La novísima Ley de Servicio Civil, tal como
ya ha sido suficientemente
destacado, introduce la meritocracia
en varios niveles de la administración pública: en el ingreso (concurso
público) y en la evaluación, que puede llevar tanto a promociones o
bonificaciones, como a la destitución del cargo. Si son aplicados de manera correcta, estos
incentivos pueden llevar a los servidores públicos a mejorar cualquier
indicador que se proponga el Estado. Sin embargo, ¿cuáles serían esos indicadores? La norma no lo
aclara.
[Imagen tomada de Selbe
B]
Va a sonar algo aguafiestas lo que voy a
decir; ya que muchos comentaristas especializados están felices con esta norma.
Sin embargo, me parece algo básico preguntarnos: ¿qué es lo que van a hacer más
y mejor nuestros funcionarios públicos?
Ya sé que no todos ellos están incluidos
en la Ley, pero igual los uso como ejemplos: ¿Quién es mejor policía? ¿El que
dispara más veces? ¿El que hace más arrestos? ¿El que sale mejor en un examen
sobre conocimientos sobre como ser un buen policía? Lo mismo con un
congresista: ¿Más leyes? ¿Más acusaciones? O un médico: ¿El que cura más
pacientes independientemente de los recursos que use o la complejidad de la
enfermedad? ¿El que atiende más? ¿El que usa mejor los recursos? O un juez: ¿El
que resuelve más causas? ¿El que va a más cursos de especialización? ¿El que
recibe menos quejas o procedimientos disciplinarios? Un burócrata, ¿es mejor
cuando pone más “peros” o menos a un proyecto de inversión? No es tan fácil
decidir.
Estos pasos intermedios, a su vez, están
conectados con la finalidad de la institución como un todo. Tal como ha
destacado Pedro Francke de manera bastante crítica, ¿cómo evaluar el
desempeño individual en una institución que no funciona en conjunto o que no tiene
un claro norte? Es difícil cuestionar una Ley cuando tiene un propósito tan
noble. Sin embargo, me pregunto si no será contraproducente volver más
“activos” a funcionarios públicos que marchan sin rumbo o sin un propósito
claro.
¿Cómo
alinear el desempeño de los funcionarios públicos al interés público?
Creo que una buena manera es incluyendo
incentivos de mercado dentro de la administración pública (recomiendo leer esto).
Por ejemplo, los administrados deberían poder elegir -en algunos casos- entre diferentes
dependencias administrativas; en lugar de que la competencia esté basada en criterios
formales como el domicilio del administrado (esto es claro en casos como los
colegios públicos y la solución de los vouchers).
Luego, la duplicidad de funciones no necesariamente es una mala idea. Introducir la competencia entre instituciones,
combinado con la capacidad para elegir de los usuarios, nos da una idea clara
de las preferencias de los ciudadanos, que es lo que queremos satisfacer en
primer lugar, por lo menos cuando estas preferencias están alineadas con el
interés público.
Además, se debe pensar con cierto
detenimiento cuándo una actuación administrativa es “buena”. En el ámbito
judicial, es difícil -por subjetivo- distinguir entre una buena o mala
interpretación de la ley. Sin embargo, un criterio objetivo para determinar
cuando una resolución judicial es “buena” es cuando es confirmada por la
instancia superior. Esto no solo da un parámetro objetivo acerca de la
corrección de la resolución, sino que sirve el propósito de uniformizar los
criterios jurisprudenciales (ver más detalles sobre estas ideas, aquí). ¿Cuál es el
criterio para cualquier otra actividad administrativa? Nuevamente, no es una
pregunta fácil de responder. Tomando mis ejemplos, imagine cuán
contraproducente sería medir el desempeño de un juez por la cantidad de
resoluciones expedidas o de un médico por la cantidad de pacientes tratados o
de un policía por la cantidad de arrestos. Quizá exagero, pero es para ilustrar
el punto: los criterios de evaluación son fundamentales y deben -a su vez-
responder a una visión integral de las instituciones.
Sé que esto se puede ver luego, mediante
reglamentos o directrices específicas; solo hago la crítica porque me parece
que se han invertido los pasos. Primero hay que saber hacia dónde queremos
empujar y luego recién empujar. Primero hay que responder preguntas básicas
como cuáles son las metas de las instituciones; si queremos que nuestros
funcionarios sean más o menos discrecionales; si los mejores evaluadores de su
desempeño son sus jefes o los usuarios del sistema; etc. Si empujamos antes de
saber hacia dónde vamos, no solo podría no servir a nuestro propósito, sino
alejarnos de nuestro destino.
