Perspectiva Forestal

Comité Forestal SNI y Comité de Madera e Industria de la Madera ADEX

¿Qué se entiende por tala ilegal?

Se conoce como tala ilegal a cualquier afectación del bosque sin autorización o fuera de cualquier régimen regulado que permita el uso  responsable de los recursos del bosque. Este fenómeno se presenta de 3 formas: los cultivos de supervivencia; narcotráfico y minería ilegal; y la tala ilegal con fines de comercialización.

La primera de ellas explica el 95% de la deforestación de la Amazonía peruana según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y la Comisión Económica para América Latina y El Caribe (CEPAL). Se trata de la tala de bosques, seguida por la quema del terreno para que sirva como cultivo para alimentar a grupos familiares en extrema pobreza, migrantes que provienen del espacio andino. Bajo esta práctica, desde la década del 70, se han perdido 8 millones de hectáreas. Por su parte, en los últimos 3 años la afectación fue de 150 mil hectáreas, lo que representa US$ 3 mil millones. Esta cifra no toma en cuenta la pérdida de la biodiversidad del bosque ni las emisiones de gases de invernadero producto de la quema.

La segunda forma de deforestación es sumamente peligrosa: las prácticas ilícitas como el narcotráfico y la minería ilegal no solo dejan una huella irreparable en el suelo amazónico e impactan a la biodiversidad, también propician una economía ilegal y violenta que deteriora sensiblemente la institucionalidad de las entidades reguladoras del Estado.

Finalmente, la tala ilegal con fines de comercialización es una actividad ilícita que afecta en primer lugar a la industria formal, debido a que genera competencia desleal, daña la reputación del sector y distorsiona los precios del mercado. Asimismo, atenta contra el Estado, porque deja de percibir los impuestos que debería si los orígenes de esta madera fueran legales.

Habiendo resaltado los daños que causa la tala ilegal con fines de comercialización, es importante indicar que no se trata de una actividad que genere deforestación. La razón es simple: el bosque amazónico es heterogéneo, hablamos de más de 3 500 especies diferentes, de las cuales un promedio de 30 sirven para comercializar. Este tipo de tala es selectiva, no indiscriminada, y necesita un esfuerzo logístico importante para el trozado y posterior movilización de la madera fuera de este enorme manto verde. Sería poco creíble culpar a esta mala práctica del gran problema de la deforestación, especialmente si consideramos que las 150 mil hectáreas deforestadas en los últimos 3 años por comunidades en extrema pobreza representarían 1 millón 200 mil camiones cargados con 25 m3 de madera.

Este último indicador nos lleva a analizar el aporte del sector forestal a la economía peruana. En el 2008 se exportó US$ 219 millones y fue el año en el que se dio la mayor exportación de madera en nuestro país. Sin embargo, ese mismo año, Chile exportó US$ 3 mil millones. El año pasado, nuestra exportación fue de US$ 129 millones, mientras que la de Chile fue US$ 6 mil millones. Estos números nos llevan a concluir que el Perú no comercializa la mayor parte de su madera: al contrario, el Perú la quema.

Un punto aparte merecen las declaraciones del Ministerio de Agricultura, el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre y el Organismo Supervisor de los Recursos Forestales que coinciden en señalar que el 90% de la madera extraída (legal e ilegal) se queda en mercado nacional, donde muchas veces encontramos grandes reservas de madera en venta sin guía forestal.

La aclaración de todos los efectos de cada una de las formas de tala ilegal es necesaria para tener un diagnóstico preciso de la problemática e iniciar acciones que la combatan exitosamente. La biodiversidad del bosque que cubre a la Amazonía peruana (65% del territorio nacional) es una muestra concreta de que el Perú es un país forestal y la mejor manera de evitar exponer a nuestro bosque ante todos los peligros mencionados anteriormente, es a través de una política de concesiones a empresas con capacidad técnica y económica que cumpla con los altos estándares que demanda el manejo forestal sostenible de la ley forestal peruana.

