Regulación, mercado y competencia

Johnnatan Palomino Olivera

Barreras pendientes

Recuerdo siempre un capítulo de la famosa serie mexicana “El Chavo del 8” en el que el personaje de la “Chilindrina” le pregunta a su papá, “Don Ramón”, si puede ver la televisión, a lo que éste le contesta: “sí, pero nada más no la vayas a prender”. Esta misma situación contradictoria es la que podemos palpar en muchas ocasiones cuando el Estado, por un lado, nos dice que fomenta la inversión privada y, por otro lado, no proporciona el marco adecuado para que aquello sea posible.

Sería muy ambicioso si en este espacio pretendemos abordar todos los factores necesarios para que la promoción de las inversiones por parte del Estado sea factible en los términos que ordena la Constitución Política del Perú[1]. Por lo tanto, en esta ocasión solo nos vamos a referir a las tan conocidas barreras burocráticas que constituyen el freno a muchos intentos de inversión.

Días atrás, el profesor de Gobierno de la Universidad de Harvard, James A. Robinson, señaló en una entrevista para el diario Gestión[2], que si se quiere entender cómo mover una sociedad hacia adelante (más allá de lograr una estabilidad macroeconómica), debemos entender cómo atacar sus problemas institucionales, sobre todo si en el caso peruano se tiene todavía un Estado débil.

Precisamente, en ese contexto encontramos las mentadas barreras burocráticas como parte del problema institucional que tiene el Estado peruano y que afecta el desarrollo efectivo de la inversión privada. Según definición legal, las barreras burocráticas son los actos y disposiciones de las entidades públicas de todo nivel de gobierno que imponen requisitos, prohibiciones, exigencias o cobros para la realización de actividades económicas, que afectan los principios de la simplificación administrativa y que limitan la competitividad empresarial en el mercado[3].

Aunque suene paradójico, la Constitución ordena al Estado permitir la libre iniciativa privada y estimular la creación de riqueza, así como garantizar la libertad de empresa, comercio e industria, pero al mismo tiempo, la ley reconoce que en ese mismo Estado se presentan situaciones que constituyen trabas para lograr dicha finalidad, las cuales se deben combatir.

Al margen de esto último y de la labor del INDECOPI en esta materia[4], el problema es que muchas veces el Estado no evite crear dichas barreras o no elimine las que existen a través de las propuestas normativas o políticas regulatorias que impulsa; es decir, que el Estado se ponga “cabe” a sí mismo y genere que la inversión privada no sea estimulada de forma real.

Afortunadamente, en un intento por corregir dicho problema, el Ministro de Economía y Finanzas ha anunciado la emisión de un “paquete de medidas legislativas” propuestas por el Poder Ejecutivo que serían remitidas al Congreso de la República para su respectiva aprobación, mediante las cuales se busca efectuar modificaciones en materia tributaria, laboral y otras, con la finalidad de incentivar la creación de empleo y la inversión como respuesta a la desaceleración económica que el país enfrenta en los últimos meses.

Saludamos la iniciativa del Gobierno, pero la cosa no debe quedar allí. Si bien es cierto que las medidas propuestas constituyen un buen paso para enfrentar la referida desaceleración económica, no se debe perder de vista que igual o más importante es medir la implementación de dichas medidas, pues ese es el único camino para recuperar la confianza de los agentes económicos en el Estado y así continúen ejecutando sus proyectos de inversión. Sobre todo después de un criticado y fallido intento de compra de la Refinería La Pampilla por parte del Gobierno, lo que trajo consigo tensión en el empresariado por la poca claridad en las explicaciones que se dieron en su momento.

Asimismo, aun cuando con las referidas propuestas coadyuven a combatir la desaceleración, siempre que se implementen de manera eficaz, todavía existen algunos aspectos regulatorios pendientes a tratar por parte del Gobierno que son vitales para impulsar la economía, dentro de los cuales podemos encontrar las ya mencionadas “trabas” o limitaciones que impiden agilizar la inversión privada en determinados sectores.

Para muestra, un botón. Pensemos en la certificación ambiental que requieren obtener los concesionarios y titulares de contratos con el Estado para la construcción de infraestructura y servicios públicos o para la exploración y explotación de recursos naturales, actividades que precisamente son las que generan mayores ingresos económicos al país.

