Cyberlaw

Abel Revoredo

Derechos de Autor y Blockchain

De un tiempo a esta parte oímos cada vez con mayor frecuencia acerca de la tecnología blockchain, como ésta se viene usando para el registro de transacciones con criptomonedas y como muchas startups (y algunas empresas tradicionales) se encuentran investigando su potencial así como el inacabable abanico de usos que podría dársele. Esta semana se ha lanzado en el Perú una plataforma (leftherian.com) para el registro de derecho de autor utilizando esta tecnología. En este artículo veremos que significa este lanzamiento para el ecosistema digital peruano y, porque no decirlo, latinoamericano.

El blockchain es una tecnología que permite el registro centralizado de transacciones de cualquier tipo basada en tecnología peer to peer y de criptografía de tal forma que cada registro realizado en ella es anónimo y automáticamente replicado en todas las máquinas conectadas a la plataforma. De este modo, las diferentes computadoras que forman parte de la red no solo prestan capacidad de procesamiento a la comunidad sino que también sirven de “testigos” de cada transacción que se realiza. Es decir, si alguien intenta modificar algún registro esto es detectado automáticamente por la red de computadoras e impedido lo que hace que se pueda decir que es inviolable.

Esta característica permite dotar de mucha seguridad a la información registrada pues para lograr efectivamente la modificación de un registro se requiere cambiarlo en toda la red de computadoras “testigo” lo cual es, prácticamente, imposible.

Por otro lado, muchos de nosotros hemos oido hablar de las mal denominadas “criptomonedas” (pues no son más que activos digitales que no califican como monedas) y, entre ellas, el bitcoin. Pues bien, estas “criptomonedas” sustentan su reciente crecimiento en la confianza que la comunidad digital va depositando en la tecnología blockchain pues —al comportarse como un libro mayor trabajado colaborativamente— la propiedad o la transferencia de “criptomonedas” se encuentra resguardada por la poca probabilidad de modificación.

El blockchain inicialmente solo funcionaba para el registro de textos de determinadas características (en el caso de “criptomonedas” el registro de las billeteras, la propiedad, fechas y operaciones realizadas) pero, desde la salida de plataformas como Ethereum, ahora es posible registrar en la cadena archivos de otros tipos. Esto incluye archivos de código como aplicaciones o “Smart Contracts” (de los cuales hablaremos en otro post) lo cual magnifica exponencialmente el potencial de la tecnología blockchain para diversas actividades distintas al registro de transacciones en criptomonedas.

En ese espectro es que surgen plataformas —como la recientemente lanzada Leftherian— que, aprovechando la fortaleza de la tecnología blockchain, ofrece a los autores y creadores de obras la posibilidad de “registrarlas” en un registro “publico” distinto al que ofrece INDECOPI.

 

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La pregunta que surge es “¿Es esto legal?”. Pues bueno, sabido es que el registro de una obra ante alguna autoridad no es constitutivo de los derechos que corresponden al autor (morales o patrimoniales) sino que, por el contrario, éste los ostenta desde el momento de la misma creación y para ejercerlos (u oponerlos a terceros) deberá probar —por cualquier medio permitido por el derecho— que efectivamente es el autor de la obra y, muy importante, la fecha en que la creó.

En ese sentido, ¿Se puede probar la autoría o la fecha de la creación de una obra mediante testigos? La respuesta es sí. ¿Qué pasaría si este testigo tuviera una tecnología inviolable y con sellado de tiempo que permita brindar una protección automática al autor? ¿Qué pasaría si solo se pudiera acceder a la obra a través de su registro en la cadena?

Pues bueno, ese es el servicio que la aplicación mencionada busca proveer al mercado. Esperemos a ver cómo es recibida pero, sobre todo, cómo puede ayudar a los innumerables autores peruanos que son víctimas de la piratería y que, hasta ahora, no han encontrado una forma sencilla, rápida y eficiente de proteger sus creaciones.

Hace poco conversaba con algunos amigos que trabajan para una entidad estatal y me contaban su preocupación acerca de la poca protección que tienen los artistas plásticos peruanos, especialmente alfareros, en relación con los diseños que crean para sus cerámicas pues son fácilmente copiados por cualquiera e introducidos en otras mercancías (ropa, carpintería, videos, etc.) sin reconocer el esfuerzo ni la creatividad de nuestros compatriotas. Esperemos que iniciativas como ésta abran una puerta para mejorar la protección de sus creaciones y les permita generar los ingresos que merecen por el uso que otras persona quieran hacer de ellas.

DISCLAIMER: A la fecha, Abel Revoredo es mentor de Leftherian; sin embargo no es propietario de acciones en la empresa, no tiene otros negocios, ni se encuentra vinculado con ella de otras formas.

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