COMENTARIOS

  • 1
  • 04.05.2017
  • 09:30:57 hs
Carlos Ferrao

Nosotros tendemos a exportar madera en bruto. Chile trabaja la madera y hacen tableros aglomerados, de los cuales vemos puertas, muebles etc en el mercado
cierto tipo de madera puede trabajarse así. la madera tipo caoba y otras maderas finas las debemos trabajar para darle máximo valor agregado posible. creo que es la manera adecuada de crecer en la exportación y comercialización.

  • 2
  • 05.05.2017
  • 01:12:03 hs
Javier Sacio León

La idea de forestación en el Perú se limita a talar la amazonía y depredarla. En Chile dieron por solo 20 años (como deben ser las leyes de fomento) la ley de forestación que caducó en 1995. Hasta 1975 las exportaciones de madera en Chile era de $110 millones al año mientras que el Perú con muchísimo mas bosque sol producía 60-80 millones al año. Hoy en día el Perú sigue exportando practicamente lo mismo mientras Chile pasó los $6,000 millones; de 10 productos forestales ahora tienen mas de 1000, no solamente tableros. El 90% de la exportación chilena es pino mexicano y eucalipto y en terrenos que nunca fueron bosques naturales de araucaria (pino chileno).
Perú no solo tiene mayor área para forestar en la Costa y Sierra que en todo el territorio de Chile sino que además, debido a nuestra latitud y clima un eucalipto globulus produce en 4 años (13-15 en Chile) y el pino mexicano en 7 años (20-25 años en Chile).

  • 3
  • 06.05.2017
  • 07:56:12 hs
Luis Alberto Aguilar

El Perú, es un país forestal, que muy poco o nada se dice dentro de la política agraria del MINAGRI. Somos un país forestal porque poseemos mas 68 millones de de hectáreas de Bosques naturales, de las cuales el 94% se encuentra en la Selva y Ceja de Selva, con más de 2500 especies forestales. Si consideramos toda la biodiversidad que albergan los bosques, somos un país rico, pero a la vez “pobres en forestales”, porque la” política forestal es pobre” y casi no aportamos nada al PBI nacional.
Las especies forestales mas comerciales: la Caoba, Cedro, Tornilo, Ispingo, Chihuahuaco, Moena, Laurel, entre otras. que son exportables. Por ejemplo en Madre de Dios, la Caoba es perseguida para su tala, ya sea legal o ilegal por su gran demanda en el mercado internacional, pero sus beneficios no llegan a las CC. Nativas, sino a las exportadoras.
Para la gestión de los recursos forestales, asi como hay un ministerio del ambiente, debe crearse un Ministerio de los Recursos Naturales para gestionar el 53% del territorio Nacional, y sacarle el verdadero provecho a nuestros bosques. Esto que falta hablar de la política de Forestación o Re-forestación, que a duras penas llega a medio millón de hectáreas, aunque algunos dicen que hay 900 mil hectáreas pero ¿Donde están?. Sigamos el ejemplo de Cajamarca, hagamos, bien planificado y técnicamente, varios Porcones en el País.

  • 4
  • 13.05.2017
  • 07:46:15 hs
Fernando Razetto T.