COMENTARIOS
Hola Oscar:
Interesante comentario, pero hay algunos temas por diferenciar. Entiendo que la principal motivación de la Ley es el ordenamiento laboral en el aparato estatal (ministerios), tener personas con tres diferentes regímenes es una barbaridad y lo que se pretende es que un plazo no muy largo, esto termine.
Sobre tus ejemplos, el punto de la definición de un norte es muy importante y me parece que en el ejecutivo no se tiene definido pero tu sabes que no se pueden incluir a los jueces ya que son otro poder del estado. Los médicos, profesores y policías tienen su propio régimen. Sé que lo mencionas, pero vuelves al ejemplo sobre una norma que no aplica. Mejor vamos al tema de los trabajadores en los ministerios. Para eso tengo una pequeña anécdota.
SERVIR ha promulgado hace muy poco el Reto Excelencia, un fondo de 50 millones destinado a brindar créditos a funcionarios públicos para que estudien en las 500 mejores universidades del mundo, donde si regresan a laborar para el Estado, se puede condonar hasta el 100% de la deuda. He participado durante un año en la elaboración del Reglamento y demás documentos. En el último paso, el traspaso de la partida, teníamos un bloqueo por parte del MEF ya que Tesorería no coincidía con Presupuesto y no se lograba el desembolso. La verdad detrás de la tozudez es que ningún Director se atrevía afirmar algo que luego OCI (Contraloría) podría objetar y posiblemente procesar al firmante, todo por un formalismo. Hay tanto control en el Estado que es mejor no hacer nada, ese es un verdadero drama que ni esta ley ni la definición de un rumbo cambiará. Hay algo mas estructural que nos ancla.
Un abrazo.
PRIMERO VEAMOS HACIA DONDE VAMOS, QUE DESEAMOS, LOS OBJETIVOS SE ALCANZARAN CON ESTA NORMA?, O SIMPLEMENTE SERA UN TRAMPOLIN PARA QUE SE ADUEÑEN LOS GOBIERNOS DE TURNO DEL APARATO ESTATAL.
UN APARATO MODERNO DEBE MEDIR TODO LO SUBJETIVO QUE PUEDE DAÑAR LOS LOGROS QUE DESEAMOS ALCANZAR.
POR LO QUE SE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A ESTA NORMA PERO MODIFICANDO ALGUNOS ARTICULOS EJM ART.49 INC K, TITULO III INCORPORAC,AL SERV CIVIL.
LOS TRAB DE 276 LA INCORPORAC AL SERV. CIVIL DEBE SER AUTOMATICA DE LOS QUE DESEAN, EVALUANDO SU RENDIMIENTO DURANTE LOS AÑOS DE SERVICIOS PRESTADOS Y NIVEL EDUCATIVO ALCANZADO EN EL PERIODO TRABAJADO.
POR QUE ESTO?, CON LA FINALIDAD DE CUIDAR LAS ARCAS DEL ESTADO, POR QUE NO ESTARAN CASADOS CON NINGUN PARTIDO, Y SE PODRIA PONER UNA BALANZA DE EQUIDAD, A FIN DE NO HACER POR OBLIGACIÓN SINO POR VOCACION DE SERVICIO
Si el primer articulo es esta ley dice “Creese el sistema UNICO” y en la primera disposcion complementaria EXONERA a la SUNAT, SBS, ETC, ETC, …. entonces ya no es sistema unico, hay dos o tres sistemas en la adminstracion publica. La ley tiene contradicciones. Porque no se explica las exoneraciones, debe haber algun argumento muy valido para ello, seria bueno que lo hagan publico para comprender mejor la ley.
De otro lado como garantizan que el proceso de selccion va a ser limpio y se va a seleccinar al mejor y no al politico partidario. Actualmente en los procesos de seleccion se da mas peso a la entrevista personal, casi un 50% y alli es donde funconan los tarjetazos. como va a cambiar esto?.
Si la norma es tan buena porque no lo aplican en el Congreso?? ¿Porque no aplican en Sunat? SBS? CONTRALORIA?? que acaso somo cuidadanos de segunda???. Aca no hay uniformidad. EL Gobierno no es equitativo para todos
Si fuera tan buena ley se aplicaría a todos sin exonerar a la sunat, contraloria etc.
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