- 23.01.2012 |
- 9 comentarios
La relación de la teorÃa financiera y las acotaciones de la SUNAT
Cuando una empresa nace con un proyecto de inversión es relativamente fácil establecer que los flujos económicos y operativos de la empresa paguen el servicio de la deuda e identificar claramente los gastos financieros que corresponden al proyecto.
Sin embargo, cuando las empresas crecen y en su madurez se convierten en corporaciones, el número de proyectos evidentemente se incrementa a lo largo del año. Entonces, es aquà donde sus gerencias financieras tienen que establecer un esquema de financiamiento para dichos proyectos, del mismo modo que hicieron en los años anteriores.
Seguidamente, la empresa establece una suma de necesidades de financiamiento que corresponde a los proyectos que ejecutarán, y que incluye el financiamiento de la adquisición de activos fijos y los aportes adicionales para el financiamiento del capital de trabajo. Me detengo aquà para observar un detalle importante: las empresas no financian los proyectos en forma individualmente, sino que lo hacen de forma global, bajo un esquema de financiamiento para el conjunto de los proyectos. Esto es lo que dice cualquier texto o documento de investigación que toque el tema del financiamiento corporativo.
Es asà que las gerencias financieras de las corporaciones determinarán si emiten acciones o retienen utilidades como aporte de capital o emiten activos financieros de endeudamiento, como bonos o pagarés, entre otros. Ninguna empresa emite acciones estableciendo que una serie es para el proyecto 1, la otra para el proyecto 2 o para el proyecto X, o retiene utilidades por cada proyecto. Ninguna corporación emite una serie de bonos u otro activo financiero por cada proyecto. Todas emiten activos de financiamiento por el conjunto de las necesidades de financiamiento.
Este hecho es importante en la teorÃa financiera, por ejemplo, para la determinación de los costos de capital, del costo promedio ponderado, del costo de financiamiento de la empresa, de la relación deuda/capital. Aunque la falta de comprensión de estos conceptos también trae como consecuencia que, por ejemplo, la autoridad tributaria acote a las empresas por la no identificación de los gastos financieros derivados de la deuda con cada uno de los proyectos.
Dada las dimensiones de dinero que están en juego, el caso de Telefónica del Perú se ha convertido en un caso notorio, pero situaciones similares están padeciendo otras empresas grandes. La SUNAT ha acotado a estas por no poder probar que los gastos financieros corresponden al financiamiento de cada uno de los proyectos. Lo que en realidad está pidiendo la SUNAT es que las empresas tomen deuda por cada proyecto, que emitan un bono o un pagaré u otro instrumento por cada proyecto, lo cuál contradice la forma como se financian los proyectos en las corporaciones, es decir, la teorÃa financiera en sà misma.
La deuda financiera -aquella que genera gastos financieros- corresponde al conjunto de los activos financieros. Aquellos que se ejecutaron en el último ejercicio serán los responsables principales de la deuda adicional, pero el pasivo financiero en su conjunto corresponde al financiamiento del conjunto de los activos, incluyendo los corrientes (aportes al financiamiento de capital de trabajo) y a los activos no corrientes (inversiones en activo fijo y otros activos de largo plazo.
La única forma de relacionar los gastos financieros con los activos o proyectos de inversión realizados por la empresa es tomar el conjunto de estos y distribuirlos proporcionalmente entre los activos. El problema será ver que parte del capital de trabajo corresponde en ese ejercicio a cada proyecto que formó el activo no corriente, pero también podrÃa hacerse una proporcionalidad. Ahora bien, todo este ejercicio se realizarÃa solamente para cumplir con la norma, porque al final se tomará el total de los gastos financieros que corresponden al total de inversiones realizadas por la empresa en distintos periodos, pero cuyo financiamiento tiene influencia en el endeudamiento actual.
Tal vez la única excepción estará en tomar y separar un activo que claramente no corresponde al negocio y se restarÃa la proporción de los gastos financieros. Sin embargo, el camino es distinto al asumido en la actualidad por la SUNAT.
Un paÃs que genera una base tributaria estable, con predictibilidad y sustentada en la realidad del funcionamiento de la empresa, podrá ser atractivo para los inversionistas. Una posición arbitraria, lejana de las teorÃas de administración de empresas y de una buena polÃtica fiscal desalentará las inversiones.
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COMENTARIOS
completamente de acuerdo, las acotaciones de Sunat dejan mucho que desear en sus criterios sesgados a la forma más que al fondo de los asuntos.
Buenos dÃas Roman:
La tributación, la interpretación del administrador y del sistema de administración tributaria deberÃan de tener una mejor preparación en las bases de la administración financiera, de modo que establecerÃan normas y las aplicarÃan sin excesos ni contradicciones.