Por ejemplo, en el año 2012 el Estado creó el Servicio Nacional de Certificación Ambiental (SENACE), organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, que será encargado de evaluar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIAd) para asegurar que el país cuente con inversiones sostenibles; sin embargo, hasta la fecha dicha entidad no funciona[5]. Ello, genera inestabilidad e incertidumbre para las inversiones, en tanto que los privados están en el limbo de no saber si su proyecto será evaluado en el Ministerio del sector al que corresponda el giro de su negocio o si será evaluado por el SENACE. Una institución que recién se encuentra en proceso de implementación, con todo lo que ello implica, definitivamente no realizará la evaluación de los estudios ambientales con la misma eficiencia y eficacia de la institución sectorial que ya viene haciéndolo por años, las cuales inclusive todavía vienen arrastrando varias taras en el ejercicio de esa labor.

En la misma línea, y al margen de si una u otra entidad evalúa los estudios ambientales, urge concretar los intentos de simplificación y agilización de los procedimientos de aprobación establecidos para la referida certificación ambiental. Sobre esto último, podemos mencionar la propuesta del Ministerio de Energía y Minas referida a la exoneración de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental para el inicio de los trabajos de exploración sísmica en la actividad petrolera, en tanto que estos no generan un impacto significativo en el ambiente. Cabe señalar que ello no significa que el Estado deba descuidar la obligación de preservar y exigir el cuidado del medio ambiente como un derecho constitucional[6], por lo que es conveniente que el Ministerio del Ambiente dé el visto bueno a las normas ambientales que se aprueben en aras de eliminar aquellas obligaciones que constituyen de alguna u otra manera barreras para el desarrollo eficiente de la inversión privada.

En ese contexto, y con la finalidad de agilizar la obtención de la certificación ambiental correspondiente en dicho caso, se prevería que en lugar de solicitar un Estudio de Impacto Ambiental para el inicio de las exploraciones sísmicas petroleras, se requiera a los inversionistas un “compromiso ambiental”, avalado por cartas fianzas bancarias que serían ejecutadas en caso éstos produzcan algún daño. Sin duda alguna, el otorgamiento de estas cartas fianzas toman un plazo significativamente más corto que el que de la aprobación de un Estudio Ambiental. Ello sería una muestra clara de tener la intención de destrabar procedimientos por parte del Gobierno.

Esta medida, por ejemplo, es aplicada en Colombia, donde el Estado sí hace cumplir las normas y garantías en materia ambiental de manera eficaz. Y esto también debe tomarse en cuenta al momento de trabajar en la agilización de procedimientos administrativos, sobre todo si como bien ha señalado el profesor Robinson, el Perú tiene un Estado débil. Precisamente, se necesita un Estado fuerte que si bien facilita y agiliza procedimientos con el fin de estimular la inversión privada según le ordena la Constitución (evitando crear o eliminando barreras burocráticas), pero también lo suficientemente capaz de asegurar que las normas se cumplan, lo que implica contar con instituciones fuertes y confiables. La solución entonces no solo está en la ley, sino también que ésta se cumpla efectivamente.

Esperemos pues que en el marco del mencionado “paquete de medidas” propuesto por el Ejecutivo, no se pierda de vista y, por el contrario, se priorice la atención de temas regulatorios pendientes como el expuesto en estas líneas. Todavía existen barreras pendientes de derribar, las cuales recaen en la misma regulación. Sería muy conveniente tomar en cuenta el listado de acciones remitidas al Congreso de la República por parte de la Cámara de Comercio de Lima, que como parte de la sociedad ha propuesto con la finalidad de contribuir con la simplificación administrativa y eliminación de trabas que se necesita con urgencia en beneficio de la inversión, vital para el crecimiento económico del país[7].

Ojalá podamos confiar en que una vez que el Congreso de la República tenga en sus manos el paquete de medidas del Ejecutivo, su acción o retraso en el debate y aprobación no constituyan otra barrera, siempre y cuando dichas medidas contribuyan de manera efectiva con el crecimiento económico del país y la recuperación de la confianza del empresariado en el Gobierno.

 


[1] Constitución Política del Perú:

Artículo 58°: La iniciativa privada es libre.  Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.

Artículo 59°: El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pública. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades.

Artículo 60°: El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional.

La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal.

Artículo 61°: El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios.

La prensa, la radio, la televisión y los demás medios de expresión y comunicación social; y, en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertad de expresión y de comunicación, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares.

[2] Edición impresa del Diario Gestión del día 11 de junio de 2014.

