El Estado contrata a una empresa privada para construir una determinada obra pública. Demora dos años en obtener los permisos correspondientes (que supuestamente están en control del mismo Estado, pero en diferentes organismos). Luego de eso, la obra comienza.
El proceso de construcción duró aproximadamente tres años. Culminado ese período, empezaron nuevamente los problemas. Se produjeron múltiples observaciones que, al final, determinaron que se tengan que realizar modificaciones a la obra inicialmente planificada mejorándola. Transcurrieron, en esta segunda etapa, otros dos años más.
El desenlace, tristemente, no es inédito. El Estado no quiso recibir la obra porque, como era distinta (era mejor) a la inicialmente contratada, podrían existir problemas -cuestionamientos- de parte de las autoridades competentes; imagínese ¿cómo podrían haberse atrevido estas personas a recibir una obra mejor de la que contrataron?
Si habría que ponerle un título a esta narración coincidiría con el mismo título del artículo. Lo más terrible de todo, es que no se trata de una narración de ficción, es un caso real. Me estoy refiriendo a una planta de tratamiento de agua de mar que beneficiaría a más de 100 mil personas en los distritos del sur de Lima.
Nos preocupa mucho, y con razón, los espacios de discrecionalidad existentes en atención a situaciones como las antes reseñadas que, dicho sea de paso, ocurren constantemente en la administración pública. Entonces, darle poder de discrecionalidad a un funcionario público puede exponernos, en casos como estos, a un desenlace de corte irreal, cuando no motivar también hipótesis de abuso y/o generación de corrupción hacia los ciudadanos.
Frente al problema, la reacción ha sido la más fácil: legislar. Como le tenemos terror al poder de discrecionalidad, entonces lo limitamos al punto tal que el funcionario público tiene casi siempre a la mano una ley a la cual debe de ceñirse ciega y férreamente. De lo contrario, se verá empapelado con varios juicios y una desvinculación inmediata. Existe temor porque hay un dilema.
El caso no es solamente exclusivo del sector público. Esto sucede en el ámbito privado cuando, por ejemplo, se produce un reclamo por un producto defectuoso y se demoran 45 días en atender la solicitud de devolución “porque así son los procedimientos internos, pues”.
No hacen falta más leyes (no al menos así). Hace falta más criterio y para eso es crucial construirlo y luego ejercitarlo constantemente. Desconfiamos del poder de discrecionalidad porque el criterio ha fallecido o, en todo caso, está en franco proceso de agonía. Un cuento con final de película de terror que podría ser cada vez peor.
Lima, 18 de junio de 2020
Eduardo Herrera Velarde.
COMENTARIOS
Hola
Muy buen articulo, nadie se quiere exponer a ser tomado de la manera erronea o inmiscuido en una caso de corrupcion, o en un caso de malinterpretacion con secuelas.
Hay una falta de liderazgo, que no es unico del Peru, sino de estos tiempos es que todo se cataloga de alguna manera rapida, injusta e inmisericorde.
Las nuevas generaciones han perdido pensamiemto critico basado en lo que se quiere conseguir y se pinta todo con una brocha gorda.
Hay que señalar a gente que por algun motivo admiramos su expertise y su honestidad para con los intereses de la institucion o de beneficio de mayorias. Y que ellos decidan rapido , para bien o para mal…y RESPETAR tal decision par expeditar el progreso.
Gracias por el comentario. Estamos muy de acuerdo.
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