Saludos Cordiales.
Me parece correcta lo explicado, y como versa la teorÃa, lo formal no puede prevalecer sobre lo sustancial, si nos alejamos de este concepto, la única consecuencia sera la tÃmida inversión por parte de las corporaciones.
Estimado Kevin:
Si como consecuencia de una interpretación sesgada se afecta las inversiones, lo que gana la administración tributaria lo pierde con creces el paÃs y sus ciudadanos por la reducción de las inversiones. Es importante tomar esto en cuenta.
Saludos.
En los ultimos años hemos encarecido el costo de vida en este pais por aplicar impuesto sobre impuesto , para q ahora se inventen mas impuestos , si bien es cierto podria dar algo de liquidez inmediata , el efecto en el mediano plazo sera fatal , caso EEUU o europa , los cuales colapsan debido a sus propios sistemas de tributacion, se deberia lograr un clima de confianza , beneficiando a los contribuyentes que aportan y presionando a los que no ................. y no al reves
Hola Carlos:
Tal vez para el lector no sea claro lo que quieres decir, pero es cierto. Si en un paÃs la presión tributaria es alta –y peor si es artificialmente alta- entonces estamos extrayendo recursos del aparato productivo –las empresas- y del consumo de trabajadores productivos, para dirigirlo al aparato productivo estatal de baja productividad y al consumo de trabajadores poco productivos. Esto tiene un lÃmite y ese lÃmite lo encontró Europa que se debate en una gran crisis, justamente porque aquel aparato productivo no puede soportar más aquel que consume recursos.
Saludos.
Una soluciòn mejor: a las hienas de la SUNAT hay que hacerles tragar sus normas. Esos mantenidos no saben nada de finanzas...!!!
Pero los responsables de que las normas tributarias no tengan el adecuado ajuste con la realidad lo tienen los parlamentarios.La SUNAT solo interpreta las normas, aún con errores economico financieros tributarios. Ejemplos hay muchos
Estimado José, es posible lo que indicas. Lo que habrÃa de preguntarse es cómo se generan las normas tributarias, su concepción y la opinión de Sunat para la emisión. Sin embargo, también está el tema de la interpretación, porque a veces –como en este caso- podrÃa reclamarse mayor precisión en la norma, pero la interpretación no puede seguir un sentido meramente recaudatorio sino sustentado en equilibrios económicos y financieros. También habrÃa que observar que el Tribunal Fiscal debe guardar justamente ese equilibrio, que en ausencia del mismo está obligando a las empresas a recurrir al Poder Judicial.
Parece que el Sr. Mañuco confunde el tema tratado con zoológicos o la selva. Para que nuestro paÃs crezca debemos aportar, es por ello que la norma tributaria deberÃa ser redactada de tal forma que aterrice las prácticas financieras al plano tributario buscando no distorsionarla o hacerla inaplicable, que al final no perjudique a las empresas. Lamentablemente la SUNAT como Administración Tributaria no aprueba las normas sólo las aplica (no tiene la ventaja del control difuso). Sugiero que la Cámara de Comercio como agremiación promueva el cambio legislativo respectivo.
De acuerdo Aldo, aunque la SUNAT aplica interpretando la norma y a veces lo hace bajo la presión de recaudación.
Totalmente de acuerdo, no saben de Finanzas, muchos ex compañeros mios han estudiado economia, pero lo ven como contadores....asi no hay quien viva!!! Falta nivel en la Sunat....
El Ejecutivo debe iniciar una reforma tributaria para facilitar la vida a los contribuyentes no con la finalidad de que evadan el pago tributario sino más bien para alentarlo y cubrir los vacÃos legales.
Daniel, estoy de acuerdo, necesitamos un esquema tributario simple y equilibrado, asà podemos tener la posibilidad de tener incentivos positivos a una formalización y una menor concentración a protegerse de la posibilidad de pagar impuestos en exceso, actividades que no generan valor agregado en las empresas, ni riqueza a distribuir.
El problema es la carencia de un medio de difusión a nivel nacional administrado por el sector privado que publique, comente, opine el actuar de la administracion tributaria con casos reales como el de la empresa telefónica, dirijido por profesionales que no tengan el temor de llevarlo a cabo, sabemos del sesgo de la administración en su afan de recaudar, los atropellos y abusos que diariamente se realizan y ahora lo estamos viendo con sus trabajadores, mientras no exista un defensor privado, tendremos que acudir a la creatividad para no poner la otra mejia, cuando el camino es que se tribute lo que la ley señala, para hacer un pais mas justo