tu edad y tus ingresos, es aconsejable que reinsertes a tu fondo la cantidad que usaste. Por ejemplo, si retiras el 25% a los 35 años, podrías incorporar el capital con Aportes Voluntarios con Fin Previsional hasta la fecha que te jubiles.
Por otro lado, para retirar el 25% de tu fondo, también debes evaluar si al jubilarte, tu pensión será tu único ingreso. Si no cuentas con ahorros u otras fuentes de ingresos, deberías ver con más detenimiento la opción de retirar tu dinero. Considera que debes contar con suficiente capital como para vivir durante los próximos 20 años.
Si deseas saber más sobre el tema, ingresa a AFP Habitat y comunícate con nuestros asesores.
Por Ana Cecilia Jara, gerente legal de AFP Habitat
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