¿Una marca de “té helado manzana” que no tenía realmente manzana?¿Un
“yogurt vainilla francesa” sin un gramo de vainilla?¿Un “tuco con carne”
que no tenía carne? A veces la publicidad en su intención efusiva de
atraer consumidores termina engañándonos (intencionalmente o no). En
esta primera entrega, tres malos ejemplos “hechos en el Perú”.
La publicidad, ya sabemos, tiene el objetivo de persuadir a que sus consumidores hagan algo, como comprar, consumir o recomendar un producto o servicio; sin embargo, a veces se valen de mensajes que engañan e inducen al error a los consumidores. En ese panorama, en todos los países existe una regulación a la publicidad y un organismo que se encarga de hacerlo cumplir con ayuda de los propios consumidores, empresas afectadas y algunas asociaciones de consumidores.
En el caso peruano, el Instituto de Defensa de la Competencia y la Propiedad Intelectual (INDECOPI), específicamente la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, es el área encargada de hacer cumplir las normas que afectan el normal desenvolvimiento de la competencia en el mercado. Y si bien uno de los más perjudicados con estos actos desleales somos los consumidores, es igual de perjudicial para una empresa que su competencia se base de afirmaciones ilícitas para obtener mayor captación del mercado. Aquí tres ejemplos.
Beberash Té Helado Manzana y Durazno
En julio de 2012, Aspec denuncia a La Cosecha (empresa peruana propietaria de la marca Beberash) porque esta difundía en las etiquetas de sus envases (recordemos que las etiquetas son publicidad) “Beberash – Té Helado Manzana” y “Beberash – Té Helado Durazno”, dando a entender que dichos productos tienen efectivamente esas frutas cuando en realidad en la lista de ingredientes no aparece ninguna referencia a las mismas.
El descargo de la empresa fue elocuente: que si en la lista de ingredientes sale que no contiene fruta, pues evidentemente el consumidor se dará cuenta que la palabra “Manzana” o “Durazno” en la parte frontal del envase no admite errores. Además, mencionó que un consumidor entenderá que si el ingrediente básico y predominante del producto es el té, los insumos adicionales se sobreentienden que son saborizantes. Y que si, por último, el consumidor tuviera alguna duda al respecto, siempre había un teléfono, página Web y de Facebook para que les consultaran. Evidentemente, Indecopi no se comió el cuento y los multó con más de 7 UIT.
Yogurt Gloria Vainilla Francesa
Nuevamente Aspec denuncia en junio de 2012 a Gloria por comercializar una línea de yogurt “Vainilla Francesa” cuando no tenía como ingrediente vainilla sino únicamente saborizantes.
Gloria se defendió diciendo que al no ser la vainilla una fruta, el consumidor no tendría la expectativa de consumir el ingrediente real sino simplemente el sabor del mismo. Ante esto, el INDECOPI mencionó que, si bien no se espera que el yogurt contenga ‘trozos de vainilla’ en tanto no es una fruta, sí se entendería que el yogurt tiene sabor natural de vainilla y no sabor artificial como el que tenía el Yogurt Gloria. Y para eso da cuenta de envases de la competencia que sí hacían esta distinción como los de Laive, Yoleit y Regeneris. La multa final fue por 10 UIT.
Wong Tuco con Carne
En diciembre de 2011, Indecopi denunció de oficio a Wong por comercializar una lata denominada “Wong Tuco con Carne” cuando en sus ingredientes no había ninguna referencia a carne. Wong alegó que lo habían denominado así porque contenía proteína se soya texturizada, que está asociada a la carne de soya. Finalmente, INDECOPI multó a Wong con 30 UIT, mayor que las anteriores principalmente porque no había sido la primera vez (En el 2008, Wong vendió un “Pan de Molde Integral 100%” y no acreditó que hubiera sido elaborado con harina integral de trigo al 100%).
De estos casos podemos sacar algunas lecciones:
- Si no se le pone la frase “sabor a” previo a alguna referencia a una fruta o insumo alimenticio, cualquier consumidor entiende que el producto contiene ese insumo y no el saborizante del mismo.
- El rotulado de un producto (tabla nutricional, lista de ingredientes y demás) no son considerados publicidad, porque cumplen una función netamente informativa y son de carácter neutral, en la que no se intenta persuadir al consumidor.
- La buena o mala intención con que la empresa lo haya realizado no la exime de las responsabilidades. A lo más Indecopi considerará que al declararse la empresa ‘culpable’, le está ahorrando costos de investigación y de tiempo, y se podrá disminuir en algo la graduación de la multa.
En el próximo post, algunos casos más para aprender de los errores involuntarios (o no) de los anunciantes, incluido uno reciente de una marca deportiva que recibió más de S/.600 mil soles de multa.
COMENTARIOS
De acuerdo con Alberto Morán. La semana pasada pedí “Chicha morada” en UVK y era cualquier cosa menos chicha (buscaré tu campaña en FB).
