El Sistema Privado de Pensiones sigue marcando diferencias

Finalmente, se promulgó la ley que complementa algunos puntos relevantes y aclaratorios sobre la ley anterior del Sistema Privado de Pensiones (SPP).  Se han definido los siguientes puntos:

- Destino del 4.5% del fondo cuando el afiliado decide retirar una parte del mismo.

- Retiro de hasta el 95.5% del fondo en los casos de jubilados que aún tengan fondo en la AFP.

- Retiro de hasta el 95.5% del fondo acumulado en la cuenta para el caso de afiliados que optaron por REJA.

- Disponer de hasta el 25% del fondo acumulado para la compra de primer inmueble, terreno o local comercial, sea para cuota inicial o para pre-pagar crédito hipotecario.

Es importante resaltar que este beneficio se puede otorgar solo a los afiliados del SPP gracias a la naturaleza del SPP que por definición es un ahorro personal e individual, por el contrario en la ONP no existe dicho ahorro, en este caso se trata de un ahorro solidario donde el aporte se usa para pagar a los pensionistas.

Particularmente, en el retiro para vivienda el afiliado puede solicitar transferir hasta el 25% del fondo destinado a la cuota inicial del préstamo hipotecario de la primera vivienda; pero además, si el afiliado tuviera vigente un préstamo hipotecario de primera vivienda, podría aplicar hasta el 25% del fondo para amortizar parte del préstamo hipotecario.

Una vez más, los jóvenes son los que tienen la mejor oportunidad de aprovechar los beneficios del SPP, además de ser más económico, de brindarles un seguro de sobrevivencia, invalidez y gasto de sepelio: ahora el SPP les permite crear un ahorro que sirve para un bien necesario y imprescindible de la familia.

Es obvio que la pensión se verá afectada, pero, por otro lado, el afiliado incrementará su patrimonio a través de la adquisición de dicho inmueble, para los efectos es vital que el mismo trabajador contemple el cumplimiento del pago de la hipoteca, en caso contrario no sólo habrá perdido el 25% de su ahorro sino haber afectado a su pensión.

La pregunta es: ¿cómo empezar?

El primer paso es acercarse a la entidad financiera de preferencia para iniciar el trámite, es decir, solicitar un crédito hipotecario o amortizar uno actualmente vigente, en dicha entidad evaluarán si el afiliado accede al beneficio bajo los parámetros establecidos por la ley.

Luego de ello el banco dará conformidad de la solicitud, en ese momento recién el afiliado debe contactar con su AFP para dar las indicaciones correspondientes y finalmente hacer la transferencia del dinero.

Temas a tomar en cuenta

- El beneficio es para primer inmueble, considerando el 30 de junio como fecha de corte.

- La entidad financiera es la que evalúa la procedencia o no de la solicitud.

- Solo se aplica para compra de inmuebles a través de créditos hipotecarios .

Finalmente, tener presente que esto afecta a tu pensión, por lo tanto, tomar una decisión responsable el vital

 

Por: Gonzalo Bernal, gerente comercial.

COMENTARIOS

  • 1
  • 07.07.2016
  • 08:59:08 hs
Victor Manuel Banda Morante

Porque DISCRIMINAR a los actuales jubilados que lo hicieron con una compañía de seguros?. Yo creo que en un sistema de Pensiones, pero este debe ser justo y no como el actual. Creo que las personas no son locas para sacar su plata a ciegas, o hacen ya que las otras opciones son mas rentables. Por un Fondo acumulado en la AFP de S/. 100,000 le corresponde una Pensión de S/. 600. Si opto por el retiro del 95.5% y ese mismo monto lo deposito en un banco cualquiera, genera de intereses mensualmente el mismo monto. La diferencia es que al final de 20 años (Esperanza de vida) y muero, me quedo con un fondo de S/. 0.00; en cambio en el banco tendría el mismo monto de herencia para mis hijos o nietos. ¿No les parece una buena razón para retirar el fondo?

