Una de las prioridades del ser humano es protegerse a sí mismo y proteger a su familia, es un deseo natural de cualquier persona sobre todo cuando es el sostén de un núcleo familiar. Por otro lado, todos estamos expuestos a riesgos naturales. En cualquier momento podemos ser parte de un incidente no deseado, sea accidental o de salud.
En la mayoría de los casos, los trabajadores peruanos no tienen la capacidad de adquirir un seguro para cubrir estas situaciones no previstas, por ello el beneficio del Sistema Privado de Pensiones (SPP) relacionado a la cobertura de seguro de sobrevivencia, invalidez y gastos de sepelio tiene una importancia preponderante para la protección de la familia.
Los trabajadores que ingresan al SPP adquieren automáticamente este seguro, el cual se puede mantener en el tiempo siempre que demuestre tener, al menos, cuatro aportes a su fondo de pensiones en los últimos ocho meses previos al imprevisto, sea de fallecimiento o invalidez. Cumplido ese requisito y presentando los documentos respectivos en la AFP que corresponde, se activa la protección y el beneficio para el afiliados y/o sus familiares.
La mejor forma de conocer en forma general cómo funciona este beneficio será con un ejemplo: Pedro es un trabajador que laboró hasta hace 6 meses en una empresa como trabajador dependiente, es la cabeza de una familia compuesta por un cónyuge y dos hijos ambos menores de edad. Cuando Pedro salió de su empresa, decidió responsablemente continuar aportando a la AFP el equivalente a un sueldo mínimo (S/.750.00), es decir, S/.87.83 mensuales.
Lamentablemente, Pedro dejó a la familia debido a un grave accidente, luego de ello, el cónyuge se acerca a la AFP llevando todos los documentos relacionados a este fatal incidente. La AFP recibe los documentos y al ver que Pedro tenía continuidad en sus aportes empieza a coordinar con las compañías de seguro para que cubran lo correspondiente a este evento.
Pedro había trabajado solo 12 meses en la empresa, el fondo acumulado es bastante pequeño, tanto que no cubre la pensión que les corresponde al cónyuge (en forma vitalicia) y a los hijos (hasta los 18 años o hasta los 28 años si demuestra que está estudiando una carrera con evidencias de buenos resultados).
Por lo tanto, las empresas de seguro calculan el fondo requerido y realizan el aporte a la cuenta del Pedro. Veamos un ejemplo numérico, el fondo que Pedro dejó para la familia fue S/.2,000.00, sin embargo el fondo requerido para afrontar las pensiones del cónyuge e hijo asciende a S/.400,000.00, dada esta situación, las empresas de seguro aportarán a la cuenta de Pedro S/.398,000.00; gracias a este aporte adicional el cónyuge podrá decidir obtener su pensión y la de los hijos mediante retiro programado o renta vitalicia.
Gracias a la responsable decisión de Pedro de continuar aportando, su familia tiene un ingreso que le será útil para afrontar los estudios, el día a día de los gastos familiares, entre otros.
Por: Gonzalo Bernal, gerente comercial.
COMENTARIOS
Para que el SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES otorgue una pensión de invalidez el afiliado tiene que aportar 15 años.
Cuando solicite una copia de los términos que cubren el seguro de la AFP con sus especificaciones de cobertura, para saber lo que no cubre realmente, no me entregan ningún documento oficial hasta la fecha, solo me entregan afiches y tripticos. Muy distinto al seguro del SOAT donde si detallan con precisión la cobertura y exclusiones con sus especificaciones. Pero en el caso de la AFP falta transparencia para saber lo que no cubre realmente. Toda la información que brindan solo es atraves de afiches y publicidad, deberían informar con transparencia en que documento Oficial de la SBS esta descrito claramente su cobertura y exclusiones como todo seguro.
La historia del articulo suena muy importante, pero lo cierto es que las AFP nunca explican a detalle cuales son las formas de jubilación que exiten y que no son necesariamente ellas las que otorgaran tu pensión sino que muchas veces nos toca elegir una empresa de seguros, quienes serán los reales agentes de pago de nuestra pensión mensual.
Hola Marco
Las AFP tienen la obligación de mostrar las alternativas que he mencionado, lo que sucede en la realidad es que, el ejecutivo de las cias de seguro hace un trabajo tal que el afiliado deja de lado el Retiro Programado. El trabajador siempre debería velar por su seguridad a futuro en lugar de priorizar el corto plazo con los detalles de las aseguradoras.
En el SPP existen reglas muy fuertes que ayudan al trabajador para decidir, incluso la SBS vela por que se cumplan estas reglas
Saludos
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