El problema aquí radica en la ética de las empresas y sus marketeros, ellos tienen la intención de engañar al consumidor y hacerlo creer que lo que compramos es 100% natural o que tienen lo que dicen tener en sus ingredientes. Lo peor es se aprovechan de su credibilidad y confianza que la gente les tiene (marcas muy bien posicionadas como wong o gloria). Debería regularse este tema antes que una empresa saque un nuevo producto al mercado (la autorización para vender estos productos la dan las mismas autoridades).
Airton Ramos
No entiendo por que se sorprenden señores, la industria es asi con esto no quiero decir que estoy deacuerdo, si quieren un zumo natural 100% es ir al arbol cojer la fruta y hacer el zumo .
Y no se da verguenza por que si hacen un zumo 100% natural hay muy poca gente que se permite consumirlo .
En los paises industrializados ya ni viene en la etiqueta el contenido.
El escandalo de la carne de caballo en España, Italia grandes empresas y marcas muy reconocidas y bastante caras.
Es para indignarse lo se pero son demasiadas cosas.
considero que todo esta permitiro en el mercado, pero no la mentira ni la falta de respeto al consumidor en todo campo se esta perdiendo el respeto
Es por eso que desde hace mucho, trato de comprar ( a veces no me da el tiempo) productos naturales y no envasados. Ni chicha, ni té helado, ni jugos, menos gaseosas. Y en cuanto al yogurt pues encontré una tienda orgánica que los distribuye. Es un poquito más trabajoso pero vale la pena. Sobre todo con niños alérgicos como los que tengo yo…
Desgraciadamente a mí no me consuelan las multas de Indecopi (no son disuasivas para una empresa que le vaya muy bien) pues a las finales el estafado es el consumidor.
Muy buena iniciativa. Para cuándo hacen un análisis de las abundantes publicidades engañosas de medicamentos con y sin prescripción, y naturales? Estos tienen un impacto aun mayor ya que, en muchos casos, no es inocuo. DIGEMID no se da abasto para esto pero alguien tiene que hacerlo.
Eso es de todos los dias, realmente no solo sonlos productos alimenticios, tambien es el tema bancario.
Un ejemplo claro que veo todos los días es de los jugos de naranja, durazno, etc. Lo que realmente tienen es, según la lista de ingredientes, agua + pulpa concentrada de durazno + SABORIZANTES IDENTICOS AL NATURAL+ AROMA IDENTICO AL NATURAL, etc… Realmente estas empresas no tienen verguenza en venderse con frases como “100% jugo de fruta” cuando en sus ingredientes recalcan que tanto el sabor como el aroma es IDENTICO AL NATURAL.
yo soy consumidora habitual de los Te Beberash, y personalmente siempre busque de ellos los beneficios del te, ya que es te real, no es sintetico. asi que siempre supe que estaba tomando te con sabores a manzana o durazno. ahora entiendo por que el reciente cambio “Con sabor a”. Creo que en vez de multar a esta marca deberian multar a todas las otras bebidas que SI SON sinteticas y que dicen ser naturales y provenientes de hojas de Te, Ojala que Beberash pueda superar esta multa que para mi y estoy segura que para muchos es INJUSTA, por que todos sus productos son sin preservantes, entre otras cosas. mejor dicho antes de hacer un articulo como este seria bueno que primero investigue un poco sobre esta marca, ya que es injusto resaltar este malentendido sobre un producto que ha puesto la pauta en cuanto a productos naturales, preguntemonos entonces todos si es que es justo dar esta informacion al consumidor y no acerca de sus beneficios.
Es oportuno estos comentarios, ya que de igual manera se observan publicidades de productos comésticos en revistas (ellos&ellas, magaly Tv, gissela,etc), donde se les atribuye propiedades terapéuticas (regenerativas, antioxidantes, antienvejecimiento, etc), y no consigan sus precuciones y advertencias básicos para que no induscan a error al consumidor. Que hace indecopi en estos casos.
La posibilidad de comprar gato por liebre va a estar latente siempre, mas aún si el consumidor no tiene costumbre de leer la etiqueta de lo que compra; sin embargo, corresponde a las autoridades exigir la veracidad de lo que el productor declara en la etiqueta y no autorizar la venta de productos con información engañosa.
Por otro lado, si ” tus años no son muchos”..que bueno!..doble felicitación por tu artículo que me pareció genial!
No solo en productos alimenticios se observa la puiblicidad engañosa, ahora que esta de mucha moda la construcción y venta de departamentos he observado que existe en este caso publicidad mentirosa…ofrecen modelos de depoartamentos con finos acabados pero al final resultan estafando por que hay materiales de decoración artificiales que los pasan como originales y por otra parte ofrecen departamentos que no tienen los permisos correspondientes de las municipalidades principalmente los últimos piso…no tienen permiso y si uno adquire uno practicamente esta aceptado problemas futuros.
Y los asensores nuca los instalannnn……
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