    • 2
    • 09.07.2016
    • 06:28:18 hs
    AFP Habitat

    Hola Víctor Manuel
    cuando una persona decide por tomar renta vitalicia firma un documento en el que traslada su fondo a la compañía de seguro correspondiente, por lo tanto todo su fondo se retira de su propiedad y pasa a propiedad de la compañía de seguro: esa es la razón por la que los pensionistas en renta vitalicia no están incluidos
    Espero haber aclarado tu duda
    Saludos

  • 3
  • 07.07.2016
  • 09:17:03 hs
Victor Manuel Banda Morante

Al margen de que es un sistema caro por las comisiones que cobra, que nos ha hecho perder mucha plata en épocas de turbulencia, al final del camino, tampoco da una buena solución a los pensionistas. No se necesita ser un Guru financiero y tener muchos estudios de experto en finanzas para al final dar una pensión menor o igual a la que te da cualquier banco del mercado y la diferencia es el Fondo se evapora, mientras que en el sistema bancario el pensionista sigue siendo dueño de su fondo y lo hereda a sus hijos o nietos.

    • 4
    • 09.07.2016
    • 06:30:05 hs
    AFP Habitat

    Hola Víctor Manuel
    En el SPP existe el denominado Retiro Programado, en esta alternativa el afiliado sigue siendo propietario de su fondo y es heredable tal como lo mencionas
    Saludos

  • 5
  • 07.07.2016
  • 11:05:25 hs
Marciano

Todo esto sucede por que se dieron leyes que solamente beneficiaba a las AFP y no a los aportantes, con cobros excesivos sobre administracion, rentabilidad negativa en algunos casos restando del fondo de los aportantes y que las AFP nunca perdian y otras colaterales que iban en perjuicio de los trabajadores. En su momento debieron corregir las falencias y no pasaba nada. Ahora es muy tarde, la unica solucion podria ser una reestructuracion previo estudios sobre la jubilacion digna y justa.

    • 6
    • 09.07.2016
    • 06:31:33 hs
    AFP Habitat

    Hola Gonzalo
    Seria bueno que evalúes la comisión de la AFP que gano la ultima licitación, ésta comisión es bastante mas económica y comparada con otras fuera del país
    Siempre existe la posibilidad de traspasarse y recibir la menor comisión
    Saludos

  • 7
  • 08.07.2016
  • 01:41:41 hs
Clodoaldo

Quisiera saber, si también es permitido retirar dichos fondos para pagar deudas pendientes en el banco,por favor me podrían brindar una respuesta.

Muchísimas Gracias.

Clodoaldo Juarez

    • 8
    • 09.07.2016
    • 06:32:50 hs
    AFP Habitat

    Hola Clodoaldo
    El beneficio SOLO se aplica para las personas con 65 años o mas y para el caso de CREDITO HIPOTECARIO del primer inmueble, no se aplica para deudas personales
    Saludos

  • 9
  • 08.07.2016
  • 12:41:56 hs
Enrique Garcia Galloso

AFP HABITAT es la mas rentable del SPP en lo que va del año los fondos 1, 2 y 3 esta generando 5.91%, 3.80% y 1.28% respectivamente. Porqué no han invertido en la BVL donde los fondos serian mucho mas rentable. Ud. Sr. Gonzalo Bernal podría responder con fundamentos.

  • 10
  • 08.07.2016
  • 01:14:16 hs
Jacinto

Fondo 3 de Habitat perdió -2.97% en Junio, Prima perdió -3.68%
Todo esto según datos de la SBS comparados los primeros días útiles del mes.

  • 11
  • 08.07.2016
  • 04:08:48 hs
Carlos Vargas

Haber acumulado fondos para invertir buscando la mejor rentabilidad solo ha tenido hasta ahora una sola cara, contraria al aportante. Se le cobró por el “servicio” y por el riesgo, se alargó la esperanza de vida del aportante etc. etc. en suma la SBS solo ha tenido una mirada, la espalda del asegurado. Tiempo de corregir la injusticia y el despropósito.

    • 12
    • 09.07.2016
    • 06:36:34 hs
    AFP Habitat

    Hola Carlos
    La rentabilidad de largo plazo ha sido cercana al 10%, a partir del 2013 existe la alternativa de pagar menos en la AFP que cobra menos
    Por lo tanto existen posibilidades para que los afiliados obtengan beneficio en el SPP
    Saludos

  • 13
  • 08.07.2016
  • 05:48:54 hs
MICHAEL

EN EFECTO AL PRINCIPIO TODO ERA PARA FAVORECER A LAS AFPS UNA DE LAS COSAS QUE ORIGINARON ESTOS CAMBIOS A MI PARECER FUE EL TENER QUE APORTAR LOS INDEPENDIENTES. LAS PERSONAS SE DIERON CUENTA QUE LE ESTABAN METIENDO LA MANO AL BOLSILLO CONSIGUIERON DEROGAR LA LEY Y SE DIERON CUENTA QUE PODÍAN HACER MAS CAMBIOS.