[3] Según la definición contemplada en el artículo 2 de la Ley Nro. 28996, Ley de eliminación de sobrecostos, trabas y restricciones a la inversión privada, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 04 de abril de 2007.

[4] Según la competencia establecida en la Resolución Nro. 0274-2007-CAM-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de febrero de 2008, y en la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nro. 1033, Ley de organización y funciones del INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de junio de 2008.

[5] Hasta el momento, el Consejo Directivo del SENACE, conformado por el Ministro del Ambiente, el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de la Producción, solo habría aprobado el Reglamento de Organización de Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal (CAP).

[6] Según lo establecido en el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

[7] En cuanto a eliminación de trabas y barreras burocráticas, la Cámara de Comercio de Lima ha señalado como acciones a considerar: repotenciar la Secretaría de Gestión Pública de la PCM, repotenciar la Comisión de Barreras Burocráticas del Indecopi, estandarizar los TUPA de las entidades públicas (actualmente dispersos), estandarizar los costos por trámites administrativos, difundir los procesos de fiscalización y estadísticas del Indecopi, y mejorar la convocatoria y coordinación entre las entidades encargadas de la fiscalización y sanción a los infractores.

 

COMENTARIOS

  • 1
  • 19.06.2014
  • 05:40:09 hs
Gianfranco Mejía

Estimado Johnnatan, permíteme felicitarte en primer lugar por animarte a participar en este blog y poder compartir tus apreciaciones sobre temas tan interesantes como los efectos de la regulación en el mercado y su impacto en la elaboración e implementación de las políticas públicas.
Concuerdo contigo en lo expresado en tu post. Sólo quisiera precisar que las barreras burocráticas en sí mismas no son negativas, pues forman parte de las facultades de regulación y fiscalización que poseen las autoridades estatales.
El problema surge cuando son ilegales (van en contra de lo dispuesto en las normas legales) o carentes de razonabilidad (no cuentan con el sustento suficiente, son desproporcionales y discriminatorias, y generan mayores costos que beneficios en la sociedad y el mercado).
La idea es evitar su imposición o, en todo caso, proceder a su eliminación mediante la acción de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi.
Te deseo mucha suerte en la administración del presente blog.

    • 2
    • 26.06.2014
    • 10:11:43 hs
    Johnnatan Palomino Olivera

    Muchas gracias Gianfranco y concuerdo contigo. En efecto, el problema no es la barrera burocrática per se, sino su ilegalidad o su irracionalidad. En ese marco, el Estado cuando ejerce su rol regulador lo debe hacer siempre con un enfoque en la defensa de la libre competencia en todo lo que se pueda. Saludos.

  • 3
  • 20.06.2014
  • 01:18:39 hs
Juan

Esperemos,que digan …”si quieres ver televisión,prende el televisor y sintoniza bien la imagen,para que disfrutes de toda la capacidad del televisor”…

  • 4
  • 29.07.2014
  • 05:53:43 hs
Vanessa Mendoza

Muy interesante la temática de su blog. felicitaciones por su claridez y forma de tratar temas tan relevantes, en fin tenemos a nivel jurídico de todo como en botica : vacíos legales, regulación deficiente y contradictoria, y sobreregulaciones absurdas, incluidos los peruanismos con percepción casi científica: “tramitología y permisologia”, del que tanto se comenta y poco se hace para erradicarlos.y está presente en TODOS los niveles de gobierno: central, regional y municipal.
Un solo periodo de gobierno de ningun mandatario no bastaria para solucionarlo, es la falta de una política de Estado a largo plazo, líneas prográmaticas, como el plan al Bicentenario, la visión país, no de odas a la gastronomía o pisco que lo vamos a alcanzar, es de que los ciudadanos fiscalizemos a los entes encargados de la normatividad, con visión críticamente constructiva, para alcanzar la independencia de la mediocridad e inestabilidad institucional con la que “celebramos” nuestro aniversario patrio.

    • 5
    • 31.07.2014
    • 03:27:14 hs
    Johnnatan Palomino Olivera

    Muchas gracias Vanessa. Muy de acuerdo con lo que dices. Sobre este tema de las trabas se escribe y habla casi todos los días; sin embargo, lo que necesitamos es efectividad en la aplicación de medidas para erradicar aquellas en todos los niveles de gobierno. Más allá de un mensaje esperanzador o conciliador por fiestas patrias (cosa que no está mal), necesitamos urgente acciones concretas. La intención está, el tema es que sea eficaz.
    Saludos.

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