Hace unos días tuve la oportunidad de participar como panelista en un evento en donde el tema central fue la clasificación arancelaria, es decir, aquél mecanismo que partiendo de las características y funciones de una determinada mercancía (merceología), busca la correcta asignación de la subpartida adecuada (clasificación) dentro de una nomenclatura internacionalmente aceptada (arancel).
Con ocasión de dicho evento y más allá de los aspectos eminentemente técnicos de esta materia, queríamos en esta oportunidad hacer referencia a lo importante que resulta una correcta clasificación arancelaria para diversos propósitos que trascienden el aspecto tributario en las importaciones (determinación de la tasa arancelaria), quizás la finalidad más obvia y conocida.
A continuación algunas materias en las que la clasificación arancelaria resulta importante:
• Control aduanero de mercancías de importación o exportación prohibida o restringida.
• Regularización de regímenes aduaneros (en las exportaciones, por ejemplo, con mucha frecuencia los procedimientos no pueden ser culminados satisfactoriamente por discrepancias respecto de la subpartida arancelaria aplicable).
• En materia de Drawback para: i) la determinación de mercancías excluidas del beneficio; ii) el cómputo del tope máximo anual objeto de restitución; iii) la determinación de insumos con tasa arancelaria igual a cero que no otorgan derecho al beneficio; y iv) el debido llenado de declaraciones juradas de producción por encargo (tercerización del servicio de producción, maquila).
• Determinación de derechos antidumping o compensatorios.
• Fijación de derechos adicionales variables.
• Determinación de mercancías afectas al pago del Impuesto Selectivo al Consumo.
• Determinar la regla de origen aplicable conforme a los tratados de libre comercio.
• Llenado debido de certificados de origen.
• Debido seguimiento estadístico de las operaciones de importación y exportación.
Desde el punto de vista de la tributación aduanera, la incorrecta determinación de la subpartida arancelaria pertinente podría originar el no pago o el pago en defecto de aranceles. Si tenemos en consideración que el arancel es base de cálculo del IGV, también se produciría un pago en defecto de este tributo. Además se generaría una multa para el agente de aduanas que interviene en el despacho aduanero del 200% del tributo dejado de pagar.
En otros rubros una mala clasificación arancelaria podría originar pérdida de beneficios, aplicación de multas y hasta eventuales comisos.
Sobre esta base y teniendo en consideración las diversas materias relacionadas con la clasificación arancelaria, en caso de tener dudas o de tratarse de mercancías de composición compleja, siempre resultará conveniente solicitar a la Aduana un pronunciamiento oficial respecto de la asignación de la subpartida arancelaria que le corresponde a una determinada mercancía. Actuar sobre seguro en estos casos será la mejor decisión.
COMENTARIOS
Un factor de gran utilidad para la identificacion de mercancias suceptibles de contrabando a traves de los analisis quimicos a las mercancias que pretender ser ingresadas de manera irregular, comunmente se logran detectar las ruletas de los productos que no se distinguen por series o numeros que las individualice.Ejemplo telas y prendas de vestir de diferente composicion y gramaje.
En efecto, el reconocimiento físico y los análisis químicos sobre las mercancías constituyen herramientas importantes para los efectos merceologicos, los mismos que ciertamente, y en diversos tópicos, trascienden el plano estrictamente de la clasificación arancelaria
Sin duda es un mecanismo que esta a disposición del importador. Pero que muy pocos lo utilizan, debido al tiempo que puede demorar una resolución. Sin embargo, es recomendable aconsejar al usuario final de lo importancia de la clasificación arancelaria como lo mencionaste. Asimismo ayuda a deslindar responsabilidades entre el usuario y el agente de aduana.
Se dice que en el país de los ciegos… el tuerto es Rey… y esta es una verdad de perogullo, cuando hablamos de Clasificación Arancelaria, son pocas las personas que dominan ésta técnica, que no es difícil en sí, pero que requiere de un amplio conocimiento de las mercancías (Merciología), una comprensión sistémica de la Nomenclatura y criterios racionales (Lógica), entre otras aptitudes; La mayoría que se dedica a estos oficios, son memoristas, es decir que tienen una gran capacidad de memoria, pero cuando se les pide clasificar algo que nunca han visto, no atan ni desatan, y esto se ve mucho también en el Sector Publico con la diferencia que en este ultimo sector se ejerce el poder de la Autoridad, lo que magnifica el problema con la aplicación de criterios errados o en base a verdades a medias, que son tomados como verdaderos por la mayoría de los usuarios, y los que si se dan cuenta, no reclaman por el apremio de tener su mercancía lo antes posible, perpetuando el círculo vicioso…
La clasificacion arancelaria es una área bastante especializada que requiere conocimientos en cuanto a la merceológía y la técnica de clasificación en sí.
La capacitación y constante práctica resultan indispensables sobre todo en esta materia. Ello, resulta aplicable tanto para el sector público como para el privado.
Ante la duda, pues algunos productos resultan más difíciles de clasificar que otros, siempre reeultará conveniente efectuar una consulta a la Aduana para que emita una resolución de clasificación que proyecte seguridad respecto de las actuaciones del administrado.
Tener presente que la mala clasificación arancelaria podría derivar en el pago de mayores tributos para el importador y en la imposición de multas para el agente de aduanas
Bien es cierto que es importante clasificar una mercancía, pero ¿Qué sucede si entre países se discrepa en la clasificación? Si para un país está bien clasificado y cuentan con sustentos legales, pero para otro está incorrecto. ¿Cómo se aplica el proceso de reclasificación o no se aplica? Me podrían explicar por favor. Gracias de ante mano.
Gracias por tu comentario
En efecto, la duplicidad de criterios entre autoridades de distintos países constituye un tema que en muchos casos genera problemas
En base a la aplicación territorial de las leyes el arancel peruano y los criterios de interpretación de nuestras autoridades rigen en el Perú.
El Tribunal Fiscal ha establecido ya que la clasificación arancelaria efectuada por autoridades de otros países es solo referencial y no vinculante.
El problema más palpable se podría originar, por ejemplo, respecto de documentos expedidos por autoridades foráneas sustentados en la clasificación arancelaria de una mercancía que deban tener efectos en Peru, como pasaría, por ejemplo, en el caso de los certificados de origen. En estos casos, en principio, debería primar la mercancía (negociada) de que se trate antes que la subprtida arancelaria que sea asignada.
En todo caso, las discrepancias de subpartidas arancelarias podrían ser planteadas por los gobiernos ante paneles internacionales. En nuestro caso, la Comunidad Andina y/o la Organización Mundial de Aduanas (OMA). No obstante, estos procesos son engorrosos y podrían demorar varios años.
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