  • 14
  • 08.07.2016
  • 07:38:46 hs
Herner

El sistema privado de pensiones esta dado solamente a favor de las AFP, si se dan cuenta . aportas un porcentaje de tu sueldo, luego pagas una comisión que es un porcentaje de tu sueldo mensual ni siquiera es un porcentaje de lo que van a administrar(tu aporte mensual), luego anualmente te cobran un porcentaje de lo que estas ahorrando entonces, si sumas todas las comisiones que pagas durante el año y el porcentaje que va creciendo tu ahorro es mínimo y quienes ganan? las AFP. se requiere cambios pero los cambios lo hacen personas vinculadas a estas grandes empresas entonces las AFP siempre serán favorecidas.

    • 15
    • 09.07.2016
    • 06:38:28 hs
    AFP Habitat

    Hola Hener
    Desconozco en qué AFP estás, lo que puedo confirmarte es que en AFP Habitat las personas pagan mitad de la comisión total y obtienen el mejor resultado de rentabilidad
    Y hablo con cifras concretas que se pueden evidenciar en la SBS
    Saludos

  • 16
  • 08.07.2016
  • 07:58:38 hs
Juan

Ahora esperar a que :
- La ONP pueda dar los mismos beneficios que las AFP´s y que la norma no sea observada por discriminatoria.
- Ver la revisión o renegociación de las pensiones producto de contratos con empresas de seguros (Renta Vitalicia).

Si de leyes se trata estas no deben ser discriminatorias y alcanzar en sus beneficios a todos los pensionistas y futuros pensionistas. Leyes con nombre propio y para minorías van a ser observadas por el TC.

    • 17
    • 09.07.2016
    • 06:39:45 hs
    AFP Habitat

    Hola Juan
    Esperemos que se haga una reforma integral completa, que no solo incluya al 25% de los trabajadores que forman parte del SPP sino que también incluya al 75% de los trabajadores que están en la ONP
    Saludos

  • 18
  • 09.07.2016
  • 01:24:45 hs
Luis Alberto Ronceros Anicama

Sr. Tengo entendido que no se puede para un terreno pero en la ley dice también para terreno fui a Preguntar me dijeron que las AFPs han mandado un comunicado que para terreno no procede el 25% fui a Centenario y Los Portales los dos me manifestaron lo mismo quiero salir de dudas, se lo agradecería que me responda gracias.

    • 19
    • 09.07.2016
    • 06:44:46 hs
    AFP Habitat

    Hola Luis
    Te confirmo que la ley se aplica para compra de vivienda, terreno y locales comerciales. El paso inicial es que la entidad financiera apruebe tu crédito hipotecario, si la entidad financiera aprueba el préstamo entonces la AFP traslada el 25% al banco, independiente de vivienda, terreno o local comercial
    Entonces el primer paso es buscar aprobación del crédito en el banco, las AFP no tienen injerencia en esa decision
    Saludos

  • 20
  • 09.07.2016
  • 01:27:31 hs
Luis Alberto Ronceros Anicama

Sr. Tengo entendido que no se puede para un terreno pero en la ley dice también para terreno fui a Preguntar me dijeron que las AFPs han mandado un comunicado que para terreno no procede el 25% fui a Centenario y Los Portales los dos me manifestaron lo mismo quiero salir de dudas, se lo agradecería que me responda gracias. A mi correo

    • 21
    • 09.07.2016
    • 06:46:06 hs
    AFP Habitat

    Hola Luis
    Sobre ese tema, las AFP no tienen injerencia, si la entidad aprueba el crédito hipotecario las AFP trasladaran el 25% o lo que el afiliado solicite para aplicarse al crédito
    En respuesta anterior te confirmo este tema
    Saludos

  • 22
  • 09.07.2016
  • 11:31:21 hs
Enrique Garcia Galloso

Los afiliados que tengan en su cuenta individual de capitalización S/ 100,000 podrán rescatar el 25% para la cuota inicial de compra de terrenos, tienen que cotizar en alguna empresa que este en el Sistema Financiero, el tiempo de amortización del terreno es aproximadamente 6 años. La mayor rentabilidad de las AFP fue hasta julio de 2007, en lo que va del 2016 la Bolsa de Valores de Lima esta generando rentabilidades mayores a las AFP.