Es frecuente leer y oír comentarios como los que genera este interesante artículo que suscriben los industriales y los exportadores de madera y se repite hasta el cansancio que la extracción de unos pocos árboles de un bosque natural amazónico para producir madera, no solo no disminuye su capacidad natural regenerativa sino que, más bien, tal como lo asegura el prestigioso ingeniero forestal Gary Hartshorn, rejuvenece al bosque y acelera sus procesos naturales de regeneración. No todos los bosques amazónicos tienen aptitudes para la producción de madera a escala industrial pero ─luego de un proceso de zonificación económica─ecológica─ se han detectado no menos de 26 millones de hectáreas de bosques amazónicos con aptitud para la producción permanente de madera.
El problema es que el sector al que se encuentra asignada la competencia administrativa de los bosques es el Ministerio de Agricultura que lejos de promover el uso sostenible de estos bosques, tal como lo manda nuestra Constitución Política vigente: ha priorizado la ampliación de la frontera agrícola ─causante de la deforestación de 10 millones de hectáreas─; limitó la extensión de las áreas productivas que se adjudicó a los productores de madera confinando su competitividad; ha dictado normas legales en las que prima la discrecionalidad; no hay medidas de promoción; y, le faltan letras del alfabeto para puntualizar las infracciones y sanciones. No hay pues intención ni eficiencia administrativa en este sector para promover inversiones en la producción de madera amazónica.
Sorprende entonces, el porqué no se cumple con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27779 del 10 de julio del 2002, que en su Art 33° dispone: “El Ministerio de la Producción formula, aprueba y supervisa las políticas de alcance nacional aplicables a las actividades extractivas y productivas … promoviendo su competitividad y el incremento de la producción así como el uso racional de los recursos y la protección del medio ambiente. A tal efecto dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento.”
Ya es tiempo pues, que se cumpla con esta LEY ORGANICA, y que el Ministerio de Agricultura le transfiera al Ministerio de la Producción la competencia administrativa de los bosques naturales calificados actualmente para la Producción Permanente de Madera y los que posteriormente alcancen esta calificación; así, los inversionistas, industriales y exportadores de madera tendrán un interlocutor válido, que hable en su mismo “idioma” y que pueda, finalmente, dar cumplimiento al mandato contenido en los artículos 67° y 69° de la Constitución de 1993.

  • 5
  • 13.05.2017
  • 07:52:22 hs
Fernando Razetto T.

Es frecuente leer y oír comentarios como los que genera este interesante artículo que suscriben los industriales y los exportadores de madera y se repite hasta el cansancio que la extracción de unos pocos árboles de un bosque natural amazónico para producir madera, no solo no disminuye su capacidad natural regenerativa sino que, más bien, tal como lo asegura el prestigioso ingeniero forestal Gary Hartshorn, rejuvenece al bosque y acelera sus procesos naturales de regeneración. No todos los bosques amazónicos tienen aptitudes para la producción de madera a escala industrial pero ─luego de un proceso de zonificación económica─ecológica─ se han detectado no menos de 26 millones de hectáreas de bosques amazónicos con aptitud para la producción permanente de madera.
El problema es que el sector al que se encuentra asignada la competencia administrativa de los bosques es el Ministerio de Agricultura que lejos de promover el uso sostenible de estos bosques, tal como lo manda nuestra Constitución Política vigente: ha priorizado la ampliación de la frontera agrícola ─causante de la deforestación de 10 millones de hectáreas─; limitó la extensión de las áreas productivas que se adjudicó a los productores de madera confinando su competitividad; ha dictado normas legales en las que prima la discrecionalidad; no hay medidas de promoción; y, le faltan letras del alfabeto para puntualizar las infracciones y sanciones. No hay pues intención ni eficiencia administrativa en este sector para promover la producción de madera.
Sorprende entonces, el porqué no se cumple con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27779 del 10 de julio del 2002, que en su Art 33° dispone: “El Ministerio de la Producción formula, aprueba y supervisa las políticas de alcance nacional aplicables a las actividades extractivas y productivas … promoviendo su competitividad y el incremento de la producción así como el uso racional de los recursos y la protección del medio ambiente. A tal efecto dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento.”
Ya es tiempo pues, que se cumpla con esta LEY ORGANICA, y que el Ministerio de Agricultura le transfiera al Ministerio de la Producción la competencia administrativa de los bosques naturales calificados actualmente para la Producción Permanente de Madera y los que posteriormente alcancen esta calificación; así, los inversionistas, industriales y exportadores de madera tendrán un interlocutor válido, que hable en su mismo “idioma” y que pueda, finalmente, dar cumplimiento al mandato contenido en los artículos 67° y 69° de la Constitución de 1993.

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