  • 23
  • 11.07.2016
  • 01:39:26 hs
juan ramirez castillo

Si tengo como trabajador de riesgo, que he aportado para jubilarme antes de los 65 años , porque no puedo retirar el 95.5 % de mi capital. Porque entonces tendría que hacer le tramite de jubilación y después el retiro del 95.5% , no seria eso un mayor tramite burocrático o es que el propósito es alargar las estancias en las AFP. o tal vez el motivo es que no retire mi fondo hasta que cumpla los 65 años y las AFP ssigan trabajando con mi plata?

    • 24
    • 12.07.2016
    • 04:24:29 hs
    AFP Habitat

    Estimado Juan
    La ley disputa por el congreso lo establece así, efectivamente dicha ley no ha contemplado el caso de trabajadores en labores de riesgo, sin embargo si tiene una alternativa para retirar el fondo que desea. Lo que le confirmo es que las AFP no han sido las que emitieron la ley, sino el congreso quienes aprobaron estos cambios
    Saludos

  • 25
  • 11.07.2016
  • 06:23:39 hs
Hernán de Lama

Deben tener en cuenta las gratificaciones que también deben tener derecho los pensionistas de las AFP.

    • 26
    • 12.07.2016
    • 04:15:40 hs
    AFP Habitat

    Hola Hernan
    En las AFP existe la pensión con gratificación, basta con solicitarla al momento de jubilarte
    Sin embargo si no la has solicitado, ya no se puede cambiar la modalidad
    Saludos

  • 27
  • 15.07.2016
  • 04:07:01 hs
ROLANDO REYES

Los que tienen menos de 65 años y optaron por el REJA, porque no tienen empleo, porque no les dejan retirar el 95.5% de su fondo para vivir. tienen que esperar hasta los 65 años sin trabajo.

    • 28
    • 15.07.2016
    • 02:21:45 hs
    AFP Habitat

    Hola Rolando
    Los trabajadores hombres de 55 años o mas que están sin trabajo un año, SI tienen la posibilidad de retirar el 95.5% presentando su solicitud de jubilación adelantada por desempleo
    En el caso de mujeres, basta con tener 50 años o mas y un año sin trabajo como dependiente
    Saludos

  • 29
  • 19.07.2016
  • 01:55:05 hs
silvina

Aun asi con estas las aprobaciones del 25% para vivienda, no beneficia a todos los afiliados, solo a un pequeño grupo q reunen los requisitos para a un credito hipotecario. Esperamos que en el gobierno entrante haga mejoras en esta ley para que ese 25% se pueda acceder de forma libre para invertir, ampliar, remodelar en el rubro de inmueble y no obligar a pedir un credito hipotecario, tal como lo estan haciendo, total el afiliado quiere invertir su plata en vivienda y que no nos traten como irresponsables porque al fin y al cabo la plata es nuestra, no del gobierno. Las AFPs ya no saben como demoler estas nuevas leyes con el fin de dejarlas sin efecto. Estaremos atentos para que este gobierno solo haga mejoras a favor del afiliado y no de las AFP.

    • 30
    • 22.07.2016
    • 04:35:02 hs
    AFP Habitat

    Hola Silvina
    El nuevo gobierno ha manifestado interés en evaluar el sistema previsional en forma integral, incluyendo el SPP y el SNP. Esperemos los resultados de esa evaluación, por nuestro lado la AFP acataremos lo que el legislativo determine pero debe quedar claro que como cualquier persona o empresa, tiene libertad de plantear las preocupaciones y riesgo.
    En base a tu comentario quizás sea bueno revisar también las condiciones y la legislación de los créditos hipotecarios para que hayan más beneficiados, pero debe quedar claro que cada sistema o ahorro tienen destinos y objetivos diferentes
    Gracias

  • 31
  • 19.07.2016
  • 04:38:51 hs
Fernando Morante

Hola, la consulta es que yo ye he retirado el 50% de mis fondos ya que opte al REJA, ahora puedo retirar el 50% restante? y si es asi también se incluye mis bonos de reconocimiento, ya que estoy optando por la jubilación adelantada?

    • 32
    • 22.07.2016
    • 04:37:11 hs
    AFP Habitat

    Hola Fernando
    Si puedes retirar el saldo de tu fondo, además si YA estás recibiendo pensión también puedes retirar el bono, pero debes estar recibiendo una pensión superior a S/.450, si no es así, entonces debes esperar a los 65 años
    Saludos

  • 33
  • 25.07.2016
  • 11:37:37 hs
Susan Valenzuela

Se dieron a conocer las normas reglamentarias que de alguna manera flexibilizan el uso de fondos de las AFP si bien es cierto esto será una gran ayuda al afiliado en el corto plazo a largo plazo implicara que su fondo quede reducido.

La primera norma que permite retirar el 95.5 % (dado que el resto es para prestaciones de salud) los beneficiados seran los afiliados a partir de los 65 años y la segunda norma el 25% de los fondos para la compra de una primera vivienda ambas normas podrian generar un fuerte impacto dado que como el afiliado tiene la posibilidad de retirar ese fondo de calificar en el sistema financiero segun la norma, por tal las AFP tendrían que entregar dichos fondos al pensionista en el primer caso y a la entidad financiera en el segundo caso entonces las AFP tendran que invertir en valores com mayor liquidez y de fácil realización y por tal la rentabilidad seria menor para el afiliado.
Como sabemos las AFP fueron creadas para asegurar un pensión para la vejez pero estas leyes estarían afectando este objetivo debe haber cierta prudencia en la promulgación de leyes que afecte el futuro de los peruanos.

    • 34
    • 27.07.2016
    • 04:30:11 hs
    AFP Habitat

    Hola Susan
    Gracias por tu acertado comentario, cada persona debe ser muy prudente para decidir sobre su fondo
    Lo cierto es que la rentabilidad para todos va a disminuir por justamente las inversiones a corto plazo
    Un abrazo

  • 35
  • 02.08.2016
  • 11:45:10 hs
Marcos Morriberón Rosas

Yo me jubilé el año pasado (pero sigo laborando y espero hacerlo hasta los 70 años si Dios lo permite), tengo 66 años, opté por la renta programada, mi fondo en la modalidad 1, no le ha ido mal, es decir me han pagado mi pensión mensual y mi fondo no ha bajado, esta casi igual después de 16 meses. Ahora se ha aprobado que puedo disponer del 95.5 % de mi fondo, yo quería sacar la mitad y otra mitad retirarla posteriormente, pero me dicen que lo no retire se queda como pensión y ya no se puede retirar posteriormente, entonces quiero hacer lo siguiente: Dejar 20% de mi fondo en una pensión vitalicia en Soles Indexado al IPC, (Ya que no se a que edad me voy de este mundo) y el 80 % repartirlo, Plazo Fijo Soles, Fondos Mutuos Conservadores en Soles y US dólares. Sin embargo para tomar esta decisión tanto los Bancos como Fondos mutuos deben ilustrar a estos posibles clientes la mejor decisión según un perfil de cada cliente, porque no se crea un ahorro tipo CTS que se llame por ej. Cuenta jubilado, en la que el jubilado no retira el fondo en un plazo de un año o mas, y puede hacer depósitos a esa misma cuenta, de modo que al final del período el fondo ahorrado crece.
Creo que falta la capacitación de como invertir

    • 36
    • 03.08.2016
    • 03:36:14 hs
    AFP Habitat

    Estimado Marcos
    Es difícil que me pidas una opinión sobre las alternativas que me comentas, lo único que puedo decirte es que esas empresas SI usan el fondo que captan de los clientes para sus propios intereses
    Por otro lado, tú sí puedes hacer los que me dices pero tienes que en un solo momento definir como quieres retirar el dinero con fechas exactas, no con alternativas que veras o definirás más adelante
    Un abrazo

  • 37
  • 03.06.2017
  • 12:01:29 hs
Percy

No aporto desde 1999 mis aportes no llegan a una rmv tengo 55años puedo retirar el 95%

    • 38
    • 06.06.2017
    • 02:52:33 hs
    AFP Habitat

    Hola Percy
    SI puedes retirar el saldo que tengas, no importa el monto, ese dinero es tuyo por lo tanto si puedes retirarlo
    Saludos

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